Cita:
Originalmente publicado por navita
brindis:
Hola y unes pintes para los navegantes.
A partir de cuantos años se considera un barco patrimonio histórico artístico. Creo recordar a los 46 años, pero no estoy seguro. Y según creo a paritr de la consideración de considerarse PHA., está libre de impuestos.
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Buenos días no sé si también entran los artísticos, pero esta es la legislación aplicable para los otros:
Real Decreto 784/2021, de 7 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares.
Saludos