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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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Y en lo que te puedan multar con un barco de Palma parado en Valecnia, basta con decir que vienes vía Palma- Ibiza- denia con lo que con el límite de 25 millas lo tienes todo cubierto
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#27
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Relámpago, no entiendo el porqué de tu pregunta
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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#28
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Cita:
De hecho, se me ocurre incluso lo siguiente. Un PER con su barco para 25 millas. El barco puede cruzar legalmente. El PER no, claro, porque su límite está en las 12 millas. Pero, además ese PER tiene la tarjeta canadiénse de PLEASURE CRAFT OPERATOR, que según el BOE (comprobado ahora mismo) es perfectamente válida en España. Por lo tanto, un PER español, dentro de sus doce millas con todo legal. Se va para Ibiza y entra en la franja contigua de más de 12 millas, donde su título español ya no le sirve, PERO el canadiense si, pues es un título internacional reconocido por el BOE español, para aguas internacionales. En esta zona, el barco va legal (porque va en zona 3) y el patrón también, porque lleva tu título extranjero. SE acerca a Ibiza y de nuevo entra en aguas territoriales a 12 millas de Ibiza, donde vuelve a entrar en vigor su título español PER. Que alguien me desmonte esta realidad.
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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#29
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Entonces ya podemos montar un Casino flotante con bandera española a 25 millas de la costa
![]() Busco socios.Yo no me tomo nada más, pero vosotros seguid,seguid ![]() |
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#30
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Cita:
Si yo montara un casino, desde luego NO SERÍA con bandera española. Tenlo por seguro. |
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#31
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El cofrade (nuevo) se llama Ponent, querido cofrade
y bueno en algún momento habia que empezar, pero estoy seguro que no has querido ofender.Lo del Casino no era más que una chanza por decir que si no hay autoridad no tendriamos que pagar a la Generalitat y por estar a 25 millas no pasaria nada. Tomate algo querido ![]() |
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#32
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Cita:
Por lo visto, entendí mal "la chanza" y me dió la impresión de que nos tildabas de "medio majaretas". Aclarado el tema, acepto tus cervezas y pago la siguiente ronda. |
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#33
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No problemo, estoy aquí para aprender que estoy muy verde
aunque soy mayor que tú ![]() . |
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#34
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![]() Si supieses con quien estás hablando te echarías a temblar, es lo que tiene internet, que entras en un foro sin conocer a nadie cuando hay muuuuuchos que ya se conocen de largo. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#35
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Antes que nada unas rondas para todos, que es mi primera intervención, (despues de mi presentación)
![]() La GC jamas sale de las doce millas salvo en casos muy excepcionales y lo que hagas fuera de las doce millas no les incumbe, su mision es controlar a los barcos que navegan en aguas Españolas. Otro tema es el seguro si estas o no cubierto depende de las clausulas de tu seguro, pero despachado en zona dos o tres con el PY no te van a multar aunque vengas de Turquia |
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#36
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Lo vuelvo a repetir. No le veo la ilegalidad por ninguna parte. ¿Qué pensáis de lo siguiente?
"Un PER con su barco para 25 millas. El barco puede cruzar legalmente. El PER no, claro, porque su límite está en las 12 millas. Pero, además ese PER tiene la tarjeta canadiénse de PLEASURE CRAFT OPERATOR, que según el BOE (comprobado ahora mismo) es perfectamente válida en España. Por lo tanto, un PER español, dentro de sus doce millas con todo legal. Se va para Ibiza y entra en la franja contigua de más de 12 millas, donde su título español ya no le sirve, PERO el canadiense si, pues es un título internacional reconocido por el BOE español, para aguas internacionales. En esta zona, el barco va legal (porque va en zona 3) y el patrón también, porque lleva tu título extranjero. SE acerca a Ibiza y de nuevo entra en aguas territoriales a 12 millas de Ibiza, donde vuelve a entrar en vigor su título español PER" Que alguien me desmonte esta realidad.
