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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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buenassss unos RONES cremats que casi no tienen jalcoooool ,por si nos hacen soplar ,
L a pregunta es la siguiente , después de casi diez años de tener un amarre alquilado , a un particular , que hace dos años lo paso , supongo como parte de sus acciones , a su empresa, a la cual cada mes de noviembre le hago una transferencia de todo el alquiler anual , este año me diga que debido a los gastos que le genera dicho , amarre etc etc me tiene que añadir el IVA , como desconozco como funcionan las leyes en este sector , y evidentemente , el IPC esta por debajo , para andar haciendo subidas de arrendamientos , he pensado que un aumento , quizás encubierto con el IVA , era excesivo, y digo quizás por mi desconocimiento en arrendamiento de amarres , si algun cofrade esta al corriente en este tema le agradecería que, me pusiera al corriente . graciasssss de antemano y salutttttt kiqu
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kiqu
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#2
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Saludos cofrade,
por lo que tengo entendido es un acuerdo entre las partes. Es decir las partes acuerdan quien se hará cargo de los gastos y queda recogido en el contrato de arrendamiento. Si firmaste un contrato deberían constar los detalles. Lo que conste en el contrato va a misa! Si es un contrato verbal se complica, pero demostrando los pagos periódicos realizados también se puede defender. A ver que te dicen los cofrades más duchos en la materia... ![]() ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Xinanhook | ||
kiqu (12-10-2016) | ||
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#3
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Pardillo | ||
Xinanhook (12-10-2016) | ||
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#4
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Creo que el problema se produce al pasar el amarre a titularidad de la empresa, ahora ya no es un contrato entre particulares, es un contrato en el que una empresa alquila a un particular, y por lo tanto sujeto a IVA. ( no tengo claro si entre perticulares esta exento)
Por supuesto le puedes y debes exigir factura oficial. Tampoco se que tipo de contrato tienes, si tienes alguno. En cualquier caso, los contratos no son eternos, se rigen por acuerdo entre ambas partes y por periodos determinados, asi que siendo que lo que exige parece que es legal, supongo que no hay mas que dos soluciones, aceptas o dejas el amarre. Los amarres no han subido de precio casi nada segun zonas, pero no tienen porque regirse por el IPC, no estamos hablando de una vivienda en alquiler como residencia habitual, y los impuestos Y tasas a los amarres si que han subido una barbaridad, en algunos casos mas de un 1000 X 100. De todas formas no soy gestor, asi que poco caso. ![]() ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 12-10-2016 a las 10:48. |
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#5
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Si te interesa el amarre negocia lo que puedas ese 21% de incremento porque al final de todo el amarre no es tuyo y te tiraran, da lo mismo si antes no lo pagabas, si es un acuerdo entre particulares o lo que sea y supongo que no te vas a meter en un pleito por esas cantidades
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#6
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Eso de que te aplica e! IVA por que tiene muchos gastos es una milonga, el IVA no es un ingreso. Salvo que te estuviera dando fra. con IVA y no te lo cobrase
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En el mar el peligro es la tierra (Geoffrey Williams) Ganador OSTAR 1968
Editado por 3er cuadrante en 12-10-2016 a las 11:48. |
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#7
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El alquiler de amarres esta sujeto al IVA, por lo que resulta que lo puede aplicar.
La excusa que te da,creo que es eso, una excusa para incrementar el precio, pues dudo que declarase los ingresos como provenientes del arrendamiento. ¿Te daba una factura ? Si insiste pídele la factura numerada y con el IVA desglosado, a lo mejor se arrepiente. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Pardillo | ||
Branka (12-10-2016) | ||
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#8
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A ver si me explico mejor
Al alquilarlo entre particulares y no hacerte factura no hay un desglose del IVA, en el caso de la empresa te hace una factura dónde está desglosado el IVA, asi que o no declaraba el alquiler como particular y por eso consideraba que no tenía IVA gravado , o bien te quiere meter una subida del 21% Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk
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Desde el Infierno,aprendiendo a vivir otra vez. ![]() ![]() __________________ Socio de ANAVRE. http://www.anavre.org/ |
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#9
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Creo, por que nunca he alquilado un amarre, que solo hay dos tipos de contratos. Alquiler de vivienda y de uso distinto al de vivienda. El de vivienda habitual, no esta sujeto a iva y tiene una serie de cláusulas de obligado cumplimiento, el de uso distinto al de vivienda, engloba a todos los demás arrendamientos y las clausulas son las que pacten las partes libremente. Este tipo de contrato si esta sujeto a iva, sea persona física o jurídica, es decir particulares o empresas
El tema está, en que normalmente los arrendadores suelen declara r el arrendamiento al igual que el que te alquila un apartamento en verano tampoco lo hace. En definitiva, el que tiene todas las de perder es el arrendador o propietario que no lo declara al fisco. Yo me negaría a que me pegase esa subida, salvo que fuese un chollo, claro Yo tengo mi pantalán actual y pago el iva Enviado desde mi MotoG3 mediante Tapatalk |
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#10
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Insumisión fiscal,,carajo, que para eso somos piratas
![]() ![]() Aquí el único culpable es Hacienda con su rapiña recaudadora y su más que discutible forma de gastar (Gurtel,Rita,Barcena,etc,etc.etc)
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Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a pil pil | ||
kiqu (15-10-2016) | ||
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#11
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Perdon. Queria decir que los arrendadores no suelen declarar el arrendamiento
Enviado desde mi MotoG3 mediante Tapatalk |
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#12
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Habla con el, Kiqu, siempre me pareció un tío bastante tratable, acordar algo que os vaya bien a los dos, el no querrá perder un buen inquilino que le paga bien y a ti te interesa ese amarre...
Enviado desde mi SM-N9005 mediante Tapatalk
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LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes
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