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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola amigos,
Tengo un amigo indirecto que es australiano y quiere venir de vez en cuando a españa a navegar. Él tiene un velero de unos 8 metros sin motor en Sidney y allí dice que no necesita titulación. Alguien conoce cómo funcionan allí las titulaciones naúticas de recreo? Se que podéis pensar que será mejor si se lo pregunto a él, pero todavía no he tenido ocasión de hablar con él en persona y nos separa un poco el idioma. Supongo que la única opción legal que tiene es que tenga un título australiano y que valga aquí, que esa es otra. Sirven en España titulaciones australianas? Os agradadecería cualquier información al respecto. Muchas gracias y unas rondas. ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Hola:
Aquí tienes la norma que lo regula en España: http://noticias.juridicas.com/base_d...7-fom.html#da5 Como norma general: Los barcos se rijen por la ley del país al que pertenecen. Para barco Australiano, el título que exija la ley Australiana, si exige alguno. Para barco Español, los títulos que exijan las normas Españolas. Para barco de alquiler extranjero, lo que pida la norma del país al que pertenezca ese barco. Para barco de alquiler Español, se admiten los títulos recogidos en el anexo XII. No se contempla ningún titulo Australiano. Saludos. |
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#3
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Hola:
titulaciones nauticas en australia (varian en funcion del estado o territorio). aqui explica un poco como va la cosa: http://www.yachtandboat.com.au/resources/boat-licenses en el caso de Queensland: http://www.msq.qld.gov.au/Licensing/Recreational.aspx y.. esto es lo mejor, reconocen el...PER (ultima pagina del documento) http://www.msq.qld.gov.au/~/media/0d...ation_list.pdf en cuanto a tu amigo, no creo que le alquilen un barco español si no tiene un título de los de aqui, o convalidable por la DGMM. brindis !! |
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#4
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Muchas gracias a los dos,quedáis invitados a unos mojitos.
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