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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#37
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Lo suscribo !!
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TASHI DELEK !! |
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#38
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Hay compañías extranjeras que se rigen por otras normas y en las que probablemente, con la estrategia del cófrade Kibo, o incluso con menos lo encuentren todo correcto. Mi opinión: consultar con tu agente de seguros y comentarle el plan de navegación, categoría del barco y tu titulación para estar bien "asegurado" Unas para combatir la rasca! |
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#39
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![]() ![]() .Si pasaís por Benidorm o Altea y os apetece ![]() |
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#40
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![]() Has osado llamarle Tigris, con lo que eso le molesta... ...Parto raudo a esconderme bajo una mesa, volarán los taburetes, más después del comentario que hicistes sobre lo de el Nick. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#41
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Lo que plantea Kibo yo lo veo así:
En muchos países es posible navegar sin ningún tipo de titulación y desde luego en aguas internacionales no hay ningún convenio ni tratado que lo exija. Si vas en un barco inglés, por ejemplo, no hay nada que rascar El problema es si vas en un barco con bandera española, donde rige la ley española. ¿Podrían sancionarte al entrar en aguas españolas? No lo sé, aunque para ello hay que demostrar que has cometido la falta, cosa que no es tan fácil. Respecto al post de papaventos, "el personal marítimo con funciones de inspección y control" se refiere a los inspectores de las capitanías marítimas, no a la Guardia Civil y a otros cuerpos policiales. |
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#42
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QUIZÁS AQUÍ SE PLANTEEN DOS PROBLEMAS DISTINTOS.
El personal marítimo con funciones de inspección y control puede ser ayudado como lo es por la GC, y de hecho así ocurre cuando paran, piden papeles, etc. Pero la GC, fuera de las aguas de plena soberanía puede actuar como tal ? |
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#43
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Cita:
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TASHI DELEK !! |
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#44
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je je ![]() ahora me pica la curiosidad si uno tuviese medios y dinero suficiente podria montar un casino o algun otro negocio en alta mar a mas de 25 millas que ocurre que leyes se deberian cumplir ?Sabia de algun caso similar no me acuerdo bien creo que era un barco Hospital Oftalmologo creo que era Ruso y operaba a españoles fuera de las 25 millas y si te quedabas ciego o peor de cuando entraste a quirofano te hechaban a los tiburones ![]() ![]() y creo recordar que tambien un barco para abortar a bordo! recordais alguna cosa ? rondas ![]() Editado por Calvia en 12-03-2010 a las 20:26. |
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#45
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Cofrade Calvia:
Si ya tienes el barco me apunto de tesorero ![]() Tu pones el barco, la mano de obra, el mantenimiento y los gastos generales. Por mi parte dirigiré la recaudación. ![]() ![]() ![]() ![]() :mepa rto:Resultará redondo porque nos ahorraremos los impuestos directos que suponen más de un tercio de la recaudación y cualquier otro, porque en aguas internacionales somos los reyes, ¿o no? Tu tranquilo, que de nautica estoy verde pero de casinos si que entiendo algo. ![]() ![]() ![]() Yo ya estoy con elwhisky, por eso digo tantas tonterias ![]() ![]() |
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#46
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Hace unos años, la GC fue a Columbretes y denunció a todo hijo de vecino que no estaba en Zona 2 y que fueron en una regata, alegando que estaban a más de 25 millas de puerto o abrigo, no considerando dichas islas como tales.
