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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días, acabo de registrarme en La Taberna del Puerto. Soy del norte y voy a navegar en velero.
Con motivo del examen PER en Santander 2024, tengo dudas sobre la respuesta correcta de una pregunta sobre pesca submarina en puertos. ![]() He encontrado, por ejemplo, en el BOC - Número 74 jueves, 18 de abril de 2002 Página 3381 j) La pesca submarina ejercida entre la puesta y la salida del sol, así como en zonas portuarias o prohibidas, reservadas o acotadas. Según esto la pesca submarina está prohibida en zonas portuarias. Pero, la cuestión es: ¿pese a la norma general, puede practicarse dicha pesca si la Capitanía Marítima da autorización? Ronda para todos desde mi ![]() |
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