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  #1  
Antiguo 29-04-2010, 17:44
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Predeterminado Velero a motor con título sin habilitar a vela

Muy buenas mañanas/tardes/noches (aplíquese según hora de lectura y zona horaria)

Una dudilla que se me ha planteado estos días y por la que tengo curiosidad:

¿Puede un patrón, con título sin habilitar a vela, gobernar a motor un velero (sin izar las velas)?

O dicho de otra forma, ¿si un velero navega a motor, puede ser gobernado por un patrón cuyo título no esté habilitado para vela?

La lógica me dice que sí, y de hecho en el ripa el velero se considera entonces embarcación a motor, pero no se cómo está la legislación al respecto.

Viadeagua.
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  #2  
Antiguo 29-04-2010, 17:53
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Yo juraría que no, un velero siempre es una embarcación a vela, por mucho que vaya a motor (otra cosa es cómo lo considera según su circunstancia puntual el RIPA). La habilitación a vela dice claramente que habilita para el gobierno de embarcaciones a vela, lo que pasa es que una embarcación a vela, aunque lo siga siendo, en el momento en que está navegando a motor tiene unas "preferencias" distintas ¿no será así?
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viadeagua (29-04-2010)
  #3  
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Es posible, pero como no lo tengo claro al 100% pues por eso pregunto

A ver si alguien puede aclararlo con exactitud

Saludos,
viadeagua.
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  #4  
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Yo diría que sí segun el RIPA:


b) La expresión "buque de propulsión mecánica" significa todo buque movido por una máquina.

c) La expresión "buque de vela" significa todo buque navegando a vela siempre que su maquinaria propulsora, caso de llevarla, no se esté utilizando.

Incluso vela más motor se considera motor, todo esto basandome en el RIPA.

Saludos
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viadeagua (29-04-2010)
  #5  
Antiguo 29-04-2010, 22:15
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Pues unas y la verdad es que la duda existe, para mi la lógica es la que comentas un buque a motor velero o lo que sea es un buque a motor don lo que necesitas el titulo de motor, auqnue tenga las velas enchidas al viento si el motor esta en marcha es un buque a propulsión mecáncia el RIPA aquí es muy claro.
Que ocurre que cualqueira podría llevar un buque a vela, ya que si se le acerca la patrullera con poner el motor en marcha ya estaría dentro de atribuciones.

De todas formas aunque esto no es tema de opiniones, si no el que lo sepa que lo diga, creo que si tienes el motor en marcha el titulo necesario es el de motor sin necesidad de la habilitación.

Buena mar.
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viadeagua (29-04-2010)
  #6  
Antiguo 29-04-2010, 22:41
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

he ido a repasar los apuntes que están acumulando polvo.

R.I.P.A
RESOLUCIÓN A.910(22) APROBADA EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2001

Regla 3 Definiciones generales
(...)
b) La expresión "buque de propulsión mecánica" significa todo buque movido por una máquina.

c) La expresión "buque de vela" significa todo buque navegando a vela siempre que su maquinaria propulsora, caso de llevarla, no se esté utilizando.

Aunque mejor preguntar a capitanía, no me gusta discutir tecnicismos con los de la GC

Editado por Dymo en 29-04-2010 a las 22:45.
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viadeagua (29-04-2010)
  #7  
Antiguo 30-04-2010, 09:01
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela


Yo, en BCN, hice el examen práctico del PER en un velero, y solo me habilitaba para motor.

Siempre navego en velero, sin embargo no me permiten sacarme la habilitación para vela con un examen. Tengo que pasar forzosamente por el pago de las prácticas.

Saludos
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  #8  
Antiguo 30-04-2010, 09:58
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

..bueno lo de las Prácticas me parece bien, e incluso en mi opinión personal deberían ser algunas más con algunas horas nocturnas..

En estas Clases Prácticas es cuando empiezas a entender y se te queda por ejemplo.. el Sistema de Balizamiento, si incorporas esas Nocturnas el sistema de Luces.. y así podía continuar con un sin fín..

..vamos que en mi opinión Más Prácticas y menos Teóricas..

..por otra parte nunca he entendido el por que de este sistema tipo carnet de conducir, cuando nuevamente y en mi opinión deberían ser las escuelas las que diesen ese aprobado final, total si son aptas para impartir este tipo de Enseñanza lo deberían ser igualmente para otorgar el Título..

..volviendo al tema inicial creo que la única diferencia existente en cuanto a títulos y vela y motor es el el PNB en el cual cambia si no me equivoco la eslora a motor y eslora a vela http://www.titulosnauticos.net/titulaciones/index.htm

de lo otro como ya se ha dicho, si un barco lleva el motor en marcha es una embarcación a motor..

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  #9  
Antiguo 30-04-2010, 11:57
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Yo leeria el BOE antes que la RIPA:

http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/C...4504945084.pdf

"6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión."

"Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17."



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  #10  
Antiguo 30-04-2010, 14:10
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Cita:
Originalmente publicado por Kepilla Ver mensaje
"6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión."
Parece muy subjetiva esa definición, conozco muchos motoveleros que ya ni se acuerdan que llevan velas.

Para mi un velero lo es cuando las tiene izadas, que es cuando el aparejo propulsa, con las velas arriadas o es un barco a motor o uno a la deriva.
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  #11  
Antiguo 30-04-2010, 14:11
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Lo que yo decía, explicao bien, es que tovía no tuviera tiempo de buscar el texto concreto... lo dicho, va a ser que no se puede...

Sino sería tan fácil como lo que comentan de encender el motor cuando apareciese alguien a mirar... y poner el cono invertido, claro

Cita:
Originalmente publicado por Kepilla Ver mensaje
Yo leeria el BOE antes que la RIPA:

http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/C...4504945084.pdf

"6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión."

"Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17."



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  #12  
Antiguo 30-04-2010, 15:50
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Cita:
Originalmente publicado por Dymo Ver mensaje
Parece muy subjetiva esa definición, conozco muchos motoveleros que ya ni se acuerdan que llevan velas.

Para mi un velero lo es cuando las tiene izadas, que es cuando el aparejo propulsa, con las velas arriadas o es un barco a motor o uno a la deriva.
Podrá parecer subjetiva, pero es la redacción del "MINISTERIO DE FOMENTO, 19071 ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo."

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  #13  
Antiguo 02-05-2010, 20:41
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Predeterminado Re: Velero a motor con título sin habilitar a vela

Estimados , se pueden hacer las prácticas de vela y existe un examen práctico, no se si tambien para vela seguro que para navegacióny seguridad, pero hay pocas convocatorias, las cuestión es que para aprobar el examen o hacer las prácticas tienes 18 desde que apruebas, si no hay que volver a examinarse.

Buena mar.
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