Cita:
Originalmente publicado por madrugon
Te has olvidado poner "y punto", es que no hay nada como tener la verdad absoluta.
He visto un monton de barcos, despachados para zonas 2, 3, 4 y alguno para zona 1, y te aseguro que es independiente la zona de despacho del barco con la titulación necesaria para patronearlo, los títulos tienen unas limitaciones y las zonas de navegación otras, mientras estés en lo permitido de las dos estas legal y en cuanto no cumplas una de las dos pues no estas legal, o sea resumiendo barco apto para PER, independientemente de si lleva balsa o BLU, él PER lo puede patronear hasta 12 millas, mismo barco pero despachado en zona de hasta 5 millas de la costa el mismo PER de antes no puede pasar de 5 millas.
Y esto estoy convencido que es así, y el ejemplo del tabernero, habla por si solo, barco despachado en zona 2 y titulación mínima PER,
Hasta aqui todo bien.....
pero esto ya no...
evidentemente ese PER no podra salir de la zona 4, deberá quedarse en la zona para la que su titulación le habilita.

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Por que el PER PUEDE


Navegar en zona tres si esta navegando entre los archipielagos Canario o Balear.
De hecho la antigua zona 3 (llamada "C" 25 millas) era para el PER, es decir despachado a 25 millas por si se navega en el archipielago correspondiente pero no se puede pasar de 12 de la costa peninsular.
Mi anterior SO 26 estaba en zona 3 y la minima requerida era PER