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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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Pues, si quieres reclamar tus derechos y "no tragar", lo tienes a hu...vo:
Artículo 404 Código Penal: A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años. 1) Visita a TIBURÓN con dos/tres testigos. 2) Escrito presentado por Registro dirigido al Capitán Marítimo, argumentando tus derechos y el trato y exigencias arbitrarias recibidos de TIBURÓN. 3) Denuncia al Juzgado de Instrucción de la localidad en cuestión. Hay muchas medidas contundentes. En tu mano está. |
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