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La putada del "legislador" es que cualquiera que despache su barco para Zona 5 no se podrá despegar de su puerto más de esa distancia, o de su punto de abrigo si es que la bota o vive allí.Lo decente sería permitirte que te desplaces sin alejarte de la costa 5 millas. No me queda claro si puede ir "saltando" de abrigo en abrigo, con tal de que estos estén en el radio de las 5 millas. ¿Alguien me aclara la duda existencial?