Consultada Capitanía acerca de la posibilidad de enrolar a un PPER autónomo como patrón ocasional en un barco de empresa chárter, a la que facturaría sus servicios, responden que no; que sería un falso autónomo, que la empresa tiene que contratarlo como trabajador dependiente.
¿os suena que se admita en alguna capitanía? o que esté regulado en alguna Instrucción de DGMM?
Se supone que cuando hay exceso de demanda que no puedes cubrir con los contratados, se debería poder externalizar el servicio de patrón.
En el sector aeronáutico hay muchos pilotos autónomos que facturan a las empresas que fletan los aviones chárter. De hecho con la crisis del COVID se han quedado sin trabajo y sin derecho a paro. Pero cuando trabajaban podían hacerlo para distintas empresas a las que facturaban sus servicios.
A ver si alguno trabaja así en otras zonas, y nos sirve de ejemplo.
