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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#3
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Hola Kikapalu.
La norma general es que si el Puerto es Privado, la concesión pasaria a tu nombre sin problemas tan solo comunicarlo con el certificado de fallecimiento y el tema de la herencia en caso de que se nombre dicha concesión en la herencia. Muchas veces las concesiones se "olvidan" al testamentar. De to- das maneras, nosotros no poniamos pegas ninguna para hacer el cam- bio de nombre, tenias que firmar aceptando todos lo derechos y obligaciones que conlleva la concesión. Si el puerto es publico, ni idea. Bueno, espero haber sido de ayuda. Saludos. |
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