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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes, me llamo Fran, soy nuevo en este foro. Asi que un saludo para todos y estas
las pago yo.Quisiera resolver una duda que tengo que de momento no me han podido solventar. Quisiera saber que titulación se requiere para remolcar artefactos flotantes como pueden ser un banana bus o un fly fish o parasailing. El P.E.R.? No sé, agradecería cualquier tipo de información. Gracias de antemano. |
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#2
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todo depende con que lo quieres remolcar ...
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#3
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Unas
![]() para empezar, seguro que algún otro cofrade me corrige pero pienso que lo que remolques no influye en el título, tu gobiernas una embarcación de una eslora determinada y a una distancia determinada eso es lo que esta limitando tu titulo.Vamos que si llevas una motora y necesitas un PNB para gobernarla, por remolcar una banana no necesitas otro titulo. Buena mar. |
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#4
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Me imagino que depende si cobras o no. Si lo que vas a poner es un negocio o si vas a remilcar a tus amigos o hijos.
Estaré atento a las respuestas. Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#5
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Si, os explico. Intento llevar a buen puerto (nunca mejor dicho) un negocio de actividades acuaticas en la costa. Todavia no he comprado nada. Ni embarcación ni artefacto flotante. Porque estoy hecho un mar de dudas y nadie me ha sabido aclarar exactamente lo que necesito para estas actividades. Unos me dicen que con P.E.R. me basta y otros que necesito titulacion profesional. No quiero ofender pero me estoy dando cuenta que el mundo de la mar, aunque sea para algo tan esporadico como esta actividad, que es de duración limitada, es muy cerrado y no muy dado a explicaciones. Tengo permiso del ayuntamiento para explotar estas actividades en la zona pero no tengo claro que titulación necesito de cara a capitanía marítima.
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#6
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Siento decirte que para cualquier actividad con ánimo de lucro, tienes que poseer un título profesional, no vale ni per ni cy.
El permiso que te da el Ayuntamiento, imagino que será abrir un negocio en zona urbana. En el litoral, creo que ..... Fomento es "dueño y señor". saludos
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______________________ El pesimista se queja del viento. El optimista espera que cambie. El realista ajusta las velas. (William G. Ward) ---------------------------- EB4BLR
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#7
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También tengo entendido que si trabajas para una escuela náutica entonces si que te sirve el P.E.R. A alguien le suena esto?
Porque sino... es que de verdad, me extraña que una actividad como esta, que está en el 90% de las playas, todo el que ejerce tenga una titulación profesional. Por eso creo que debe haber algun otro sistema. Invito !!! |
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#8
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Encontré este anuncio en la red.
"En zona náutica, playa de Fuengirola, se necesita personas con el curso de “FORMACION BÁSICA” además ha de tener el PER como mínimo en titulación deportiva o en su caso PATRON PORTUARIO como mínimo en titulación profesional. Para trabajar como patrón de la embarcación de la zona náutica. Su función seria remolcar esquiadores, y artefactos flotantes, como puede ser la banana." Según este anuncio, estando en posesión de la titulación P.E.R., necesitaria hacer un curso de formación básica y ya podria ejercer? Gracias por vuestra ayuda. |
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#9
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Cita:
Yo que tu, y antes de meterme en un negocio -inversión, riesgo, etc..-, llamaba a Marina Mercante y me aseguraba: en caso de accidentes todo el mundo tira de la letra legal, y podrás tener problemas. Su teléfono es el 91 597 90 83 http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST....htm#pregunta1 "1. Qué se entiende por embarcación de recreo Se consideran embarcaciones de recreo aquellas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros." Y suerte. |
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#10
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la unica posibilidad de trabajar con titulo deportivo es hacerlo a traves de una sociedad sin animo de lucro ( como la cruz roja por ejemplo ) o ser un cuerpo del estado ( lease policia ) , la embarcacion destinada a tal fin tiene que ser matriculada en lista 8 , SUERTE .....
NI SE TE OCURA TRABAJAR AL MARGEN DE LA LEY , COMO SE TE LESIONE UN ALEMAN .... .LA AMBAJADA VA A QUEJER TU CABEZA , Y LA DGMM SE LA VA A DAR ....Y EL AYUNTAMIENTO VA A MIRAR POR OTRO LADO ![]() |
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#11
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Muchas gracias por toda la información. Me están siendo muy útiles vuestros comentarios. Gracias otra vez.
![]() A vuestra salut! |
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#12
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Unas
para empezar, la verdad es que el tema es complejo, como te estan diciendo la realidad es que NINGUN titulo de recreo te habilita para hacer nada profesional esto es VERDAD, por otra parte los titulos profesionales aunque se pueden obtener de forma gratuita el número de horas es batsante elevado y además según tu actividad despues no vas a poder mantenerlo, es decir no cumples los requisitos para renovarlo y te los tienes que volver a sacar, esto hace que si vas por cualqueir litoral español hay una mayoría de personas realziando actividades profesionales con titulos de recreo, lanchas de buceadores, patrones de charter etc etc en un número muy elevado no tienen ningún titulo profesional.La realidad es que las titulaciones profesionales tienen sentido si estas embarcado en un mercante, pasaje o similar, hay muchísmas actividades nauticas que pueden ser profesionales para las que el titulo profesional es simplemente algo inutil y dificil por no decir imposible de tener. Resumen, hay muchas personas que realizan una actividad profesional con titulaciones de recreo. hay actividades nauticas en las que es casi imposible realizarlas con titulaciones profesionales. dicho esto seguramente yo no me arriesgaría a invertir en algo sin papeles. pero hay muchas personas que lo hacen. Buena mar |
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#13
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Acabo de realizar las practicas del P.E.R. con un profesor la mar de enrollado. La verdad es que me ha dejado bastante claro todo el tema. Resulta que si. Necesito una titulacion profesional. Como patron portuario por ejemplo. Me ha dicho que es realmente complicado realizar las horas ya que a los buques no les suele interesar contratar gente solo para una año. Por lo que hay mucha gente con titulacion pero sin poder declarar horas. Y que posiblemente también necesitara la titulacion de monitor de esqui nautico. Asi que la cosa esta dificil.
Tengo una pregunta: Si consiguiera un socio para mi negocio con titulacion profesional pero el que tirara de artefactos flotantes fuera yo con P.E.R.? Entonces estaria dentro del marco legal y podria ejercer no? Buf, que lio! Mejor nos tomamos unas . Pago yo! ![]() |
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#14
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Cita:
(traducido: la titulación, para el que pilota. Tener un socio, primo, pariente o enemigo con titulación no te autoriza a pilotar) Suerte amigo, (te veo en un callejón sin salida) ![]() |
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#15
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![]() has dado con la solución pero solo que es al reves.Tu de dueño en la orilla, y tu socio con la titulación en el agua navegando. No hay ley que te prohiba montar el negocio que quieras (eso creo) lo que te prohiben es dirigir una embarcación sin teenr el título adecuado. Ya esta resuelto tu de dueño y tu amigo de currito. Buena mar. |
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