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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Nuevas titulaciones náuticas

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  • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!



    ¡Por fin los PER lo han conseguido!

    24 metros...

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    • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

      Otrooooooooooo

      Comentario


      • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

        Neska...ya hay otro hilo sobre esto hace tiempo en este mismo foro un par de post mas abajo...

        A ver si se pasa un moderador por aqui y empieza a cerrar hilos porque se esto se desmadra

        Comentario


        • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

          Originalmente publicado por La Flecha Roja Ver Mensaje
          Neska...ya hay otro hilo sobre esto hace tiempo en este mismo foro un par de post mas abajo...

          A ver si se pasa un moderador por aqui y empieza a cerrar hilos porque se esto se desmadra
          Vaya comilona y siesta se están pegando los taberneroooos

          Comentario


          • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!



            Este hilo fue iniciado a primera hora: 11-10-2014, 07:41

            Y está donde corresponde: CUESTIONES LEGALES.

            Hecho en plena guardia de mar y para informar a los navegantes
            y a los que quieren serlo.

            ¿También se critica esto?

            Comentario


            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

              Buenas cofrades !!
              Si no he entendido mal, y que me corrijan si me equivoco, con la nueva normativa, aunque el barco sea de bandera de otro país, si el patrón es residente en España, se le exige la titulación que se necesite en España o en su defecto, la que exige su nacionalidad... por algún lado tenían que atacar....es como el gato y el ratón, y ahora a ver que sacan con respecto al abanderamiento de los barcos, todo se puede esperar....

              Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
              No sé si estamos cruzando conceptos o ha cambiado el tema de la bandera extranjera.
              Hasta ahora dentro en un barco extranjero rige la ley del país de bandera y si en ese país no se exige título aquí no lo pueden pedir.

              Por lo tanto no hace falta PER ni 12 millas ni nada para ir por el mundo con ese barco extranjero.

              ¿O hay algún cambio en ese aspecto?.

              Comentario


              • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

                Buenas, para todos.
                Eso debe ser un error, porque fuentes "fiables", decían que se había rechazado.

                Comentario


                • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

                  Originalmente publicado por Neska Ver Mensaje


                  Este hilo fue iniciado a primera hora: 11-10-2014, 07:41

                  Y está donde corresponde: CUESTIONES LEGALES.

                  Hecho en plena guardia de mar y para informar a los navegantes
                  y a los que quieren serlo.

                  ¿También se critica esto?

                  es curioso de este tema no se porque me suena entonces:

                  Comentario


                  • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                    Lo he encontrado:


                    Disposición adicional quinta Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados
                    1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
                    2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad.
                    3. La acreditación de la residencia para los españoles se hará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 3425/2000, de 15 de diciembre, sobre inscripción de ciudadanos españoles en los registros de matrícula de oficinas consulares en el extranjero.

                    Comentario


                    • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

                      Originalmente publicado por La Flecha Roja Ver Mensaje
                      Neska...ya hay otro hilo sobre esto hace tiempo en este mismo foro un par de post mas abajo...

                      A ver si se pasa un moderador por aqui y empieza a cerrar hilos porque se esto se desmadra
                      Hoy, a HRB = 0732 puse un hilo en Títulos Náuticos

                      y a HRB = 0741 en Cuestiones Legales otro.

                      Estimé que en ambos sitios podía estar bien, aunque indiqué que quitaran el que les pareciera oportuno.

                      ¿Por qué quieres quitar los que he puesto tan temprano?

                      ¿No habría que quitar los que se pusieron más tarde?

                      En plena guardia de mar de 0400 a 0800 y recordándoos creí que os haría ilusión verlo. Pensé que os pondríais contentos al despertar.
                      Creyendo colaborar recibe uno coces

                      Comentario


                      • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                        Bueno, ya me lo he leido.

                        Para mi me sigue pareciendo una reforma insuficiente, lo unico que veo a lo que el examen se refiere, es facilitar el trabajo a los examinadores con la correccion ya que los simplifican muy mucho.

                        -Per 45 preguntas
                        -PY 40 preguntas
                        -CY 45 preguntas

                        Por lo demas interesante el tema de la radio. Yo ya sabia que se ivan a hacer 12h de practicas (llamadas ahora de corto alcance), lo cual a nuestro bolsillo iva a darle un buen mordisco.... lo que no sabia es que una vez hechas no hace falta hacerlas mas para acceder a otro titulo. Luego hay otras practicas de radio, de largo alcance, opcionales.

