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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días cofrades, y rondas mañaneras
.A la par que voy poniendo al día mi "nueva" Antares serie 6 del año 1997 (repaso de motor, actualización de electrónica, y bricos varias dado el estado de abandono), voy intentando enterarme de los trámites a pasar para poder cambiar la actual zona de navegación (6) a zona 4. En la asesoría donde me tramitaron el papeleo de cambio de propietario me comentan que, dado que en la documentación no figura la categoría de diseño, la cosa se complica un poco y necesitaré pasar una ITB pese a que el barco es inferior a los 6m de eslora según documentación. Los veo algo perdidos, por lo que lanzo las siguientes dudas, por si alguien las sabe resolver y de paso orientar a otros cofrades en la misma o parecida situación: - ¿Siempre es obligatorio el pasar la ITB?, no quiero evadirla si es legalmente necesaria, pero ¿me exigirán lo mismo que a otra embarcación que sí que disponga de categoría de diseño?. - comento lo anterior para calibrar si realmente me sale a cuenta el paso a zona 4, aunque por carecer de categoría de diseño creo que tendría el mismo problema pase a la zona de navegación que pase. - he leído que de existir algún barco como el mío ya en zona 4, proporcionando a la autoridad marítima su NIB, sería acreditativo de que la embarcación sí que puede navegar en esa zona 4, siempre y cuando el resultado de la ITB sea favorable (que cumplo con todos los requisitos de salvamento y seguridad, y que la embarcación es segura para la navegación en esa zona). ![]() ![]() ![]() Un saludo |
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