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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#3
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Lo que te están pidiendo en Capitanía es la INSCRIPCION DEL BUQUE EN EL REGISTRO DE BIENES MUEBLES.
Para ello debes efectuar la declaración de la compra y documentarla por mediación de escritura publica en Notario, en la misma debe de constar el precio o valor del bien (en este caso del barco). Debe tributar esta escritura, aparte de los gastos del notario, como un ACTO JURIDICO DOCUMENTADO. Una vez liquidado ese impuesto y reflejado el pago del mismo en la escritura debes de ir al Registro Mercantil y solicitar la inscripción de la escritura, bueno mejor dicho, la inscripción del barco que figura en la escritura en el Registro de Bienes muebles, en la sección de Buques. Una vez inscrita la escritura y con la certificación correspondiente debes llevar a Capitanía para que la matriculación sea definitiva. Luego, si el barco es mayor de 9 metros, tienes la obligación de inscribir la empresa propietaria o persona física que desarrolla la actividad (empresario) en el Registro de Empresas Navieras de la DGMM. Es lo que indica la Ley. En su día yo hice todos esos pasos, son costosos y requieren tiempo, pero si se quiere estar bien y sin ningún problema, es lo que se tiene que hacer. Si necesitas algo más........ pues a disponer. Y no te sulfures, que ni es nuevo, ni lo hacen por tocarte las ........ es cumplir con todo lo que marcan. ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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