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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Permiso temporal de navegación
Hola a tod@s: En primer lugar una rondita ![]() ![]() ![]() ![]() También permite la realización de las pruebas de mar de dichas embarcaciones por parte del cliente y su traslado entre puertos españoles, mediante la creación de un sistema muy similar al de la matricula verde de los automóviles. De acuerdo con la norma aprobada ayer en Consejo de Ministros, en su conjunto, el Real Decreto conforma un procedimiento que debe iniciarse mediante la presentación de una solicitud ante la Dirección General de la Marina Mercante, vía telemática o a través de sus órganos periféricos, las treinta Capitanías Marítimas situadas a lo largo del litoral español, acompañada de unos requisitos mínimos y simplificados de documentación. La Dirección General de la Marina Mercante, en el plazo de quince días, resolverá la solicitud, otorgando, en el supuesto de que sea favorable, un permiso provisional por un plazo de seis meses. Éste será susceptible de prórroga, previa petición, por periodos iguales al del permiso inicial, a la par que establecerá una señal identificativa de la embarcación y de los requisitos que deben cumplir sus tripulaciones. Texto: Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN) Un saludo Editado por lropi en 26-05-2010 a las 11:27. |
#2
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![]() Yo he comprado un barco de bandera suiza de los 80 a una naútica con la condición de que ellos realicen el cambio de bandera. Como el proceso es largo, un par de meses, me han dicho, me ofrecen la posibilidad de uno de estos permisos de los que hablas para que traslade el barco a mi puerto, pero no lo tengo claro, sobre todo por la cuestión del seguro. Y tampoco sé si mientras tanto puedo salir a navegar con esa autorización provisional. En fin si algún ilustre cofrade sabe del tema y tiene a bien aconsejarme le estaré agradecido
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