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#226
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Buenas, que una Marina "Deportiva" te pida justificación de tu actividad deportiva suena a cachondeo, pero bueno cuando solicité mi devolución de IVA a Hacienda adjunte mis carnets de federado de los años correspondientes y el número de vela con el rating, por si.
Por cierto, pongo puertos que hacen el 7% para comenzar lista: Marina Formentera Formentera Mar Saludos
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TODO A BABOR |
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#227
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Facturas de las cuales adjunté, por supuesto. Saludos
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TODO A BABOR |
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#228
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Lista de puertos que aplican el 7%
Marina Formentera Formentera Mar CN Santa Pola Club Náutico Caramiñal Marina Sada CN Cambrils Marina Roda de Bara El Portet de Denia Por favor actualizar la lista, nos servirá para poder dar mas argumentos a las Marinas y Club reticentes. ![]() |
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#229
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Creo que sería también importante si encontramos alguno público, los míos son priv. Saludos
Cita:
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TODO A BABOR |
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#230
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aparte de la lista que está bien otra clasificación por CCA
Andalucia Puerto Sherry. Priv BALEARES Marina Formentera priv Formentera Mar priv CN Santa Pola Club Náutico Caramiñal Marina Sada CN Cambrils Marina Roda de Bara Comunidad VALENCIANA El Portet de Denia
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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#231
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Cita:
Andalucia Puerto Sherry. Priv BALEARES Marina Formentera priv Formentera Mar priv CN Santa Pola CN Cambrils Marina Roda de Bara Comunidad VALENCIANA El Portet de Denia GALICIA Club Náutico Caramiñal (público) Marina Sada (público) |
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#232
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También podíamos escanear las facturas del 7%(tachando datos personales, por supuesto) y ponerlas a disposición de quienes hagan recursos. Saludos
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TODO A BABOR |
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#233
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También podíamos escanear las facturas del 7%(tachando datos personales, por supuesto) y ponerlas a disposición de quienes hagan recursos. Saludos
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TODO A BABOR |
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#234
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Andalucia:
Puerto Sherry. Priv BALEARES: Marina Formentera priv Formentera Mar priv CATALUÑA: CN Cambrils Marina Roda de Bara Comunidad VALENCIANA: El Portet de Denia CN Santa Pola GALICIA: Club Náutico Caramiñal (público) Marina Sada (público) |
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#235
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El puerto de Cala Gamba de Baleares ha pasado de emitir facturas del 16 al 7 a partir del 2010.
Si conoceis a alguien que le haya contestado un TEAR dando la razón en la devolución del IVA, no estaría de mal que colgase la resolución, tapando los datos personales. Gracías. Una cerveza para todos. ![]() ![]() |
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#236
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Tengo una duda y me gustaría que los expertos en el tema me den su opinion al respecto.
Queda mas o menos claro que las facturas de alquiler de amarre deben comenzaa emitirlas al 7% o al menos existe una duda mas que razonable, mi pregunta es si sobre un derecho preferente de uso de un atraque cuya concesión posee un Club Nautico privado, el cual cobra al socio (el que compra el derecho preferente de uso) del club contra factura por 25 años va con IVA 16%, 7% o 0%. NO se si me he explicado bien. Vayan unas birras para soltar la lengua y calentar la mente. |
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#237
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Pues un 16 % por exclusión:
0% debe ser un club nautico con interes sociales que no crea que lo sea, además sólo para prestar servicios. 7% es sólo el alquiler o prestar los servicios para uso deportivo. 16% es compra de algo con lo que vas a hacer deporte. unas zapatillas de deporte las compras al 16% de IVA pero la pista de atletismo la alquilas al 7%, tu vas a comprar el derecho al uso.
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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#238
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Otro la lista:
Andalucia: Puerto Sherry. Priv BALEARES: Marina Formentera priv Formentera Mar priv Puerto Cala Gamba priv CATALUÑA: CN Cambrils Marina Roda de Bara Comunidad VALENCIANA: El Portet de Denia CN Santa Pola GALICIA: Club Náutico Caramiñal (público) Marina Sada (público Cita:
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TODO A BABOR |
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#239
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Marina Real Juan Carlos I (ó Port America's Cup)
Buenas tardes: he releido el post desde el principio al objeto de averigüar si algún compañero declaraba haber hecho algun a gestión al respecto con la Marina mencionada; sólo he encontrado un mensaje del cofrade AlfonsoB. El motivo es que mañana, aprovechando una reunión con el Consorcio 2007 (Entidad que gestiona la Marina), por otro tema que afecta a Marina Sur, pretendo abordar este del IVA con toda la documentación que me ha sido posible reunir. Por lo tanto agradecería que si algún cofrade ha realizado alguna otra gestión/consulta con ellos, ó tiene información interesante, se sirviera hacernos/me partícipes, para ir lo más "culturizado" posible. Agradeciéndolo de antemano en forma de media hora de barra libre ![]() me despido por el momento. |
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#240
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Cual es la diferencia entre alquilar un pantalan a 25 años y comprar su derecho a uso durante 25 años. Gracias |
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#241
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Después de leerme la contestacion vinculante de la Agencia tributaria, me surge una duda... Si la APPA,Agencía Pública de Puertos de Andalucía es una entidad sin ánimo de lucro, al igual que los clubs náuticos... ¿no debería cobrar 0 % (Cero) por el servicio de alquiler de amarres? Todo oídos. Unas rondas para combatir la pertinaz lluvia. ![]() ![]() ![]()
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Ahora que caigo, el viejo refran de que "En la Mar el peligro está en tierra" debía referirse al precio de los atraques en Puerto Sherry ![]()
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#242
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Cita:
Unas birras ![]() ![]() |
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#243
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Carabuyán, no me gusta dar esperanzas falsas y ni tan siquiera información que no pueda corroborar, pero me voy a atrever a comentar en público
que la APPA está buscando el 0% de IVA. en tanto a la consulta de diferencia entre arrendar y usar, nos tenemos que ceñir a las diferentes leyes, beneficios y obligaciones del arrendatario y adquieriente. Empezamos diciendo que el arrendatario no mantiene la cosa arrendada, y tampoco y tampoco puede subarrendar libremente, sólo tendrá derecho de uso y disfrute, pagando claro está. Mientras que el que compra unos derechos de uso si debe mantener por cuenta propia el bien, si puede subarrendar. Libre disposición de algo que no es tuyo pero si puedes disfrutar y disponer de el.