                        No encuentro si se convalidan las practicas de radio que ya tenemos con las nuevas, para asi no tener que hacerlas en caso de pasar de PER a PY por ejemplo.

                        Lo del PER solo hasta 12 millas tambien tiene narices... yo creo que lo dejan asi para "controlar" a todos los marineritos que van a sacarse el per, que si antes era facil ahora se lo sacara la gente como churros. Por que si no, no se entiende la diferencia entre las 12 millas del per con las 150 millas del PY.

                        Y mas o menos es lo que me ha llamado la atencion. Para mi un quiero y no puedo. Dejan casi toda la "educacion" de los patrones a las academias y todos sabemos hasta ahora como se las gastan... quiero decir en las practicas y tal.

                        En mi opinion, como no cambien mucho las academias en "educarnos" , haciendo practicas rigurosas y en las que se aprenda realmente lo que es navegar...van a ser un criadero de tractoristas y traperos sin dos dedos de frente.

                        Comentario


                        • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas

                          Se quita la limitación de hp a los de la licencia navegación en un artículo habla de 55 cv y en otro de potencia adecuada

                          Yo tengo duda en el artículo 3.10
                          10. Licencia de navegación: Documento emitido por las federaciones de vela y motonáutica, así como por las escuelas náuticas de recreo, bajo su responsabilidad, que habilita al interesado para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas de clase C con potencia inferior a 55 CV, una vez recibida la formación correspondiente, con sujeción a los requisitos y limitaciones regulados en este real decreto

                          Artículo 11. Licencias expedidas por las federaciones de vela y motonáutica, así como por las escuelas náuticas de recreo.
                          1. Las federaciones de vela y motonáutica y las escuelas náuticas de recreo podrán expedir licencias para el gobierno de motos náuticas de clase C y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo

                          Comentario


                          • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

                            Si no es cocear por cocear ...pero es que este otro hilo;



                            con el titulo NUEVAS TITULACIONES NAUTICAS

                            lleva abierto desde el 30 / 03 / 14

                            Comentario


                            • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas

                              ostia este no lo habia visto

                              Pasate por aqui, asi hablamos todos en el mismo sitio;

                              Hilo abierto sobre las titulaciones desde 30 / 03 / 14

                              Comentario


                              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                Se quita la limitación de hp a los de la licencia navegación en un artículo habla de 55 cv y en otro de potencia adecuada

                                Yo tengo duda en el artículo 3.10
                                10. Licencia de navegación: Documento emitido por las federaciones de vela y motonáutica, así como por las escuelas náuticas de recreo, bajo su responsabilidad, que habilita al interesado para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas de clase C con potencia inferior a 55 CV, una vez recibida la formación correspondiente, con sujeción a los requisitos y limitaciones regulados en este real decreto

                                Artículo 11. Licencias expedidas por las federaciones de vela y motonáutica, así como por las escuelas náuticas de recreo.
                                1. Las federaciones de vela y motonáutica y las escuelas náuticas de recreo podrán expedir licencias para el gobierno de motos náuticas de clase C y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo

                                Comentario


                                • Re: ¡nuevas Titulaciones Náuticas!

                                  Originalmente publicado por La Flecha Roja Ver Mensaje
                                  Si no es cocear por cocear ...pero es que este otro hilo;



                                  con el titulo NUEVAS TITULACIONES NAUTICAS

                                  lleva abierto desde el 30 / 03 / 14

                                  Estimé mejor abrir dos hilos nuevos:

                                  - Uno en Títulos náuticos

                                  - Otro en Cuestiones Legales

                                  Y antes de salir de guardia a las 0800 ahí los dejé para que se vieran bien.

                                  De veras creí que después de más de un año con tantas noticias, rumores, desmentidos, etc. os tomaríais esto con un buen desayuno para celebrar
                                  el tan ansiado Real Decreto.

                                  Supongo que habrá artículos que no gusten. Pero, al menos, en esloras, distancias, simplificación de exámenes y algo más se ha ganado.

                                  Falta ver opiniones sobre las prácticas.

                                  Y si esto será tomado como excusa por las academias para subir los precios.

                                  Comentario


                                  • Nuevas titulaciones náuticas

                                    Una ronda a mi cuenta !
                                    Yo tengo el PER y una duda. Con la nueva normativa tendré que examinarme para operar por radio o es válido lo que aprobé en su día con la normativa vigente?
                                    Gracias.

