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Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
Buenos días,
voy a pasar unos días de vacaciones en Corcega y quería saber si voy a poder alquilar, sin problemas, embarcaciones de menos de 12 metros usando mi carnet del PER español. Entiendo que con el PER puedes salir desde España y recorrer el Mediterraneo costeando con una embarcación de bandera española. Sin embargo, dudo que en Francia me alquilen un barco de bandera francesa sin antes solicitar una autorización a "Capìtanía Marítima". ¿Que experiencia teneis al respecto? Mirando por detrás del Carnet del PER pone: "Valida para todo el Territorio del Estado Español según la orden FOM/3200/2007". Analizando dicha orden encuentro dos disposiciones aplicables en España: Disposición adicional quinta. Alquiler de embarcaciones de recreo españolas.Entiendo que esta dispocisión convalida automáticamente los títulos franceses con los correspondientes españoles. Disposición final tercera. Titulaciones extranjeras.Sin embargo, la segunda disposición habla de que para gobernar embarcaciones de pablelón español hay que solicitar una autorización a capitanía marítima. Es de suponer que quedan excluidos aquellos casos en los que exista un contrato de alquiler. ¿Sabeis como está el tema en Francia respecto al PER y al PNB? Me gustaría conseguir una traducción de la legislación francesa al respecto y saber cual es el porcedimineto, si fuera necesario, para obtener una autorizacion de la capitanía marítima francesa. Saludos, Anexo XII |
Etiquetas |
alquiler, autorización, convalidación, francia, titulos |
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