La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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  #1  
Antiguo 22-06-2007, 17:27
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Lo que seguidamente se sintetiza esta basado y respaldado por un amplio sumario que se encuentra todavía sin concluir en los juzgados de Ferrol.

Resume lo ocurrido entre un astillero y un cliente, en lo que debiera ser la construcción y adquisición de un velero.

Dado que ha habido, a juicio del autor, alguna que otra precipitación en los comentarios y conclusiones anteriores, relacionados con este tema, desconociendo el fundamento e intención de las mismas, la exposición esta bastante sintetizada.

Para intentar que lo escrito sea lo más imparcial posible, no se hace ningún tipo de comentario.

La interpretación queda a juicio de quien lo lea y a su entera libertad de hacerlo.
No es necesario enfadarse. Capacidad de reflexión y análisis es lo que se necesita.


En el año 2001 un cliente acude a un Astillero de Ferrol con la intención de adquirir un nuevo modelo que van a producir. Un velero de 9.40m de eslora. Realiza un primer pago y firma un contrato. Transcurridos dos meses efectúa un segundo pago, pasados ocho meses se le solicita más dinero. El cliente manifiesta su negativa a entregar más mientras no se inicie su velero. El representante del Astillero y el cliente tras algunas y espaciadas conversaciones no llegan a un entendimiento. El cliente solicita la devolución de las cantidades entregadas. El representante del Astillero no accede a su solicitud. Ante la negativa el cliente recurre a los Juzgados de Ferrol.

Año 2002. Acta de conciliación presentada en el juzgado. Se intenta avenir a las partes, sin acuerdo, se da por; Terminado sin Efecto.

Año 2003.Se presenta demanda de conciliación, se solicita la devolución de las cantidades entregadas, al no haberse iniciado el velero. El astillero argumenta que el cliente es un insolvente, que ha iniciado la construcción y que es el cliente el que ha ordenado la paralización al no disponer de dinero para afrontar los pagos, ocasionándole graves perjuicios. No hay acuerdo entre las partes.
Con posterioridad el cliente presenta demanda de juicio (Son aportados certificados de solvencia, saldos y movimientos de cuenta bancaria). El día en que debería celebrarse, el astillero solicita un aplazamiento al no poder comparecer su representante legal.

Año 2004. Fijada una nueva fecha y llegado el día, previo a la vista se practica un reconocimiento judicial y pericial, en las ahora nuevas instalaciones del astillero.
Se levanta acta, conforme la construcción del velero, no se ha iniciado. Celebrado el juicio, la sentencia desestima las reclamaciones contra el astillero y condena al cliente a pagar la totalidad del contrato cuando el astillero proceda a entregar el velero. La sentencia es recurrida por ambas partes. El cliente pide la devolución del dinero, el astillero manifiesta alegaciones referentes al pago de impuestos.

Año 2005. La Audiencia Provincial de A Coruña desestima el recurso de apelación, confirmando la sentencia del Juzgado en primera instancia. Al día siguiente de la notificación de la sentencia, la página de Internet del astillero es actualizada, no figuran las especificaciones ni el equipamiento que anteriormente sí constaban. La sentencia es firme, el cliente deposita el dinero que falta hasta la totalidad en la cuenta bancaria de los juzgados. Se solicita la ejecución de sentencia. El astillero presenta nuevas alegaciones de imposible cumplimiento de sentencia.

Año 2006. El cliente solicita medidas cautelares sobre el astillero demandando el cumplimiento de sentencia. El astillero presenta nuevas alegaciones. Por mandamiento judicial al registro de la propiedad se realiza una anotación de embargo trabado sobre la parcela propiedad del astillero.

Año 2007. Se apremia al astillero con multas mensuales si no cumple con lo establecido en sentencia judicial.


Todo lo anteriormente relatado esta documentado y puede ser comprobado en los juzgados de Ferrol.


[La información está dada. Las opiniones y comentarios son libres, los hechos son ciertos. El seguimiento tal vez no pueda hacerse de forma habitual y constante, como es habitual en un foro. Imprevistos que surgen y que condicionan y si a alguno le sirve para destruir, será bajo su criterio].

