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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola foreros, me ha surgido una duda que tengo y que os cuento: mi yerno, que es inglés, se compró un barco aquí en España y lo ha cambiado a bandera británica. Yo tengo el título PER y cojo el barco a menudo, pues él sólo viene en verano. El caso es que cuando salgo a navegar voy intranquilo pues, además de no haber pasado la ITB (lo cual no quita que el barco esté bien mantenido), apenas lleva medidas de seguridad (de las exigidas aquí) y tenemos una neumática con motor sin papeles. El dice que no hace falta nada porque, al tener bandera británica, la Guardia Civil no puede exigir nada, salvo los papeles del barco como que es de su propiedad y que tiene seguro. No sé, he leído por ahí que, efectivamente, es así pero yo no me quedo tranquilo. Si alguien me pudiera comentar algo con conocimiento del tema os lo agradecería mucho.
Un saludo y gracias. ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Efectivamente Aquiles57 tu yerno tiene razón. Navega tranquilo y disfruta.
![]() Editado por Glub en 22-01-2014 a las 01:11. |
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#3
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Si el anterior propietario pago el impuesto de matriculacion (lo cual seguro que fue asi si la bandera anterior era española), no hay problema. Mejor que lleves a bordo algun comprobante para enseñar a la GC. Te ahorraras tener que ir luego a la Aduana a mostrarlo.
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#4
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Gracias Glub y Tupac A., por las respuestas
Os invito a unas rondas virtuales en agradecimiento ![]() ![]() |
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