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Abanderamiento En Polonia

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  • Re: Abanderamiento En Polonia

    Originalmente publicado por Apagapenol Ver Mensaje
    Yo no haría nada; al parecer, Polonia ha suspendido el tráfico postal.

    Algunos cofrades han podido enviar cartas, pero desde Polonia no envían nada; hace tiempo quise comprar una bandera y me contestaron que no mandan nada al extranjero.

    Insistir en preguntarles cuando no pueden mandarnos la documentación sólo sirve para saturarles. Creo que es mejor esperar, ya nos mandarán los certificados de registro cuando puedan.

    Saludos y
    Un ron cofrades
    En Amazon la bandera 120 x 60 +/-, con la gallina 6 € en dos chinos la encontre tambien, però sin escudo. 3/4 €,
    Salut i bon vent
    Sagitari

    Comentario


    • Re: Abanderamiento En Polonia

      Originalmente publicado por fernicho Ver Mensaje
      Y traductores jurados, de donde se sacan? Vale uno cualquiera d internet?
      Mi almiranta precisamente es traductora jurada de polaco, pero hay una lista oficial en la página del MAE.

      En cualquier caso y como se comenta en este hilo, ahora el tema de los envíos por correo está complicadillo. A Polonia se puede enviar (puede tardar lo suyo), pero desde Polonia sólo a algunos países y a España sólo se envían paquetes y cartas normales (no certificados ni urgentes).

      Por otra parte, y supongo que como para la mayoría de traductores, ahora mismo no es factible enviar las traducciones dentro de España por correo normal al tener que desplazarse a la oficina, solo por mensajería.

      Aquí hay un cuadro con el estado actualizado: http://www.poczta-polska.pl/obsluga-...-aktualizacja/ (buscar 'Hiszpania')
      incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
      ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

      Comentario


      • Re: Abanderamiento En Polonia

        Buenas tardes, cofrades:

        Por si a alguno le interesa, el SPF Mobilité et Transports belga ha cambiado los trámites para pedir la baja en el Registro belga. Mirad aquí:

        https://foro.latabernadelpuerto.com/...16&postcount=9

        En cuanto pueda actualizaré la guía de abanderamiento en Polonia.

        Saludos y
        Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

        Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

        Comentario


        • Re: Abanderamiento En Polonia

          Buenos días, cofrades:

          He actualizado la guía de abanderamiento en Polonia, para incluir lo siguiente:

          - Procedimiento de baja del ICP holandés, cortesía del cofrade docansa, a quien doy las gracias.

          - Nuevo procedimiento de baja del Registro belga.

          El enlace a la guía lo tenéis en el siguiente post:

          https://foro.latabernadelpuerto.com/...&postcount=184

          Lo que no sé es cuál es el procedimiento para dar de baja las licencias radio holandesas. Si algún cofrade lo ha hecho y lo dice aquí, con gusto ampliaré la información.

          Saludos y
          Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

          Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

          Comentario


          • Re: Abanderamiento En Polonia

            Yo no lo entiendo muy bien, hace un año, era el chollo del siglo tener Bandera Belga o Holandesa, los que lo hicieron, ahora resulta que se pasan a la Polaca, y dentro de unos meses , ¿a cual? porque esto es un sin vivir ja,ja,ja,....

            Comentario


            • Re: Abanderamiento En Polonia

              Originalmente publicado por llanera Ver Mensaje
              Yo no lo entiendo muy bien, hace un año, era el chollo del siglo tener Bandera Belga o Holandesa, los que lo hicieron, ahora resulta que se pasan a la Polaca, y dentro de unos meses , ¿a cual? porque esto es un sin vivir ja,ja,ja,....
              La polaca parece que es indefinida, por lo que los que la consigan, no se
              tendrán que preocupar ni de renovarla, ni de volverse a cambiar.


              Salud y


              El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
              http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

              Comentario


              • Re: Abanderamiento En Polonia

                Hasta que Polonia cambie la ley

                Comentario


                • Re: Abanderamiento En Polonia

                  Originalmente publicado por hma Ver Mensaje
                  Hasta que Polonia cambie la ley
                  Si te dan un documento que no caduca .... ¿existe algún motivo para que
                  lo anulen?.

                  Otra cosa es que no dejen abanderar a nuevos barcos, pero los que ya estén,
                  entiendo que es de por vida (el cofrade Apagapenol nos podrá dar su punto de
                  vista a este respecto).


                  Salud y


                  El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                  http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                  Comentario


                  • Re: Abanderamiento En Polonia

                    Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                    [...]

