Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG
Yo xq no esperas una semana más a que entre en vigor el nuevo Real Decreto 1435/2010
"En materia de Radiocomunicaciones, se exime la obligatoriedad de que los buques y embarcaciones autorizados a realizar navegación por la Zona 5 (hasta 5 millas de la costa) vayan provistos de instalación radiotelefónica de VHF SOLAS así como de que las embarcaciones que se despachen para las Zonas 4, 5, 6 (desde las 2 millas hasta las 12 millas de la costa) y 7 (navegación en aguas protegidas) vayan provistas de una fuente de energía de reserva, siendo sólo obligatoria para las de nueva matriculación que se despachen en las Zonas 1, 2 y 3 (desde las 25 millas en adelante) Además, no será necesaria la licencia de estación de barco (LEB) para embarcaciones que naveguen por zonas 4 a 7, salvo que se instalen equipos con llamada selectiva digital. Otra novedad es que las radiobalizas solo se revisarán cada 4 años por empresas autorizadas. "
http://www.boe.es/boe/dias/2010/11/0...2010-17038.pdf
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El VHF homologado y el MMSI seguiran siendo obligatorios para zona 4, la emisora autonoma con fuente de energia de reserva seguira siendo, como hasta la fecha, para las zonas 1.2.3 y las radiobalizas siguen siendo como hasta ahora revisables cada 4 años y por agentes homologados
SALUT