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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#244
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Saludos
A colación del alquiler tengo varias dudas, entre ellas:¿Tiene el Club obligación de firmar contrato de alquiler con el arrendatario por x tiempo (como alquiler de vivienda) o es legal y/o extendido el hecho de pagar encima de la mesa, recibo sin iva y a casa que viva la Pepa? En el caso de viva la Pepa, anualmente. ¿Te tienen consideración de transeunte y pueden obrar de esta "guisa"? Y por último no vaya a venir el "tio de la vara" ¿Un club privado puede subirte impunemente 1000 e de un año a otro y si quieres bien y si no también? Gracias. |
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#245
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Desde mi punto de vista:
Para que los servicios prestados esten exentos o a un tipo reducido, tienen que estar relacionados directamente con la practica del deporte, casi todos los gastos están relacionados directamente con la posesión de una embarcación y a nombre de una persona física, en el documento del registro marítimo español sobre la embarcación, se acredita que se trata de un tipo de embarcación para uso de RECREO Y DEPORTE, y de subtipo, estando matriculada en la lista séptima la mayoría. La normativa básica sobre la matriculación de las embarcaciones en general y las de recreo en particular, se contiene en el Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de Secretaría del Gobierno. El artículo 4 determina que el Registro de Matrícula se llevará en varios libros foliados denominados “Listas” en los que se registrarán los buques, embarcaciones y artefactos navales atendiendo a su procedencia y actividad. Las Listas son nueve, siendo las que afectan a las embarcaciones de recreo la Sexta y la Séptima. - En la Lista Sexta, se registrarán las embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines lucrativos, como es el caso del arrendamiento. - En la Lista Séptima, se registrarán las embarcaciones de construcción nacional o debidamente importadas, de cualquier tipo y cuyo uso exclusivo sea la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional. De lo que se desprende que una embarcación matriculada en la lista séptima, es de uso exclusivo para la práctica del deporte, acreditando la relación directa con este. |
| 2 Cofrades agradecieron a alba longa este mensaje: | ||
carabuyán (24-02-2010), jdarellano (24-02-2010) | ||
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#246
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¿No hay nuevas noticias sobre el tema?
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#247
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Hola, soy nueva! ¡Agradeceros a todos por las informaciones! A nosotros nos ha dicho el puerto que ellos nos alquilan como intermediarios el amarre de otro, y que por eso nos cobran el 16%. ¿Alguién sabe si es posible? Es un club, yo entendía que tal vez exento no, pero que al menos sólo fuera un 7%,no? Porque somos un particular, con un velero, para práctica del deporte, participamos en regatas...
Muchas gracias |
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#248
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Entiendo que si el propietario es un particular, entre particulares no se cobra IVA.
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#249
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La ley del iva establece que los arrendadores son sujetos pasivos a efectos del Impuesto. Por lo cual, cualquier arrendador esta sujeto al impuesto. En el peor de los casos si no estuviese sujeto al iva, estaría sujeto al ITP.
Lo importante es que este sujeto y exento, como cualquier tipo de actividad deportiva, sin animo de lucro o a un tipo reducido, porque se produce el hecho imponible del IVA, pero no lo grava el impuesto. Esto es un poco complejo, espero haber aclarado alguna duda sobre el tema. |
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#250
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Hemos realizado consulta telefónica en Hacienda y nos comentan:
-Si en el alquiler el club náutica actúa como intermediario parece ser que pueden cobrar el 16% porque no lo consideran como práctica deportiva. - Si el amarre es propiedad del club náutico, se considera que este no tiene ánimo de lucro y como consecuencia la actividad queda exenta de impuestos. La reclamación, en el caso de quedar exentos sería via formulario de reclamación de ingresos indebidos de la Agencia Tributaria o mediante Factura rectificativa del puerto. Normalmente los clubes náuticos van bastante perdidos. ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a NHOA | ||
jdarellano (10-03-2010) | ||
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