                    Otra cosa es que no dejen abanderar a nuevos barcos, pero los que ya estén,
                    entiendo que es de por vida (el cofrade Apagapenol nos podrá dar su punto de
                    vista a este respecto).
                    Mi punto de vista (ya lo he dicho en otras ocasiones) es que si Polonia deja de admitir armadores extranjeros, habrá que buscarse otro lugar donde abanderar. Será más o menos fácil, pero yo veo las banderas de conveniencia como eso, como banderas que me convienen en según que circunstancias. Pongo por ejemplo la propia bandera belga: los ciudadanos comunitarios ya no podemos abanderar allí, salvo que se cumplan una serie de requisitos, pero si esos requisitos no existieran, a lo mejor tampoco me interesaría, habida cuenta de algunas de las cosas que exige la Ley de navegación de recreo belga actualmente vigente (que establece zonas de navegación y material obligatorio en función de éstas, por ejemplo).

                    También tengo mi punto de vista sobre los cofrades a los que parece que les molesta que algunos - en ejercicio de los derechos reconocidos no sólo por una, sino por dos Administraciones - abanderemos donde nos dé la gana. Aquí: https://foro.latabernadelpuerto.com/...4&postcount=11

                    Saludos y
                    Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                    Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                    Comentario


                    • Re: Abanderamiento En Polonia

                      Originalmente publicado por Apagapenol Ver Mensaje
                      ... tengo mi punto de vista sobre los cofrades a los que parece que les molesta que algunos - en ejercicio de los derechos reconocidos no sólo por una, sino por dos Administraciones - abanderemos donde nos dé la gana.
                      A esos será difícil evitarlos. Yo lo que hago es oidos sordos. He tenido banderas
                      españolas y la próxima no lo será. Así de simple.

                      Lo que me gustaría preguntarte, es si una vez concedida la bandera polaca,
                      con carácter indefinido ... ¿existe la posibilidad de que te la revoquen?.

                      Yo entiendo que no, pero si eres tan amable, me gustaría que compartieses
                      tu opinión.


                      Salud y


                      El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                      http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                      Comentario


                      • Re: Abanderamiento En Polonia

                        ¡¡¡Uuuufff!!!

                        Es difícil jugar a Nostradamus... si no, ya me habría dedicado a actividades más provechosas, por ejemplo acertar el Gordo.

                        Lo que sí puedo hacer es enumerar circunstancias que pueden hacer que un país decida establecer unos criterios y cambiarlos llegado el caso.

                        Veamos primero a modo retrospectivo qué pasó con Holanda y Bélgica para tratar de adivinar qué puede pasar con Polonia. Como la cosa es compleja, te voy a contestar en cómodos fascículos.

                        El caso holandés es paradigmático: vale (casi) todo hasta que alguien coge el rábano por las hojas y entonces nos damos cuenta de que se nos ha ido algo la mano en el capítulo de la permisividad.

                        La llegada a puerto italiano del "Lifeline" lleno de inmigrantes ilegales alegando que navegaba bajo bandera holandesa - y lo que en realidad tenía era un ICP holandés (algo también ilegal, ya que el ICP se otorga a barcos de recreo de menos de 24 m de eslora) - casi dio lugar a un incidente diplomático que hizo que los holandeses se replantearan qué era el ICP pero, ojo, no a quién se lo daban.

                        En consecuencia, siguieron dando los ICP's, pero con la ya célebre coletilla del "flag not applicable". Más información sobre esto aquí: https://lorrendraaier.nl/netherlands...the-dutch-icp/

                        Siguiendo el mismo hilo argumental, la concesión de licencias radio a barcos de recreo era una cosa opaca, con empresas privadas o semiprivadas interpuestas radicadas en paraísos fiscales, y esto también tenía que acabar como ha acabado: la Administración de telecomunicaciones holandesa ahora sólo da licencias radio a ciudadanos holandeses o residentes en los Países Bajos. Más información, aquí: https://lorrendraaier.nl/ship-statio...ct-to-changes/

                        ¿Ha cambiado algo? No mucho, el ICP sigue siendo lo que era, sólo que su ámbito de validez está ahora mucho más claro. ¿Es de interés el ICP para ciudadanos no holandeses? Yo creo que ya no: el "flag not applicable" puede despertar suspicacias en aguas no holandesas y que no nos den licencia radio es definitivamente un problema.

                        Sigo en otro post con el caso belga...

