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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Vayan unas rondas por delante
![]() Me ha parecido leer que, en regata, la braza no puede regularse; he entendido bien? Entonces, lo que se ha hablado bastantes veces de cómo ha de ajustarse en función de más / menos viento o rumbos más abiertos / cerrados, es únicamente aplicable a crucero? Gracias ![]() Avante |
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#2
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Cita:
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Asociación de navegantes de recreo ![]() http://www.anavre.org Mi flickr http://www.flickr.com/photos/38876802@N03/ "Sólo hay dos formas de tener razón, una es callarse, la otra contradecirse" Fernando Pessoa. |
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#3
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Si estais hablando de tener un asimétrico declarado sin tangón, tenéis toda la razón:
Dice el Reglamento RI 2009: Cita:
¡Pues eso!. ![]()
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Buena proa! |
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#4
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Cita:
Igual es mucho pedir, pero: ¿¿Podrías darme una interpretación de porqué no puede cazarse al lado opuesto de la botavara, y porqué no puede llevarse a mayor altura el puño de amura??? ![]() ![]() |
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#5
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¡No que va!, tu pregunta lo que quieras, que yo contesto lo que ... pueda
![]() Vaya por delante que no soy tésnico en todo eso, pero: Lo de no cazarlo por el lado opuesto a la botavara es por lo de no ir a orejas de burro. Deduzco que un barco a orejas de burro expone toda su tela al aire y, en los cálculos vélicos con spi eso no se tiene en cuenta, pues siempre se entiende que la mayor tapará en parte al spi (ojo, interpretación mía). Lo de no dejar subir el puño de amura tiene para mi una más fácil interpretación: Los barcos en los que se declara el spi amurado a crujía sin tangón, el spi no está tan castigado com en el caso de un spi convencional, dado que se entiende la poca posibilidad de reglaje y, en consecuencia, el menor rango de rumbos al que será efectivo.
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Buena proa! |
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