Cita:
Originalmente publicado por elena
Hola cofrades:
Sabéis alguno si hay un tiempo máximo que puede transcurrir entre aprobar el exámen teórico y hacer las prácticas.
Es decir, ¿si hay que hacer las prácticas en x meses después de haber aprobado todos los exámenes, y si no es como si no hubieses aprobado la teoria y tienes que volver a empezar?
Saludos
|
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...htm#pregunta10
Las prácticas se deben realizar en un tiempo no superior a 18 meses después de haber aprobado el examen teórico. En Madrid, las prácticas para embarcaciones de recreo se pueden hacer en las siguientes Escuelas homologadas, ordenadas alfabéticamente:
- AVANTE; Las prácticas de seguridad y navegación se hacen en el Pantano de San Juan.
- CENÁUTICA; Las prácticas de seguridad y navegación se hacen en el Pantano de San Juan.
- CHÁRTER Y PRÁCTICAS NÁUTICAS, S.L.; Las prácticas de seguridad y navegación se hacen en el Pantano de Entrepeñas (Sacedón).
- DORAMAS; Las prácticas de seguridad y navegación se hacen en el Pantano de San Juan.
- NAUTIMAR; Las prácticas de seguridad y navegación se hacen en el Pantano de San Juan.
No obstante, las prácticas básicas de seguridad y navegación también se pueden hacer en Escuelas homologadas por Comunidades Autónomas. En este caso, en la solicitud de expedición del título ante la Dirección General de la Marina Mercante, los certificados de prácticas básicas de seguridad y navegación deberán estar firmados y sellados por la correspondiente Comunidad Autónoma.