                        Saludos y
                        Editado por última vez por Apagapenol; 28/04/2020, 09:21:06. Razón: Ampliar información
                        Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                        Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                        Comentario


                        • Re: Abanderamiento En Polonia

                          Seguimos con el caso belga...

                          Para mí, es un caso de “muerte por éxito” aderezado con características muy peculiares. Se trataba de un verdadero Registro que, sin embargo, no exigía con especial rigor los documentos que típicamente pediría un Registro: nada de copias notariales o traducciones juradas, nada de certificados de arqueo, nada de certificados de operador para las licencias de radio... y además de todo esto, unos trámites sorprendentemente sencillos, vía correo electrónico o página de internet y precios bajísimos.

                          ¿El resultado? Multitud de armadores de países con Administraciones más restrictivas (españoles, italianos, portugueses y hasta franceses...) matriculando sus barcos de recreo en un país con sólo 50 km de costas...

                          Aunque hay quien dijo que los belgas se habían echado atrás por presiones de otros países (España entre ellos), yo no lo creo; más bien pienso en que vieron las barbas de su vecino holandés puestas a remojar y decidieron restringir el abanderamiento de línea blanda... hasta para los propios belgas: la Ley de la navegación de recreo de 2018 y el Decreto de 2019 imponen cosas antes nunca vistas: zonas de navegación y equipamiento en función de éstas, exigencia de titulación, etc.

                          Creo que lo ocurrido en ambos casos, belga y holandés, fue una sobre-reacción a una situación creada por la propia laxitud de ambas Administraciones.

                          Seguiremos...

                          Saludos y
                          Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                          Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                          Comentario


                          • Re: Abanderamiento En Polonia

                            Apagapenol, una pregunta.... respecto a pabellon Belga

                            Donde puedo informarme de los requisitos que piden actualmente bajo pabellon Belga? Quiere decir que a dia de hoy hay que cumplir requisitos de zona de navegacion?... (Pongamos el caso de un barco en españa y navegando por España (no belgica).

                            Y casi mas importante.. quien haria la inspeccion de esos materiales de seguridad, etc...? Desde luego la GC no, porque no es su competencia. Acaso la guardia Belga? Pero si el barco esta en aguas Españolas no van a venir a hacer las comprobaciones.

                            Gracias de antemano

                            Comentario


                            • Re: Abanderamiento En Polonia

                              Originalmente publicado por Kenny_VLC Ver Mensaje
                              Apagapenol, una pregunta.... respecto a pabellon Belga

                              Donde puedo informarme de los requisitos que piden actualmente bajo pabellon Belga? Quiere decir que a dia de hoy hay que cumplir requisitos de zona de navegacion?... (Pongamos el caso de un barco en españa y navegando por España (no belgica).

                              Y casi mas importante.. quien haria la inspeccion de esos materiales de seguridad, etc...? Desde luego la GC no, porque no es su competencia. Acaso la guardia Belga? Pero si el barco esta en aguas Españolas no van a venir a hacer las comprobaciones.

                              Gracias de antemano
                              Toda la información sobre los requisitos exigidos bajo pabellón belga está principalmente en la Ley de 2018: http://www.ejustice.just.fgov.be/mop...17_1.pdf#Page8 y el Decreto de 2019: http://www.ejustice.just.fgov.be/mop...4_1.pdf#Page14.

                              Las informaciones de carácter práctico se publican aquí: https://mobilit.belgium.be/fr/naviga...n_de_plaisance

                              No obstante, ten en cuenta que hay ciertos aspectos que todavía no han entrado en vigor (por ejemplo, la obligatoriedad del título de patrón, que entra en vigor en 2022) o de los que ni siquiera se ha publicado nada (como el material de seguridad, que debería haber quedado fijado el otoño pasado y entrará en vigor el 16 de mayo).

                              En cuanto a tus dudas sobre quién puede ejercer derechos de inspección, pues evidentemente la GC no puede, y la policía belga es dudoso que venga; sin embargo, lo más peliagudo aquí es lo relacionado con los seguros: si tienes un percance, la compañía aseguradora se agarrará a todo lo que esté a su alcance, y si la reglamentación belga exige una cosa y no la tienes, pudiera ocurrir que te quedaras sin indemnizaciones. El Decreto lo deja bien claro (el subrayado es mío):

                              Art. 3.73. Les navires de plaisance doivent à tout moment être suffisamment équipés pour la zone dans laquelle ils naviguent.

                              En mi opinión, la bandera belga es una vía muerta, y no tiene sentido seguir en ella los años que resten antes de que la Lettre de Pavillon caduque (en el mejor de los casos, cinco a contar desde agosto de 2019), sobre todo si durante esos años van a complicarla exigiendo cosas de difícil cumplimiento.

