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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Hacienda somos todos, y la llevo por la popa, por lo visto quieren pasarme la factura.
Si no recuerdo mal son un máximo de 180 dias consecutivos en aguas nacionales. Corregirme si me equivoco. ![]() |
#2
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![]() Deberias plantear este tema en el otro Subforo.
Y concretar bastante más el caso. Si con los 180 te refieres a los dias para ser considerado residente son 183, consecutivos o no. Aunque según otras circunstanscias también puedes ser considerado residente fiscal, sin necesidad de esa permanencia. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Nelson | ||
ANIBAL (23-02-2010) |
#3
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TASHI DELEK !! |
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