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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Perdonad que intervenga en esta discusión que sigo con mucho interés pero es que no pertenezco al mundo de las regatas y no entiendo muy bien de qué va todo eso.
Las reglamentaciones especiales exigidas por la ISAF se aplican en el caso de regatas de tipo 0, 1 y 2. ¿Es así? Que yo sepa, se tratan de grandes pruebas internacionales en las que el navegante de a pie participa poco. Que yo sepa... y repito que sé muy poco de esto, España no organiza muchas de estas regatas a parte de la Barcelona World Race o del Gran Prix del Atlántico. Las otras pruebas en las que la gente participa, no pertenecen a estas categorías 0,1 y 2... o sí? Un caso que sí me toca más cerca: Debemos entender que para participar a la Ruta de la Sal (si no me equivoco regata de categoría 3, por lo tanto fuera del ámbito de aplicación de las Reglamentación de la ISAF) no tendría que hacer falta este curso... o sí? Hará falta para la Ruta de la Sal? Si es el caso, hará falta para toda la tripu o para dos personas sólo (me parece que tiene que ser un mínimo de 2 personas por barco)? Que dice de eso la ANAM? Sé de gente que aquí, en Cataluña, se ha sacado el curso ISAF durante los dos últimos años y que realmente juzgaron que era muy interesante. Yo misma, como navegante y no regatista, me lo plantearía, porque creo que nunca se sabe lo suficiente en materia de seguridad a bordo y que un curso enfocado en la práctica sería de lo más interesante. Pero, según he oído, a las escuelas que impartían los cursos de la ISAF se les ha retirado la capacidad de darlos para que la RFEV se reserve el monopolio en Santander. ¿Es eso cierto? ¿Existe un tal caso de caciquismo? Que los navegantes del Norte se puedan sacar el título (siempre que quieran) en Santander me parece cojonudo, pero existiendo infraestructuras de sobra para impartir estos cursos por todo el territorio, no creo que nadie se tenga que desplazar por narices. Ignorando (repito) como funcionan estas instituciones, no sería posible: 1) que la RFEV no exija la aplicación de una reglamentación fuera del ámbito para el cual ha sido concebida; 2) que las Federaciones regionales/escuelas de navegación puedan impartir esos cursos para toda la gente que tenga que seguirlos (para irse a hacer la Minitransat, por ej) o que quiera seguirlos (por inquietud personal). ![]()
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