                              Saludos y
                              Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                              Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                              Comentario


                              • Re: Abanderamiento En Polonia

                                Una vez que hemos analizado los abanderamientos "fáciles" vamos a continuar con dos de los aparentemente "difíciles", Reino Unido y Francia...

                                Estos dos casos representan todo lo contrario de los casos belga y holandés: no exigen mucho, pero lo que exigen lo comprueban y no lo perdonan, por ejemplo:

                                - Certificado de arqueo.
                                - Documentación que demuestre la posesión por anteriores armadores del barco, al menos cinco años atrás.
                                - Documentación que pruebe el pago del IVA.
                                - Certificado de operador radio del propio país para obtener la licencia de radio del barco.

                                Además, Francia tiene un impuesto anual (DAFN), con un sistema de cálculo más bien complejo, en el que interviene la eslora y la potencia fiscal del motor (que se calcula con el número de cilindros, y el diámetro y la carrera de éstos); se va reduciendo gradualmente con la edad del barco, excepto para las motoras potentes.

                                En cuanto a requisitos de material de seguridad, Reino Unido no exige nada para barcos de menos de 13,7 m de eslora y Francia tiene un sistema de Zonas de Navegación digamos que razonable.

                                ¿Quiere esto decir que es imposible registrar un barco de recreo en los Registros británico y francés? No, simplemente que no son tan fáciles como eran el belga y el holandés, y aquí vamos a la conclusión final:

                                La robustez (y prestigio) de un sistema de Registro es directamente proporcional al rigor que aplica en comprobar el cumplimiento de sus requisitos, y a lo razonable de éstos.

                                ¿Y cómo se aplica esto al caso polaco? Pues bien, hasta ahora los polacos son una mezcla de rigurosos y flexibles en lo que piden; por ejemplo, aceptan diversas posibilidades para acreditar las dimensiones del barco (certificados de medición, documentación del astillero, etc.) o certificados de operador radio, pero lo que piden lo comprueban. Por otra parte, por cómo se han comportado hasta ahora dentro de la UE, no parece que se vayan a plegar a presiones para modificar sus criterios.

                                En cuanto a lo que pueda suponer de seguridad el que el registro polaco sea indefinido, creo que es una garantía más, pero no le doy excesiva importancia: si se mantiene, bien; si la cambian, quizá sea el momento de buscar otras alternativas.

                                En fin, cofrade El Temido II, creo que con esto he contestado a tu pregunta.

                                Perdón por el rollo,

                                Saludos y
                                Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                Comentario


                                • Re: Abanderamiento En Polonia

                                  Originalmente publicado por Apagapenol Ver Mensaje

                                  En fin, cofrade El Temido II, creo que con esto he contestado a tu pregunta.



                                  Salud y


                                  El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                  http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                                  Comentario


                                  • Respuesta: Re: Abanderamiento En Polonia

                                    Pero supongo que la ley no se podrá aplicar retroactivamente. Si yo tengo el pabellón belga desde noviembre 2018, se me aplicará la ley vigente en ese momento hasta noviembre del 2025, supongo.¿es asi?
                                    Gracias y un saludo

                                    Comentario


                                    • Re: Respuesta: Re: Abanderamiento En Polonia

                                      Originalmente publicado por Capitanpol Ver Mensaje
                                      Si yo tengo el pabellón belga desde noviembre 2018, se me aplicará la ley vigente en ese momento hasta noviembre del 2025, supongo.¿es asi?
                                      o
                                      Son cinco años. De NOV-18 a NOV-23.



                                      Salud y


                                      El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                      http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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                                      • Re: Abanderamiento En Polonia

                                        Originalmente publicado por Apagapenol Ver Mensaje
                                        Pues quizá no tengas ni siquiera que pedir la baja holandesa, sino simplemente dejar que caduque; me explico:

                                        El llamado "registro" holandés no es tal; lo que da la Administración holandesa a través de una asociación de vela es el ICP, que no es un Certificado de Registro, sino poco más que un título no oficial de propiedad. Por esta razón no hacía falta aportar un Certificado de Baja para que nos dieran el ICP.
                                        (...)

                                        Te aconsejo que te pongas en contacto con la PZZ polaca para comprobar estos aspectos.

                                        Aunque esto viene un poco de atrás, solo confirmaros que sí hace falta enviar la baja de ICP a la PZZ.

