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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Buenas,
Pues el tema es que me acabo de sacar la licencia de navegación (esa que no hay que hacer examen y para la que solo hay que asistir a un par de horas de teoría y 4 de prácticas y....pagar claro) y estamos mirando una lancha de 5.70 de eslora 2.20 de manga y un furaborda Suzuki de 115 Cv. Y no dejo de estar sorprendido de que pueda pilotar esta embarcación con los grandes conocimientos adquiridos mientras sacaba esa licencia así que si me pudiese alguién confirmar que si puedo se lo agradeceria. En los papeles viene ese motor y esa eslora. Con lo que lo de la potencia adecuada estaria dentro de lo acceptable no? Gracias y una rondita a mi cuenta ![]() |
#2
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![]() Así es Maky, según el RD 875/2014 titulaciones nauticas de recreo
Artículo 11. Licencias expedidas por las federaciones de vela y motonáutica, así como por las escuelas náuticas de recreo. 1. Las federaciones de vela y motonáutica y las escuelas náuticas de recreo podrán expedir licencias para el gobierno de motos náuticas de clase C y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo. 2. Las licencias a que se refiere este artículo garantizan que sus titulares poseen los conocimientos mínimos necesarios para el gobierno de este tipo de embarcaciones y motos náuticas de clase C. Así que jurídica y legalmente con la Licencia de Navegación estás facultado para gobernar la embarcación que describes. A disfrutarla y ![]() ![]() ![]() un saludo. |
#3
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![]() Muchas gracias por la info Samorp.
Pues nada, aunque parezca extraño que la pueda llevar con este titulazo, ya os pasaré unas fotos si al final la pillamos. Un saludo. |
#4
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![]() 115 cv para ir a dos millas de tu puerto?
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#5
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![]() "siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo."
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#6
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![]() yo la tengo y deberias repasar, potencia max 55 CV
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#7
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![]() Hola,
Bueno, yo lo he repasado y me dicen y aseguran que está dentro de lo que puedo llevar. No son 55 cv, me han dicho que es la potencia adecuada y que eso significa la potencia que el constructor de la embarcación considera adecuada para ese casco y se refleja en la documentación. Pero, por favor, confirmarme que estoy en lo cierto antes de tirar para adelante con la compra, y no encontrarme a posteriori con un marron o tener que sacarme otra titulación. ![]() Salu2 a to2 |
#8
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![]() Hola, Cofrade.
Las atribuciones de los titulos nauticos los han cambiado este año. Antes eran como máximo 55 cv, pero ahora es segun el fabricante, como decia algun compañero por aqui. Máximo 6 m eslora, 2 millas de puerto, abrigo o playa, navegacion diurna,... . |
#9
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![]() Cita:
Ahora, en serio, a navegar se aprende navegando..., y..., lo de las dos millas del puerto o abrigo, nada..., lo que verdaderamente acojona es salir y entrar en el pantalán!... |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Casacostadamorte | ||
Cenachero (27-02-2015) |
#10
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![]() ![]() ![]() OK entendido Ya la compré Ahora a daros el coñazo con donde colocar el transductor, donde comprarlo y mil movidas mas Gracias y una rondita para todos ![]() |
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