                                    Comentario


                                    • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                      Bueno, pues aclarado lo de la titulación para barco extranjero.

                                      En mi caso no me afecta ya que tengo el CY, lo que me toca las narices es que ahora la GC tendrá una oportunidad más de pararme.

                                      Esperemos que hagan buen uso de esa nueva "capacidad".
                                      LSV - BARCO KAU-BÉ.
                                      "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                                      MMSI: 261000743

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                                      Comentario


                                      • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                        Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
                                        Bueno, pues aclarado lo de la titulación para barco extranjero.

                                        En mi caso no me afecta ya que tengo el CY, lo que me toca las narices es que ahora la GC tendrá una oportunidad más de pararme.

                                        Esperemos que hagan buen uso de esa nueva "capacidad".:brins:
                                        Efectivamente.
                                        Es que has hecho un extracto de mi post para hacer la pregunta y te has dejado fuera precisamente la parte que la contestaba al referirne a la disposicion adicional quinta, la cual, como decia en el post, es ilegal y espero que sea impugnada por ANAVRE (me suena que algo hay en marcha y yo ya he visto algunas notas preparatorias ).

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                                        • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                          Unas birras a todos.

                                          a) Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación básica, o hayan
                                          superado el examen teórico para la obtención del título de patrón para navegación básica de
                                          acuerdo a lo especificado en este real decreto, no tendrán que realizar la prueba específica para el
                                          patrón de embarcaciones de recreo en su totalidad, sino solamente las unidades teóricas 7, 8, 9,
                                          10 y 11, disponiendo de un tiempo máximo de 45 minutos.
                                          Entiendo que este es el caso de los que tenemos el PNB aprobado de teoría y practica.
                                          Cuales son las unidades mencionadas,7,8,9,10 y 11?
                                          Saludos.

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                                          • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                            UPPS. Edito, esto me pasa por leer rápido..
                                            Editado por última vez por GoyoFuente; 11/10/2014, 17:44:46.

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                                            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                              Originalmente publicado por 018 Ver Mensaje
                                              Unas birras a todos.



                                              Entiendo que este es el caso de los que tenemos el PNB aprobado de teoría y practica.
                                              Cuales son las unidades mencionadas,7,8,9,10 y 11?
                                              Busca en el ANEXO II del Decreto (a partir de la página 31 en el PDF del BOE).

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                                              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                                Cuando hablan de titulación necesaria para alquilar una embarcación en España, se remiten al anexo por países y, por lo que entiendo, si viene un Británico, aunque en su país tenga un barcazo desde hace 20 años, si no se ha sacado el título (allí opcional: es una empresa privada) de la RYA, no se la pueden alquilar.

                                                -----------------------------------------------
                                                ...¿y por qué no?...
                                                -----------------------------------------------

                                                Comentario


                                                • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas

                                                  creo que esto dará que hablar e igual los administradores deberían dividir en varios apartados y así comentar más especifico, por que seguro que alguna corrección habrá a la norma

                                                  Licencia navegación Nueva, PNB nuevo, PER nuevo, PAY nuevo, Capitan nuevo etc

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                                                  • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                                    Originalmente publicado por iperkeno Ver Mensaje
                                                    Cuando hablan de titulación necesaria para alquilar una embarcación en España, se remiten al anexo por países y, por lo que entiendo, si viene un Británico, aunque en su país tenga un barcazo desde hace 20 años, si no se ha sacado el título (allí opcional: es una empresa privada) de la RYA, no se la pueden alquilar.

                                                    Esto es bastante coherente (dentro del absurdo sistema de titulitis español): el barco se rige por la legislación de la bandera. Si se alquila un barco con bandera española, rige la Ley española, que exige la obligatoriedad del titulo. En definitiva, lo que hace esa norma es establecer una correspondencia para que el britanico pueda alquilar sin sacarse el PER.

                                                    Y, por cierto, la RYA no es una empresa privada. Es cierto que tiene forma juridica de Asociacion, pero, precisamente por eso, no tiene animo de lucro, y, ademas, tiene un reconocimiento publico y funciones publicas. Dentro de la dificultad de establecer paralelismos entre Derechos tan dispares, lo mas parecido seria a una federación de deportes nauticos.

                                                    Comentario

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