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Antiguo 02-02-2011, 14:38
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Iñaki/Sinvergüen Iñaki/Sinvergüen esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Aclaración: Yo no soy abogado, ni especialista en la materia laboral, pero he investigado un poco y creo que una hay base legal suficientemente clara para poder desarrollar una actividad como autónomo, si eres armador de un barco de menos de 10 Tns.

Mi preocupación se centra en otra situación: Si quieres desarrollar tu actividad como profesional y no tienes barco propio -prestaría mis servicios alquilando a mi nombre barcos de lista 6ª- ¿Qué pasa? ¿Soy considerado armador "temporal"?

De hecho, cuando alquilas un barco, eres legalmente su armador...

Alguien mencionó en este u otro foro la figura de "armador asociado" o algo así..., pero todavía no he encontrado nada al respecto.

En fin, si alguno de vosotros sabe cómo solventar esta situación como autónomo, sin ser además armador, pues le agradeceré (creo que agradeceremos) su ayuda

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Iñaki
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