Cita:
Originalmente publicado por Tahleb
Pues si. Por mí, tema terminado.
Ayudad, si podéis, a Lau y buena suerte.
Mi aportación: la Declaración de Ausencia de personas desaparecidas en el mar se puede tramitar a los dos años de la desaparición. Lo de los diez años se derogó hace mucho tiempo.
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Corrección: Mi hermano es una persona desaparecida, tardan 10 años en darte el maldito certificado de defunción, lo sé porque no se trata de una cosa que oí o algo así, mi familia lo está viviendo encarne propia.
Adiós