Un saludo y buenos vientos.
  #2  
Antiguo 22-06-2007, 20:52
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Piratilla
 
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Gracias true por el final , buen aviso para navegantes . Espero un buen final,mi madre gallega siempre me decia a 10000 km y 20 años de distancia de su Galicia " filliño jaiteiro que has pagado nunca bien a tocado" ´.
Tu relato me intrigó y no me esperaba este final todavia abierto, pero me sirve de ejemplo te deseo suerte y paciencia ,hasta la resolución´.
  #3  
Antiguo 24-06-2007, 01:04
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Grumete Pirata
 
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Con permiso .Unas cervezas para todos tabernero,creo que las necesitamos.True de verdad que lo siento.Tener un barco pagado y no poderlo disfrutar es lo peor que nos puede ocurrir a los aficionados a la nautica deportiva.Que dios nos ilumine a la hora de invertir nuestros ahorros.Ya nos tendras informados .Suerte.

Editado por Atarip en 24-06-2007 a las 10:58. Razón: Mensajes repetidos. Unidos y uno eliminado.
  #4  
Antiguo 24-06-2007, 02:44
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Pues, yo voy a ser algo crítico. A ver si nos enteramos de una vez que contratar la construcción de un barco con un astillero, no es como comprar una camisa en el corte inglés, y tampoco es como comprar un coche. Por ello, hay gestores, asesorías, ingenieros, y un montón de profesionales dedicados a esto.

Ahora bien, si como en muchos casos, nos gusta ir de listos, o simplemente por desconocimiento en otros, firmamos como quien encarga un libro en unos grandes almacenes que nos construyan un barco, estamos llamando a la puerta de tener problemas.

El derecho marítimo, es lo más complejo, anticuado y enrevesado que puede alguien echarse encima, e implica un montón de arcaicos artículos del código de comercio (y con la nueva ley de la navegación que están a punto de aprobar en el congreso la cosa se va a liar todavía más).

En el mundo naval, tanto en el de los buques mercantes, como en el de la náutica deportiva, es habitual pasar la lupa a los contratos de construcción y todos los documentos que se deben adjuntar y datos que se reflejan: Características de la embarcación, plazos, garantías, títulos de derecho y riesgos, condiciones de pago, aceptación rechazo, inspección, especificaciones, y un largo y largo etcétera.

Y son todos aspectos que se discuten ampliamente, y se busca especificar por ambas partes, y que en muchos casos condicionan la existencia al final, o no existencia, de un acuerdo y su respectiva compra.

En primer lugar, respecto del comentado, voy a compadecer a tú abogado, porque en un caso pendiente de Resolución, o sentencia firme, hablar aquí de ello, ha dado (como cualquier abogado sabrá) una herramienta enorme para poner al juez en tú contra, e incluso dar lugar a posibles peticiones de reclamaciones en tú contra. (Entonces, aquí llamo la atención de los moderadores de este foro, porque este tema puede traer problemas a la Taberna, tal vez no, pero yo veo esta una cuestión muy delicada).

Está clarísimo, que en este caso ha habido un desacuerdo o desencuentro entre ambas partes, lo cual motiva el inicio de un procedimiento. Pero en España la justicia es muy, muy lenta; por ello, es normal tú cabreo, pero este no debe ser con el astillero, sino con la justicia y su forma de proceder y de realizar los trámites a menor velocidad de la que camina una tortuga coja. Si no llegas a los ocho años, habrás tenido suerte.

Yo imagino que el velero debe estar y llevar ya años construido, he imagino que debes haberte negado a recepcionarlo por el típico consejo de un abogado que no esté vinculado o especializado en temas náuticos alegando cualquier cosa. Un caso de lo más típico. (De ser así, y no es el primero, ni el segundo que veo, diré que este se ha columpiado un montón, y te recomiendo cambiar de abogado lo antes posible). En el caso de barcos, recoger todo lo que te ofrezcan y luego reclamar.

Una embarcación acabada, no recepcionada, y notificada que está acabada y lista para ser recogida, puede estar depositada a seco a la intemperie (en el mejor de los casos) o estar a flote años y años sin mantenimiento por culpa de la lentitud de la justicia. Y luego si te la dan o te obligan a recogerla, ni el astillero, ni el ministerio de justicia son responsables de la lentitud de la justicia. Imagina que te entreguen una barca que estuvo sin haber aplicado antifoling más de cuatro años a flote, sin moverse, ni varar (pues para tirar a la basura antes de estrenarla).

