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Cobro de Tasas

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  • Cobro de Tasas

    Buenos días y una ronda para todos!

    Después de muchos años sin pagar la tasa T-0 relativa a ayudas a la navegación (art. 237 RDL 2/2011, https://www.boe.es/boe/dias/2011/10/...2011-16467.pdf) recientemente me han pasado desde las oficinas de mi puerto, el recibo correspondiente a 2022 que en mi caso son 500€. En muchos puertos de las diferentes capitanías ya se venía cobrando, con varias incidencias ya comentadas en este foro (IVA añadido a la tasa, consideración de barco a motor a los que en papeles ponía motovelero…).

    Consultado en varios puertos de Barcelona (operan como recaudadores de las tasas para Hacienda), parece ser que les están exigiendo el pago del año 2022 y que van a exigir los cinco años anteriores!!

    Y queda la tasa T-5 (con otras denominaciones según la comunidad autónoma) que de ésta, no se libran ni las esloras más pequeñas, pues corresponde a la utilización de las aguas del puerto, que a mí nunca me la han cobrado, pero parece ser que también quieren empezar a cobrarla como ya se está haciendo en muchos puertos.

    ¿Podéis comentar por aquí cual es la situación con respecto a estas tasas en vuestros puertos?

    Toda información sobre este tema sería muy relevante para muchos cofrades que cambiarían de puerto, pues se trata de cantidades de dinero muy considerables.
    Saludos.

  • #2
    Re: Cobro de Tasas

    La tasa T5 tal como la entiendo es lo que te cobran cuando vas a pagar el amarre en un pantalan. tal como veo en las facturas, la desglosan en tres partes, la primera es la ocupación del barco del atraque, la segunda y ercera se que son servicios como agua y toma electrica. Supongo que en un fondeo será diferente, aunque también se paga algo.
    Mira bien eso, la Tasa 0 si tu embarcación es a motor y menor de 9 mts. pagas sólo una vez, si es mayor de 9 mts. se paga cada año.
    y en el caso de un velero, paga si este es mayor de 12 mts.

    Si, los puertos no concesionados de titularidad estatal o de comunidades autonomas son domino publico y como tal lo que pagas es Tasas o Tributos. si no pagas ya se encarga la AEAT (Agencia tributaria) de que pagues.
    Editado por última vez por Bernardo II; 15/03/2023, 23:26:05.

    Comentario


    • #3
      Re: Cobro de Tasas

      Buenos días,

      Gracias Bernardo. El concepto y sujetos pasivos de las citadas tasas lo tengo mas o menos claro; aquí os dejo unos enlaces (explicado para profanos):



      Lo que me genera dudas, tal y como reza el título de ese hilo, es el cobro de estas Tasas, es decir, cómo y cuales se cobran en cada puerto, y a quién se le aplica las reducciones del 20%(art. 242 de la ley que puse en mi primer post), pues tengo la sensación de que todo esto es "territorio comanche" tal y como explica acertadamente el cofrade Werke en el post nº:16 de este hilo:


      Finalmente lo que pido es que vayamos poniendo los datos de en qué puertos se cobran estas tasas (para largas estancias):

      Port Ginesta:
      Tasa T-0: recientemente han empezado a cobrarla y no saben si cobrarán los cinco años anteriores que les reclama Hacienda.
      Tasa T-5: Nunca han cobrado esta tasa.

      Marina Badalona:
      Tasa T-0: a día de hoy no la han cobrado pero van a empezar a cobrarla, y en cuanto al cobro de años anteriores "no tienen información al respecto".
      Tasa T-5: Nunca han cobrado esta tasa.

      Esta información es directa de las oficinas de estos puertos.

      Me interesaría saber la situación en otros puertos para valorar cambiarme de puerto base. Entiendo que quien no las esté pagando no se manifieste para "no llamar al mal tiempo", pero creo que al final pagaremos todos.
      Saludos.

      Comentario


      • #4
        Respuesta: Re: Cobro de Tasas

        Muy buenas Tina86
        En Marina Pobra (A Pobra do Caramiñal - A Coruña)
        Tasa T-0: La cobra Capitanía (autoliquidación) a las motoras de mas de 9 m y a los veleros a partir de 12m.
        Tasa X-5: La pasa Portos de Galicia en dos recibos (semestre).

