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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Un saludo a todos los cofrades y una ronda de cervecitas.
Si compro un barco de segunda mano en Galicia y yo resido en Asturias y el barco está matriculado en Asturias ¿En qué comunidad se paga el ITP? Gracias por vuestra atención
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#2
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En la comunidad de TU residencia
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a xplanero | ||
Wolfo (05-04-2015) | ||
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#3
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No, en la Comunidad Autónoma en la que tenga su domicilio fiscal pues puede vivir en cualquier otro sitio.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a PEPOTE RAOR | ||
Wolfo (06-04-2015) | ||
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#4
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Vale, sea ciencia-ficción....
Desde otro punto de vista, si un cofrade que vende vive un una comunidad y otro que compra vive en otra, simplificando mucho puede que en una puteen tanto a los navegantes que, harto, haya decidido deshacerse de el. ![]() Así, por justicia bíblica, no habría que permitir que la comunidad acosadora se beneficiara de los impuestos de la venta de un sector económico del que, obviamente, quieren prescindir... ![]() Paga en la del que compra. ![]() ![]()
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----------------------------------------------- ...¿y por qué no?... ![]() ----------------------------------------------- |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a iperkeno | ||
Wolfo (06-04-2015) | ||
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#5
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Cita:
muy bueno
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Wolfo | ||
iperkeno (06-04-2015) | ||
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#6
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Siguiendo con la ciencia-ficción que planteas ...
Si resulta que un cofrade que vende vive un una comunidad (véase Galicia como plantean) y el cofrade que compra vive en otra (creo recordar que Cantabria), pues lo más posible es que le toque tributar en Cantabria. Ahora bien si este último cofrade (el comprador) resulta ser, por poner un ejemplo, un afortunado jubilado que reside en Cantabria pero que aún tiene su domicilio fiscal en, por poner otro ejemplo, Peralejo de las Truchas (población de Guadalajara en la que vivió y trabajó antes de su jubilación y en la cual, por cualquier historia, mantiene su domicilio fiscal), ... . Pues mucho me temo que le tocaría pagar el impuesto a la Junta de Castilla-La Mancha, aunque no tenga ni un centímetro de costa. Por ello, no "Paga en la del que compra" si no en la del "Domicilio fiscal del que compra". ![]() ![]() Editado por PEPOTE RAOR en 06-04-2015 a las 18:05. Razón: Rectificar |
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#7
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Pues algunos deportistas "residian" en Andorra/Luxemburgo/Suiza y se supone que tributaban en esos paises por impuestos menores y la Hacienda española les persigue y los cruge o eso intentan
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#8
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Cita:
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