Segundo, lo habitual, en TODOS los contratos de encargo de una construcción, es que no se admiten devoluciones, ni cancelaciones del pedido (salvo lo 15 días tras la firma de un contrato que conceden las leyes españolas en todo lo que se compre). Así pues, siempre, y salvo que el constructor acceda de forma voluntaria (que no suele ser el caso, yo nunca lo vi) estas obligado a ir pagando religiosamente todos los plazos en los momentos indicados, y sólo podrás reclamar si no te entregan la embarcación en la fecha convenida.

Si en lo que firmaste, no aparece fechas de entrega o de avance de obra, y como se penalizarán o entenderán los retrasos, (algo muy común en el primer documento que presentan para estudio y firma el 95% de los astilleros de embarcaciones de recreo), pues haberte asesorado mejor, o haber leído antes lo que firmabas. El que no se quiera pagar más, es causa sobrada para que no se inicie la construcción o se siga con ella.

Y por cierto, MUY IMPORTANTE: La construcción de un buque no se inicia con la puesta de quilla, bueno en este caso con el inicio de la construcción del casco, SE INICIA CON EL DESARROLLO DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE DETALLE Y DEL APROVISIONAMIENTO de materiales, motores, etc.

Por lo cual, y por lo leído, veo que los abogados de ambas partes y el juez no tienen ni IDEA de que va el tema, porque la construcción de barcos no se inicia por una construcción, sino por un proceso, que se inicia con unas compras, con lo cual lo que se precisaría sería un acta de acopio de materiales y elementos (como el equipo propulsor), demostrable con facturas.

Todo esto no hará más que liar aún más el proceso y estirar su duración. Por culpa de una justicia lenta, y por la falta de jueces, ya no especializados, sino simplemente familiarizados con la idiosincrasia de los temas náuticos.

Por tanto, a ver si pensamos un poco lo que nos cuesta a los mortales normales conseguir 80.000 o 100.000 euros para encargar la construcción de un velero, más lo que cuesta un atraque. Conviene asesorarse bien, que luego vienen las sorpresas durante el proceso, o a la entrega, o los primeros meses de uso con la Garantía, etc.

O AL MENOS LEERSE LAS COSAS.

Editado por MOL en 24-06-2007 a las 02:51.
  #5  
Antiguo 24-06-2007, 10:51
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Si se permite opinar.
Mol o no te enteras, o lees simplemente lo que quieres. Parece segun leo yo que la sentencia es firme.

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  #6  
Antiguo 24-06-2007, 12:14
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Cofrade True, lamento lo que te esta pasando y comprendo el estado de ánimo en que te encuentras y lo que le debes estar dando al tarro con semejante problema. Suele ser lo que siempre te viene a la cabeza al meterse en una compra importante, si te saldrá todo bien o si pifiará por algún lado.
Hace tres años compré un barco nuevo, de astillero francés, y las condiciones de pago se estipularon en, un 20% al formalizar el pedido, un 70% a la salida del astillero, y el 10% restante a la entrega del barco. El plazo de entrega comprometido, que no firmado, por el vendedor fue de tres meses. Hubo un pequeño retraso, argumentado por coincidir la salida de astillero con la festividad nacional francesa, pero cuatro meses despues de pedido, yo navegaba en el barco, y todo salió perfectamente a pesar del miedo que me metían en el cuerpo amigos agoreros anunciandome problemas múltiples.
En tu caso nos falta saber las condiciones de pago, plazos de los pagos y compromisos del astillero, pues a cualquiera puede parecer muy raro que un juez de la razón al astillero, cuando solo recibe dinero y no entrega, ni siquiera inicia, el barco contratado.

Corade Mol, es muy interesante la información que aportas y los consejos que das, pero me parece que el tono no es de lo más afortunado.
El cofrade True dice tener documentado y peritado que el barco no se inició. No entiendo que digas que seguramente está construído y pudriéndose.
¿O es que sabes del caso más de lo que dices?

True, te deseo toda la suerte que necesitas.

Editado por Borneira en 24-06-2007 a las 12:32. Razón: Grave error en los porcentajes.
  #7  
Antiguo 24-06-2007, 13:39
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Por desgracia, este no es ni el primer caso y tampoco será el último que oigo hablar de problemas y desencuentros entre astilleros, vendedores y compradores, previos, posteriores o durante una construcción de un encargo (y otro día habrá que hablar de los impagos de créditos e hipotecas, que también traen tela esos procesos).