Creo que la capitanía de castellón a petición de no se que club quitó las denuncias. Se comentó en otro hilo. No tengo yo tan claro que la GC no pueda multar si desde el radar detecta que vienes a Ibiza desde la penísnsula y tu barco está despachado para Zona 4 (12'). Pero escribo esto casi más para abornarme a este hilo y ver lo que dicen los doctores. |
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#47
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Opino distinto que todos vosotros. Una cosa es que en la práctica la GC no salga de las 12 millas, y es posible que tampoco de 6, y otra que no pueda denunciar, que no sancionar, mas allá de las 12. Como se ha dicho, el pabellón determina el régimen juríco aplicable a la nave en aguas internacionales, y es el del país de abanderamiento. Eso quiere decir que en el barco rige la ley del país de abanderamiento a todos los efectos, incluídos los de inspección. Otra cosa es en aguas de otros países, en los que la cuestión es más compleja. Saludos |
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#48
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Pues se pasaron siete pueblos,...... En zona 3, no se dice nada de puerto o abrigo, sino de una linea trazada a 25 millas de costa, y en este caso se cumple, pues las columbretes estan a 30 millas de cabo oropesa. osea que cuando estes a 25 millas de este cabo, estaras a solo 5 de las islas. Tambien te aclaro esto, porque lo vivido, aunque quizas, sepasaron otros tantos pueblos. Te pongo en situacion. Concurso de currican, patrullera navegando por el limite de las 12 millas, descomposicion de cuerpo del patron del barco donde yo iba invitado por un amigo del patron. Ostia, ostia, la hemos cagao, que el barco si lo tengo al pelo para estar aqui, pero yo solo tengo el PER, ¿ coño Pepe, entonces porque nos hemos salido tanto? ¿joder, porque venias tu?¿ tiene guevos la cosa, solo me invitas para esto, no?... Mosqueo. Preceptivo abordaje en cuanto entramos dentro de la zona Jurisdiccional, papeles, mas papeles, permisos de pesca, licencias, bengalas, balsa, extintores, color, textura y urdinbre de los calzoncillos que llevabamos puestos.......menos mal que estaban limpios, bueno el del patron seguro que algun restregon palominero llevaria. GC- ¿ sabe Ud. que, siendo PER, no puede llevar el barco, por donde navegaba? PATRON- ¿ si señor, pero es que no lo llevaba yo? GC- ¿entones quien lo lleveba? PATRON- ¿ este amigo? GC- ¿ acuaaa? YO- Señor Guardia, lo llevaba yo. GC. ¿ a ver su permiso? YO- Aqui esta GC- PY, bueno Ud. si que puede, pero ¿como se yo que Ud. lo llevaba cuando los hemos visto por fuera? PATRON- por que se lo juro ya a usted, señor guardia. Por ahi nos escapamos, pero le recrimino, dos rayaduras en el extintor, un borron en el permiso de navegacion, el papel del seguro mal doblado, y que la temperatura del frigo no era la adecuada. ![]() Esto si lo pueden hacer... y lo hacen.
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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo. "A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M. |
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#49
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http://foro.latabernadelpuerto.com/s...es+zona&page=3 Por suerte Capitanía estuvo POR ESTA VEZ de acuerdo con la lógica y con lo que tu dices. Yo creo que la GC tiene competencia para multar o inmovilizAr si tiene pruebas evidentes de que has estado o pretendes estar fuera de tu ZONA de autorización de navegación. Otro ejemplo absurdo: Capitanía en la 'Ruta del Descubrimiento 84' Benalmádena-Sto.Domingo, negaba la autorización de salir a algunos participantes españoles con solo PY. Los franceses iban sin título alguno. |
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#50
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Si no le parece bien a los señores/as de la GC, que se pongan en la bocana de cualquier puerto comercial y que comiencen a denunciar a todos los buques que entren, pues en ningún caso encontrarán ni al capitán ni a ningún oficial de puente cogiendo la rueda del timón, estará un marinero-timonel, mientras que el capitán, con asesorameinto del páctico, dará las órdenes ¿Queda claro? ¿Que sí? Pues unas Heynekens para todos los cofrades, que pagan los señores/as de la patrullera (pongo lo de /as porque el otro día ví desembarcar a una señora/ita, de muy buena presencia y ver, por cierto)
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![]() !!! YO TAMBIEN TENGO ROTO EL SENSOR DEL TRIM DE VOLVO !!!
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