¡Ostras qué buena pregunta!


Esto no se lo plantea "el legislador" cuando piensa, porque se piensa con la parte "mercante" del cerebro, que supone un comercio inter-portuario y por tanto una arribada a puerto pronta y segura.
¿Cómo se le ocurre a alguien meterse en un velero (inviable tractores

) y navegar durante un año por las costas y mares del mundo?
Pues, ya sabes. Según la normativa, tienes que parar al menos una vez al año para la revisión de la balsa (si llevas), una vez cada dos años a cambiar los hidrostáticos (si llevas), una vez cada 5 años para la ITB, y cada vez que te falle la bombilla de la linterna, porque si pones la de repuesto ya no tienes "de repuesto".
Sin coñas, según el reglamento actual, a volver a puerto para revisión. Si no, los papeles están fuera de la ley. La ley no deja el supuesto de "barco navegando un año".
Amén.