Si hay una sentencia en 2004 como dice True: “desestima las reclamaciones contra el astillero y condena al cliente a pagar la totalidad del contrato cuando el astillero proceda a entregar el velero. La sentencia es recurrida por ambas partes. El cliente pide la devolución del dinero, el astillero manifiesta alegaciones referentes al pago de impuestos”.

No entiendo para nada la introducción del tema impuestos, un barco nuevo conlleva el pago de un IVA que va en la factura y luego en tú poder, como hemos hecho todos, cada uno tiene que pasar por hacienda a pagar un impuesto de matriculación, y después las inscripciones en capitanía, tasas de señalización, la puta radio de ahora con su MMSI de los güevos con proyecto de instalación. Entonces, reincido, no entiendo en nada eso de “el astillero manifiesta alegaciones referentes al pago de impuestos”. Pregunto al implicado, ¿Té negaste a pagar el IVA? (Sino explícanos que es eso de los impuestos).

Entonces, si desde 2004 hay sentencia, esta recurrida, pero no ejecutada, en 2005 se han aceptado nuevas alegaciones, en 2006 sólo se hace una anotación, y todo está sin concluir y sin ejecutar. ESTO ESTA MAS CLARO QUE EL AGUA.

Bueno, vale, no todos trabajamos con jueces, abogados y procuradores a diario, pero esto es un caso estándar en nuestro lento, lentísimo, sistema judicial. Está clarísimo que ambas partes habrán cumplido a su manera, uno habrá deposito el dinero en el juzgado porque le condenan a ello, y la otra parte habrá hecho el barco. Luego se buscan mil argucias o problemillas por una parte para no aceptar el bien, y por la otra para no entregarlo. No les suena, es el más usual método para putearse mutuamente durante un proceso judicial llevado por pésimos abogados, más interesados en alargar al máximo el procedimiento para sacar más beneficio, aprovechando las ganas de hacer daño y el enfado de su cliente, a sabiendas que sólo ganará una de las partes, pero mientras tanto se fomenta una guerra cruzada entre ambas partes.
  #8  
Antiguo 24-06-2007, 13:41
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Bos días

Parece que Nordesio, yo y algunos más leemos que YA hay sentencia firme, así que MOL, aclara un poco más tu postura e ideas.
Dices que comprar un barco de recreo se parece más al contrato de las fragatas australianas a Navantia (enhorabuena ferrolanos) que a comprar un coche. Lo dudo, ya que el comprador es un simple consumidor y si es así, me alegro mucho que Bavaria empiece a conceptuar la conpra de un barco como la de un cohe o una aspiradora.
Saúdos
TdH intrigado con la aviesa respuesta de MOL
  #9  
Antiguo 24-06-2007, 14:20
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MOL
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Es muy fácil, una sentencia o resolución no es firme, mientras existan posibilidades de presentarse recursos de apelación, apelaciones, y no se de por concluido el proceso en el juzgado instructor.

Más fácil, es ver un detalle: ambas partes están condenadas desde 2004, y ninguna de ellas está siendo investigada por el ministerio fiscal por incumplimiento de la condena, porque sino lo pondría aquí en la exposición True, porque eso si es un tema muy grave.

El caso aquí presentado, es poco habitual, lo más común son desencuentros posteriores a la entrega y enfrentamientos judiciales por temas de las garantías. Porque si se leen ustedes las cláusulas de la garantía de su velero nuevo verán la siguientes típicas coletillas:
- La garantía se concede exclusivamente al primer comprador del barco.

- Las grietas y decoloración del gel están excluidas de la garantía.

- Si fuera necesario, trasladar la embarcación, o llevar el barco a dique seco, para la sustitución o reparación de una pieza en garantía, estos gastos correrán a cargo del propietario.

- La estructura queda excluida de la garantía en veleros explotados profesionalmente o que participen en competiciones.

- Los gastos sufragados por el propietario para tomar medidas normales con tal de preservar el barco de una agravación de los daños quedan excluidos de la garantía.


Y para acabar la que más me gusta:

En caso de discrepancias las partes se someterán exclusivamente a los tribunales marítimos ingleses (aunque aquí algunos astilleros franceses de embarcaciones deportivas, se refieren a los suyos, a los tribunales franceses).


Son ejemplos de cláusulas comunes, completamente legales, y nos demuestran que tener o comprar un barco, no es lo mismo que un coche.