                                        Me han contestado que, si el barco ha estado registrado algún sitio, el que sea, hay que enviarles la baja de ese sitio.

                                        Saludos, brindis y aplausos a las 20:00
                                        sigpic
                                        "La experiencia no es lo que te sucede, sino lo que haces con lo que te sucede" (Aldous Huxley)

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                                        • Re: Abanderamiento En Polonia

                                          Originalmente publicado por Sargantana NL Ver Mensaje
                                          Aunque esto viene un poco de atrás, solo confirmaros que sí hace falta enviar la baja de ICP a la PZZ.

                                          [...]
                                          , ya está incluido en la guía de abanderamiento.

                                          Saludos y
                                          Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                          Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

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                                          • Re: Abanderamiento En Polonia

                                            Wenas,,,,

                                            Me he incorporado tarde a este hilo, y despues de haber visto las 26 paginas (no en profundidad), no he encontrado la guia de abanderamiento Polaca.

                                            Alguien me la puede pasar o decir donde esta? Muchas gracias

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                                            • Re: Abanderamiento En Polonia

                                              Mira aquí:

                                              https://foro.latabernadelpuerto.com/...&postcount=184

                                              Saludos y
                                              Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                              Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                              Comentario


                                              • Respuesta: Re: Respuesta: Re: Abanderamiento En Polonia

                                                Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                                                Son cinco años. De NOV-18 a NOV-23.



                                                Salud y
                                                Si, asi es, hasta el 2023, perdón

                                                Comentario


                                                • Re: Abanderamiento En Polonia

                                                  Hola a todos de nuevo
                                                  Me han respondido a la solicitud de baja de bandera en la capitania X

                                                  Me han dicho que debo presentar ademas de lo que ya se indico .lo siguiente (entre otras cosas):
                                                  1- Aportar original de la PATENTE de navegacion
                                                  2- Aportar certificado del registro de bienes muebles de titularidad y Cargas

                                                  Con respecto a 1 , tengo la pantente antigua de cuando le compre el barco al antiguo dueño, con el antiguo nombre,que no tire, tal como me digeron en capitania, porque ya no se usa. Pero la pregunta es, para un barco de recreo , tienen derecho a pedir eso? ellos mismos me dijeron que ya no se usaba.

                                                  Con respecto a 2, ¿Tienen derecho a pedirme eso? En la misma pagina del ministerio, hay un apartado de "Registro de bienes muebles" y al darle a la "legislacion aplicable" aparece un boe
                                                  https://sede.fomento.gob.es/NR/rdonl..._1435_2010.pdf
                                                  Y en el pone , que

                                                  Artículo 12. De la inscripción en el Registro de bienes muebles.
                                                  Para la inscripción en el registro de las embarcaciones sujetas a este real decreto, no
                                                  será exigible en ningún caso la inscripción en el Registro de bienes muebles


                                                  Tendrian entonces derecho a pedirme eso tambien?

                                                  En realidad, me piden las 4 casillas que hay debajo de "baja definitiva por exportacion", las cuales no marque ninguna porque no creia que eran aplicables, ademas de algunos extras mas , como el pais al que abanderaré o la patente.


                                                  Muchas gracias

                                                  Comentario


                                                  • Re: Abanderamiento En Polonia

                                                    Lo que cuentas parece otra de 1º de Feudalismo...

                                                    En el formulario de solicitud de baja:

                                                    https://sede.fomento.gob.es/NR/rdonl...de_baja_v1.pdf

                                                    aparecen únicamente cuatro documentos bajo el epígrafe "Baja definitiva por exportación"; en tres de ellos se indica la frase "... en su caso", lo cual indica que no siempre corresponde que se pidan.

                                                    El documento Patente de Navegación no figura en dicho formulario, luego no es exigible como parte de la documentación requerida para la baja.

                                                    El documento "Certificado del Registro de bienes muebles" parece que tampoco es exigible en tu caso (por utilizar el mismo vocabulario del impreso), y puedes demostrarlo con el BOE que citas.

                                                    ¿Puedes hablar con ellos para tratar de convencerles de que los papeles que se piden son los que dice la normativa y no los que ellos consideran que deben pedir? Si eliges esta vía es posible que te enfangues en una discusión estéril...

                                                    A lo mejor hay que seguir el camino más sencillo, que es no enfrentarte al tonto de turno. ¿Tienes posibilidad de pedir la baja en otra Capitanía?

                                                    Anda, que te vas a quedar más tranquilo cuando les pierdas de vista...

                                                    Saludos y
                                                    Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                                    Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                                    Comentario

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