        Saludos
        Rafa


        RAFNI KAI
        www.RAFNI.es

        "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

        Comentario


        • #5
          Re: Cobro de Tasas

          Gracias Rafa. Lo que no entiendo es por qué en Galicia se cobran las dos tasas y en Cataluña hay puertos que no han cobrado nunca ninguna de los dos tasas.

          Y lo que me asusta es que puedan cobrarme las dos tasas de los cinco años anteriores, como me han dicho que les están reclamando la Agencia Tributaria a todos los puertos, que en mi caso sería una cantidad de dinero importante.

          En fin, a ver si alguien tiene algo más de información y nos ayuda.

          Comentario


          • #6
            Re: Cobro de Tasas

            Hola gente
            Me sorprende que no se hable más de este tema. Yo tengo un velero de 11.99m, o sea que no me concierne, pero saber que este tipo de impuesto revolucionario va a ser gestionado me subleva. Además, los precios no van a ser económicos, si ya nos cabreamos por la gestión de las balsas entiendo que pagar como mínimo 500 o 600€ CADA AÑO debería cabrea.

            No brindo

            Comentario


            • #7
              Re: Cobro de Tasas

              Buenos días,

              Yo creo que no se habla mas de este tema,(y es una opinión personal) porque todavía hay mucha gente que todavía no paga estas tasas y no les interesa hablar mucho, "no vaya a ser que me lo empiecen a cobrar". Yo misma he estado muchos años sin pagar estas tasas y es posible que no me hubiera manifestado si no me afectaba.

              Por otro lado, la ley contempla un régimen de estimación simplificada (art. 242) que permite una bonificación del 20 por ciento en el importe de la cuota tributaria de estas tasas, que es el propio puerto o club quien decide como revertir esta bonificación, aplicando este descuento, probablemente, beneficiando a sus socios preferentes o buenos clientes y en detrimento de transeúntes y socios o clientes "de segunda". Cuestión de la que la misma Dirección General de Tributos se desentiende, según la siguiente Resolución Vinculante: https://www.iberley.es/resoluciones/...03-2012-614911

              Este puede ser otro de los motivos por lo que no se hable más del tema ya que hay muchos "bonificados" a los que no les interesa que se reparta ese 20% entre todos los amarristas del puerto.

              Todo esto es una opinión personal basada en la poca información que he encontrado al respecto y ésta es la razón por la que expongo en este foro la consulta de qué tasas se cobran en cada puerto y si alguien tiene algún tipo de información, como por ejemplo la pretensión de cobrar los 5 años anteriores, como me han manifestado en varios puertos de Cataluña.
              Saludos.

              Comentario


              • #8
                Re: Cobro de Tasas

                Originalmente publicado por Ocell Ver Mensaje
                Hola gente
                Me sorprende que no se hable más de este tema. Yo tengo un velero de 11.99m, o sea que no me concierne, pero saber que este tipo de impuesto revolucionario va a ser gestionado me subleva. Además, los precios no van a ser económicos, si ya nos cabreamos por la gestión de las balsas entiendo que pagar como mínimo 500 o 600€ CADA AÑO debería cabrea.

                No brindo
                Hola Ocell,

                Veo en tu perfil que tu puerto base es el CN Garraf, yo tengo un amigo en ese puerto que me ha dicho que han empezado a cobrar la T-0 correspondiente al 2022 y que la de 2023 van a cobrarla en junio, además que están recurriendo a la Generalitat el cobro de los cinco años anteriores. Parece ser, que también cobran de vez en cuando la T-5, pero de esto no estaba muy seguro.

                ¿Puedes, por favor, confirmarme (o cualquier otro cofrade) la situación del CN Garraf con respecto a estas Tasas? pues es uno de los puertos a los que estoy valorando trasladarme.
                Muchas gracias.

                Comentario


                • #9
                  Re: Cobro de Tasas

                  Originalmente publicado por Tina86 Ver Mensaje
                  Buenos días,

                  Yo creo que no se habla mas de este tema,(y es una opinión personal) porque todavía hay mucha gente que todavía no paga estas tasas y no les interesa hablar mucho, "no vaya a ser que me lo empiecen a cobrar". Yo misma he estado muchos años sin pagar estas tasas y es posible que no me hubiera manifestado si no me afectaba.

