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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#12
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A ver si puedo arrojar algo de luz en este asunto. Jota lo ha explicado muy bien.
Dependiendo de la gestión del puerto así podrás actuar. En el caso de que el varadero lo gestione el Club, los socios, en principio, pueden trabajar. Pero no de cualquier modo. Lo ideal es terner un reglamento de varadero. No para legislar sino para que los accidentes, si te autoriza como socio a trabajar, te los pueda cubrir el seguro del puerto. La cosa queda así: Varadero Privado: solo empresas autorizadas. Clubes: Particulares con autorización (para la autorización tienes que haber leido las normas de seguridad de varadero). De esta forma se evita que cualquiera pueda pasar y que ocurra cualquier desgracia. |
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