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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Aún así, no he encontrado nada en la legislación referente a la náutica de recreo que hable del tema. Pero sigo buscando y, si lo encuentro, subo el enlace.
![]() ![]() salud!!![/quote]Copio y pego del art. 16.2 de la Ley de Puertos de Estado relativo a las Infracciones Graves contra la Seguridad Maritima j) Las acciones u omisiones del capitán, patrón del buque o práctico de servicio mientras desempeñar sus funcionesse hallen en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, drogas tóxicas o estupefacientes a consecuencia de lo cual se pueda alterar su capacidad para Si le hicieron prueba de alcoholemia la ha ca..do. ¿se lo merece? o fue un error de una persona de conducta intachable. Saludos |
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