                  Por otro lado, la ley contempla un régimen de estimación simplificada (art. 242) que permite una bonificación del 20 por ciento en el importe de la cuota tributaria de estas tasas, que es el propio puerto o club quien decide como revertir esta bonificación, aplicando este descuento, probablemente, beneficiando a sus socios preferentes o buenos clientes y en detrimento de transeúntes y socios o clientes "de segunda". Cuestión de la que la misma Dirección General de Tributos se desentiende, según la siguiente Resolución Vinculante: https://www.iberley.es/resoluciones/...03-2012-614911

                  Este puede ser otro de los motivos por lo que no se hable más del tema ya que hay muchos "bonificados" a los que no les interesa que se reparta ese 20% entre todos los amarristas del puerto.

                  Todo esto es una opinión personal basada en la poca información que he encontrado al respecto y ésta es la razón por la que expongo en este foro la consulta de qué tasas se cobran en cada puerto y si alguien tiene algún tipo de información, como por ejemplo la pretensión de cobrar los 5 años anteriores, como me han manifestado en varios puertos de Cataluña.
                  Saludos.
                  "Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0877-22 de 25 de Abril de 2022
                  El artículo 22.9 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, prevé la posibilidad de que la Tasa de las embarcaciones deportivas y de recreo pueda exigirse en régimen de estimación simplificada cuando exista concesión o autorización, salvo renuncia expresa por parte de estos, lo que llevará consigo la práctica periódica de una liquidación global y a la aplicación de una bonificación del 20 por ciento en el importe de la cuota tributaria.

                  El apartado 2 del mismo artículo atribuye la condición de sujetos pasivos contribuyentes de la tasa, con carácter solidario, al propietario de la embarcación, al consignatario y al capitán o patrón de la misma, si bien a continuación se establece que en dársenas o instalaciones portuarias deportivas otorgadas en concesión o autorización, el concesionario o autorizado tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente, lo que comporta que queden obligados a cumplir las prestaciones materiales y formales de la obligación tributaria

                  Tal y como señala el artículo 36.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de las obligaciones tributarias satisfechas, salvo que la ley señale otra cosa.

                  No existiendo previsión en la Ley 48/2003 que lo impida, el sustituto (concesionario o autorizado) podrá trasladar al contribuyente (propietario, consignatario, capitán o patrón de la embarcación) la carga tributaria que efectivamente haya soportado, por lo que, en definitiva, la bonificación establecida en los supuestos del artículo 22.9 será aplicable, en última instancia, a los contribuyentes por la tasa que nos ocupa. "
                  sigpic

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Cobro de Tasas

                    No es que pueda aportar mucho pues poca idea sobre el tema, pero bonificación existe en los contratos de atraque de 6 meses y pago por adelantado, en puertos autonomicos o del estado. es un 20% tambíen por lo que tendrá relación.
                    Y no se hasta que punto es exigible esas tasas cinco años atrás. si no se ha cobrado no se ha cobrado.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Cobro de Tasas

                      Originalmente publicado por Bernardo II Ver Mensaje
                      No es que pueda aportar mucho pues poca idea sobre el tema, pero bonificación existe en los contratos de atraque de 6 meses y pago por adelantado, en puertos autonomicos o del estado. es un 20% tambíen por lo que tendrá relación.
                      Y no se hasta que punto es exigible esas tasas cinco años atrás. si no se ha cobrado no se ha cobrado.
                      Buenas, no hay duda de que es exigible esas tasas, ten en cuenta que la deuda es contraída con la Agencia Tributaria y en base al artículo 66 de la Ley General Tributaria, una deuda tributaria prescribe a los cuatro años. Y te aseguro que que cuando Hacienda te busca, te encuentra y finalmente cobrará esa deuda de la manera que sea.
                      Saludos

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Cobro de Tasas

                        Al menos en puertos no concesionados, autonomicos, la AEAT se encarga del cobro de cualquier tasa, se la T5, la T0 etc. es la que te cobra.
                        De ahí lo de tasa = tributo. La autoridades portuarias son un mero agente.
                        cositas que he aprendido despues de un lio con la T0. cosas que le pasan a uno inadvertido.
                        Digo si la AEAT no ha cobrado hasta ahora, no pretendera que lo pagues ahora todo junto, no se, conjeturas, cosas que no cuadran. pero supongo que sobre el papel, será asi.

                        Comentario

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