El documento de los términos y cláusulas de la garantía de un conocido y reputado astillero, no español, de embarcaciones de recreo son, y retengan el número, 15 páginas de letra pequeña. Que acertadamente, y bien aconsejados y asesorados, futuros armadores de los modelos de media y gran eslora, discuten y negocian las cláusulas de esta antes de firmar la compra.

Lo normal, es pensar que no habrá problemas, y llevados por las ganas de estrenar barco, no se suele caer en la cuenta de mirar estas cosas o analizarlas, y luego vienen los disgustos, cabreos, y juicios.

(Es un consejo, no es que quiera meter miedo ni quitar la afición)

Editado por MOL en 24-06-2007 a las 14:23.
  #10  
Antiguo 24-06-2007, 14:10
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Hola todos:

Mol: no es lo mismo encargar a un astillero que te diseñe y construya un barco, que comprar una unidad de las que oferta un astillero, aunque sea un nuevo modelo, de modo que me parece que el que va de listillo eres tu.

True: Este foro tiene mucha más influencia en el mundo de la náutica de lo que nos podemos imaginar.
Las sentencias son públicas, si la escaneas y la cuelgas aquí no te va a pasar nada y de paso nos enteramos donde no debemos encargar barcos.
Yo, antes de dar nombres, daría al astillero la posibilidad de cumplir su parte del contrato, advirtiéndole la publicidad que puedes dar a la sentencia. Es muy posible que ya esté enterado, me da la impresión que todas las empresas relacionadas con el mundo de la náutica “curiosean” este foro, la intervención de Mol apunta algo así.
Si puedes coge el dinero y corre, que un barco construido “de mala gana” puede amargarte la afición a navegar.

Saludos y mucha suerte.
  #11  
Antiguo 24-06-2007, 14:36
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Predeterminado Re: Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Cita:
Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Hola todos:

Mol: no es lo mismo encargar a un astillero que te diseñe y construya un barco, que comprar una unidad de las que oferta un astillero, aunque sea un nuevo modelo, de modo que me parece que el que va de listillo eres tu.
Yo añadiría más, no es lo mismo comprar un barco ya construido en stock o expuesto en un salón náutico, que encargar la construcción de uno de serie (y ya sabemos que aún siendo de un mismo modelo, no hay dos barcos iguales).

Pero aquí no dejan claro si lo que encargó o compró, y venga documentado y registrado es un "barco de serie del modelo X de la marca Z con las modificaciones Y, los extras XX"; o si por el contrario encargo un velero diseñado o construido al gusto; si compró un kit para acabarlo el mismo, si compró un modelo personalizado construido a partir de un modelo existente en producción; se me ocurren decenas de posible opciones más . . .

Yo al ver tan poca información, y por lo poco que nos cuenta, y más por lo que dice LP 706, veo o creo ver que algo turbio hay de fondo entre las dos partes que aquí no se nos cuenta.

Todo ello, presuponiendo que todo lo aquí dicho sea cierto, porque sino en menuda liada nos hemos metido. Y sino lean las intrigantes, initeligibles, e incomprensibles intervenciones previas del cofrade que aquí denuncia una situación, que suponemos cierta.


Cita:
Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Si puedes coge el dinero y corre, que un barco construido “de mala gana” puede amargarte la afición a navegar.
Es el mejor consejo que se puede dar.

Muchas veces más vale una retirada a tiempo, que perder 6 años de ser armador feliz, de otro barco, pero de poder disfrutarlo, sin tener que estar en un cabreo contínuo, estar pagando abogados y acudiendo a juicios. Esto no debiera ser así, pero es que la justicia española funciona como funciona, y encima luego las leyes son interpretadas por los jueces, con lo cual nunca sabes a quien darán la razón.

Editado por MOL en 24-06-2007 a las 23:05. Razón: a justa petición de Natachamar
  #12  
Antiguo 25-06-2007, 21:26
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Cita:
Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Hola todos:

True: Este foro tiene mucha más influencia en el mundo de la náutica de lo que nos podemos imaginar.
Las sentencias son públicas, si la escaneas y la cuelgas aquí no te va a pasar nada y de paso nos enteramos donde no debemos encargar barcos.
LP706, True

Ojo con lo de que las sentencias son públicas, en todo caso le recomendaria que eliminase los nombres de las partes, no sea que se pueda ver afectado por la LOPD.

Las bases de datos de Jurisprudencia eliminan los nombres de las personas, por algo será.

Lo que si tienes la referencia la podemos buscar y ver si la encontramos en alguna base de datos.


Unas birras que corran

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