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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() Pues visto como está el tema creo que la Dirección General de la Marina Mercante emitió una instrucción a todas las Capitanías , creo que fue importante el papel de ANAVRE , en que se detalla el proceso para volver de bandera comunitaria a española y durante un periodo de tiempo determinado , eso entendí, alguien tiene el enlace al contenido integro de la instrucción? , yo pienso que la he leído en internet , pero ahora no la encuentroOlvidaros ya lo he encontrado, baturro que es uno
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Cuando la vida te traiga limones, pide tequila y sal. Editado por PEPEYE en 11-09-2020 a las 22:28. |
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#2
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comparte, comparte cofrade
![]() (las rondas pa ti)
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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#3
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Por mucho que la DGMM ofrezca el oro y el moro, todavía están muuuuuy lejos del sentido común, la confianza en armadores y patrones, la racionalidad y, sobre todo, la ausencia de secuaces trincones y paniaguados que caracteriza a otras Administraciones.
Así que, por mi parte, ![]() No brindo cuando hablo de estos tipos o de sus secuaces.
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#4
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Cuando la vida te traiga limones, pide tequila y sal. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a PEPEYE | ||
moryak (12-09-2020) | ||
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#5
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Pues me he leido el papelito y me reafirmo en que
. Mis comentarios, en rojo.Dice por un lado que dispensan a los barcos de recreo de aportar "los documentos técnicos requeridos", tanto para los barcos que no tengan marcado CE como para los que sí lo tengan. [¡Pero hombre!, si los barcos con marcado CE no necesitan aportar nada que no tengan ya. ]También dice que hay que pasar una ITB [Todavía no hemos entrado y ya estamos pagando] en la que se comprobará que el barco "no ha sufrido alteraciones en el casco/maquinaria" [Ah, bien ¿y qué pasa con los que cambiaron el motor con bandera extranjera, e incluso abanderaron fuera a propósito para cambiar el motor, ahorrándose trámites innecesarios?] y que "el equipo cumple con lo dispuesto en la Orden FOM 1144/2003" [Éstos todavía no se han enterado de que una gran parte de los abanderamientos en el extranjero lo fueron para librarse de la artificiosa, retorcida y arbitraria Orden FOM 11444/2003, la misma que nos quisieron colocar prácticamente idéntica hace tres años, y en la que el cambio más importante era someter a los barcos de bandera extranjera propiedad de españoles]. Y por último, dice que la Instrucción será aplicable "por un periodo de tres años" [Y luego ¿qué? Se ve claramente que no hay interés por arreglar la situación, sino solo por atraer incautos]. Lo dicho, ![]() ![]() No brindo cuando aparecen la Administración o sus secuaces.
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 13-09-2020 a las 00:47. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
Alandris (13-09-2020) | ||
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#6
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Cita:
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Cuando la vida te traiga limones, pide tequila y sal. |
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#7
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Ahí ya te dice que basta con un certificado de navegabilidad anteriormente emitido
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#8
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Yo entiendo que es durante tres años desde que se firmo......y luego
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Cuando la vida te traiga limones, pide tequila y sal. |
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#9
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Cita:
Pues eso pone, parece una oferta publicitaria de almacenes cutres. Hace cosa de un año la DGMM hizo un comunicado similar, no se si será este mismo. El problema que tenemos es que la ley no es clara y que seguimos dependiendo de criterios e interpretaciones de capitanía. Yo fui a informarme (en una de Galicia) y (literalmente) tenía que hacer todos los trámites (empezando por baja de bandera UE) y luego ya estudiarían la documentación (previa ITB) para regular equipamiento de seguridad, zona navegación, etc, (barco sin marcado CE y con documentación antigua española). Nada nuevo, nada simple.
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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#10
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Cita:
![]() ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#11
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Hola
![]() Yo estoy en la misma tesitura y entre otras cosas me piden una tasa de señalización marítima de 300 y pico pavos, esta tasa ya se pagaría en su momento ya que es obligatoria para toda nueva embarcación, ¿será normal que la tenga que volver a pagar? ![]() |
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#12
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Ay qué pena! Esa flexibilización del marcado CE solo es para los barcos que eran ya españoles, osea que no flexibilizan nada!!!! Vaya tomadura de pelo. Mi barco que era inglés a seguir pagando informe técnico, bajarse los planos de Internet y poner la mano, todo en uno.
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