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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas,
he leído un tweet, enviado por una prestigiosa gestoría náutica, que dice que en unos pocos días la DGMM, emitirá un comunicado sobre la validez de las ICP holandesas para barcos que naveguen en aguas españolas y sean propiedad de un residente en España. Del estilo de Portugal o Italia, que ya han rechazado este documento para navegar en sus aguas, parece que la DGMM, va en ese sentido, aunque habrá que esperar la comunicación oficial. ¿Alguien sabe algo? Rondas |
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#2
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Saludos cordiales.
estoy igual que tú... con la noticia de Facebook. Supongo que habrá que emigrar a Polonia. Cristina irá avisándonos, aunque menudo lío se va a armar, creo que somos unos cuantos. El tema de nunca acabar...
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El tiempo no tiene sentido... cuando lo que buscas es la eternidad. |
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#3
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![]() Y eso es tan sencillo??? No debe haber BOE ni nada. Un comunicado y ya está? Uffff! No brindo.
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#5
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Pinta mal! Se sabe que moratoria han dado en Portugal e Italia?
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#6
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Ya torearemos ese toro cuando salte al ruedo. De momento...
Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#7
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IMPORTANTE AVISO A NAVEGANTES CON BANDERA HOLANDESA
Me ha llegado un mail remitido directamente desde Watersportverbond que como sabéis es el organismo que expide el ICP holandés. En el indica explícitamente que Portugal, Italia y España no reconocen el ICP por no ser firmantes de la Resolución 13 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) de 1986. https://www.watersportverbond.nl/onz...-binnen-europa En tal sentido anuncian nuevos requisitos a partir del próximo año que se conocerán en los próximos meses. Visto lo cual, ánimo a los armadores que naveguen bajo dicho pabellón, que se planteen ir pasando a alternativas por ahora más amigables, como son Polonia y Suecia antes de que esas puertas se cierren también. Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#8
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Tengo alguna opinión sobre el asunto, pero como
![]() el que la quiera, que me la pida por privado. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#9
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Hola yo tengo bandera holandesa y estaria interesado en el asunto
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#10
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Cita:
Pero, si quieres seguir navegando en España, yo que tú no demoraría mucho lo de buscar alternativa a esa "bandera". De momento Polonia parece ser una opción razonable. Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#11
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Una consulta a los expertos. Me he leído el comunicado de la DGMM sobre el ICP holandés y más o menos me queda clara la postura de la Administración. Un futuro negro, aunque se limita a una exposición de circunstancias y hechos ya sabidos (es un documento legal reconocido en muchos países, pero no por el nuestro por no haber firmado la dichosa Resolución 13). Mi pregunta tiene que ver con el posible carácter resolutivo del comunicado en sí. ¿Es algo inmediato? ¿Hay un margen de maniobra para el papeleo? ¿Una moratoria? ¿Hay que esperar a la publicación del Real Decreto que finalmente regulará el material de seguridad? Vamos, que si me van a precintar el barco mañana mismo o al día siguiente. Gracias anticipadas por las respuestas.
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#12
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#13
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He abierto un hilo con el procedimiento para obtener la bandera de Canadá. Creo que puede ser una excelente alternativa al ICP de Holanda.
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." Editado por eborges_tfe en 03-11-2020 a las 17:36. |
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#14
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Cita:
Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#16
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Cita:
- Gestoría (Beneficio esperado que le caerá en el incremento de gestiones en banderas + despacho del futuro doc de la pseudo zona de seguridad que se inventarán) - Revisiones ITB (Beneficio esperado que le caerá en el incremento de revisiones por vuelta a bandera española y por obligación de otras banderas debido al futuro doc de la pseudo zona de seguridad que se inventarán, cuando la eslora obligue, y que esas ITB's no serán pocas) Supongo que en las oficinas de esa empresa (como muchas otras...) que se dedican a esto, estarán y y y y ![]() ![]() al de la DGMMMientras los navegantes estaremos y y y y pensando mandar el al ![]() Y por supuesto, entre IVA's & Tasas que van a ser recolectados por la Administración, y con la falta que hay de €€€ por la paralización económica, al lo sacarán en palio. |
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#17
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 05-11-2020 a las 10:42. |
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#18
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Vaya tela.
Entonces, a efectos prácticos: a día de hoy los que tienen ICP holandés en vigor, pueden o no pueden navegar??? ![]()
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#19
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Ésto ya pasó con anterioridad en otros ámbitos. Cuando se hace una consulta vinculante, la respuesta es ley. Es una consulta que se hace para aclarar algo respecto a una norma o similar, y cuya respuesta resulta en la nueva normativa a aplicar, siempre y cuando no se contradiga con la ley.
Por ejemplo: hace un tiempo una gestoría quiso aclarar cuál era el porcentaje de retención que se debía aplicar a los músicos cuando tocan en directo. Hasta ese momento cada uno pagaba lo que creía que iba entre el mínimo del 2% hasta lo que uno considerara. La respuesta fue que como mínimo debía ser el 15% ,y desde ese momento todos los músicos de España cotizan al 15%. Porque pasó a convertirse en la nueva norma a aplicar. (Ésto es un caso real, que me afectó directamente pues es mi profesión...). Con ésto de la bandera holandesa pasa lo mismo... Enviado desde mi Lenovo YT-X703F mediante Tapatalk |
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