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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#9
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Cita:
Ni lo uno ni lo otro demuestra quien es el propietario del motor. solo demuestra quién lo ha pagado o quién se le ha pagado. Pero no quién es el propietario legítimo o que su procedencia sea lícita. Ejemplo 1: Fulanito roba un motor. Lo pone en venta y yo se lo compro. me hace un contrato de compraventa. Al que le han robado el motor pone una denuncia y aporta su documentación de propietario del motor. La policía se te presenta y te dice que tu motor con número de serie "xxxxxx" es robado y que se lo llevan para devolverlo a su legítimo dueño. Mi contrato de compraventa con fulanito solo demuestra que no lo he robado yo y que se lo pagué a fulanito, pero por lo de pronto me quedo sin motor y tengo que denunciar a fulanito porque me ha vendido un motor que era robado y que me devuelva el dinero. Ejemplo 2: Compras un coche, te para tráfico y le enseñas una factura o un contrato de compraventa del coche. ¿No vale verdad? hay que tener la documentación de dicho coche (o resguardo provisional de que se está tramitando el cambio de propietario). Ejemplo 3: ¿Todos teneis documentación de vuestros barcos verdad? ¿A que nadie se hace al mar solo con la factura o el contrato de compraventa de su barco? Pues con los motores es igual. No basta un contrato o una factura. Hay otros documentos. Es más, las GC en este tema es muy permisiva, pero las cosas son así y si un día se ponen de verdad duros con este tema, mejor tener a la gente bien informada y que tengan todo en regla o muchos se echarán las manos a la cabeza. |
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