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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola, qué tal. A ver si alguien que entienda de leyes me puede echar una mano.
En la Marina de Valencia hay una rampa para vela ligera. Dicha marina es una concesión a una empresa privada. Lo que quería saber es si deben permitir el uso de dicha rampa a embarcaciones ajenas al puerto, bien gratuitamente o bien mediante un precio razonable. Estoy buscando información, pero no he encontrado nada. En la marina me han dicho que la rampa es sólo para usuarios, me parece un poco raro que sea así, y me da la impresión de que no se enteran mucho. Mil gracias. ![]() |
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#2
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Como lo veo al ser una concesión son ellos los que ponen las reglas, probablemente tengas que pagar por acceder a sus instalaciónes y sacar el barco por la rampa. Hay puertos en los que te pueden cobrar hasta el aparcamiento, y demás.
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#3
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Claro, entiendo que haya que pagar, pero es que me dicen que ni pagando. Por eso me parece raro, porque siendo lo escaso que es el acceso a los puertos supongo que debería haber una cláusula permitiendo el uso al público de determinados servicios, aunque sea cobrando.
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#4
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Es 1 concesión, habría que mirar los términos de la misma, es a lo único que están obligados
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#5
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Hola.
No sé en que zona está esa la rampa, pero pongo un enlace con el pliego de condiciones de la zona norte. (No tengo ni idea de como navegar por el océano normativo de nuestro país, así que en enlace puede ser una metida de pata hasta el higadillo.) https://www.valenciaport.com/wp-cont...xo_PCGP_FE.pdf Objeto de la Concesión (incluye los servicios a prestar) El otorgamiento de la concesión conllevará obligatoriamente la prestación de, al menos, los siguientes servicios: a) bla. b) bla c) bla. d) bla. e) bla f) bla. g) Desarrollo de actividades de carácter formativo y educativo y de apoyo al deporte náutico en el campo de la náutica deportiva, como pueden ser cursos de vela en sus distintas variantes. Pero a saber que se entiende por el desarrollo y apoyo al deporte náutico. ¿Poder utilizar la rampa de varada, sin ser socio, es desarrollo de la náutica deportiva?. Desde luego, para mí, usar la rampa (previo pago), sin ser socio, por usar la rampa entraría dentro del punto G. Pero como puedes ver es de lo más interpretable que te puedes imaginar. Así que supongo de quien te conteste al correo, te coja el teléfono, abogado, juez, pues dirá una cosa u otra. Bienvenido al espacio público. Prueba a ver https://www.mvsc.es/ a ver si ellos te pueden ayudar. Pero sabiendo como funciona esto de la náutica en este país, no creo que sea lo que estás buscando. ¿Has probado en otros clubs náuticos? Hace un porrón de años tuve un 470 en Puebla de Farnals. No sé, a lo mejor allí sí que puedes utilizar la rampa, sin necesidad de ser socio. |
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#6
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Viendo lo complicado que es acceder a las playas con un bote a vela, supongo que el poder disponer de una rampa, sería fomento del deporte de la vela. Ellos dirán que tienes que estar en asociacion, curso de vela, club, pero me parece lo mismo. creo que mirando un poco la legislación se podría conseguir algo. otra cosa tambien es lo que quieran cobrar.
Tampoco se si en puertos publicos o del Estado se puede dar el mismo caso, creo que estamos en las mismas. seguro que si no tienes atraque no puedes usar la rampa. me sospecho. |
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#7
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Gracias por las repuestas, por lo que estáis contando la cosa está complicada si no quisieran. Al final creo que no necesitaré usarla de todas formas, menos mal.
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#8
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![]() ![]() Hola culomojao buenas tardes. El parking es público, yo tengo mi velerito es la Sur, (al final de la recta hay una rampa que antes era pública, ahora con los capullos de marina port, seguro que no lo será ). Yo no les pago por el parking lo que piden; llego a la barrera, saco el ticket y cuando salgo, pago en el cajero. Prueba, saca el ticket y tira para dentro. ![]() ![]() Suerte y saludos. |
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#9
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Si la rampa es flotante y se ha instalado pensando en utilizarla las embarcaciones de vela ligera, no sé hasta qué punto utilizarla con embarcaciones más pesadas pueda ser seguro o pueda implicar causar desperfectos en la rampa.
El las playas, los chiringuitos son concesiones de costas, pero que sean concesión pública en dominio público no implica que puedas entrar en la cocina a prepararte tu bocata de tortilla. ![]() |
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#10
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Cita:
Yo también tengo el barco allí, lo que me estaba planteando es si llevármelo del puerto y pagar la rampa cuando lo use porque lo saco de uvas a peras. Los de Marina Port me dijeron que sólo era para clientes, por eso quería ver cómo estaba el tema legal. De todas formas, creo que lo usa gente que no es de la marina. |
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#11
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Cita:
Debátanme esto. ![]() ![]() |
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