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Tasa 0 de autoridad portuaria

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  • Tasa 0 de autoridad portuaria

    Buenos días, pendiente de recoger documentación de matriculación en España del velero, se me exige pago de tasa 0 (ayuda a la navegación de la autoridad portuaria). En más de 25 años de tener velero, es la primera vez que tengo noticias de esta tasa. ¿la conoce alguien?. Leídas las bases, creo estar exento por ser la eslora < 12m, pero me ha extrañado que la Capitanía me pida prioritariamente el pago de la tasa para la entrega de la documentación (después de las tasas de bandera, inspección, estacion radio, mmsi, ...).
    A ver si algún cofrade entendido en leyes náuticas me orienta.
    Gracias.

  • #2
    Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

    También tenía entendido que aplicaba a embarcaciones de recreo a vela de más de 12 mts.
    Artículo 171 párrafo e de Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante de 2011. Excencion de pago por tasa de ayuda a navegación.
    Te han comentado si ese pago que te exigen es por tiempo que el barco con bandera extranjera ha estado en puerto español o es como consecuencia del nuevo abanderamiento?
    Editado por última vez por scampolo; 14/05/2020, 09:58:05.

    Comentario


    • #3
      Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

      Hola.


      No indicas si es una nueva matriculación y que barco tienes, motor o vela. Pero si comentas lo de menor de 12 metros, asumo que tienes un balandro.

      A lo mejor la Autoridad Portuaria tu velero, lo considera como motovelero y por eso te hace pagar la tasa. Caso de Valencia.


      Quizás en tu permiso de navegación (propulsión) te han puesto que tienes un motovelero, y se han quedado tan anchos.
      Editado por última vez por dr.spooky; 14/05/2020, 11:53:15. Razón: Poner foto del permisno navegación

      Comentario


      • #4
        Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

        En mi caso , en la Declaración escrita de Conformidad de la CE aparece como propulsión a vela.
        En el único documento donde aparece una sub categoría de embarcación como motovelero es en el registro marítimo, en el resto de documentos , no aparece categoría alguna respecto a lo comentado . Aunque si detalla motor , tipo, etc ... Y en permiso de navegación en propulsión ponen intraborda.
        En la capitanía de Sevilla , que es donde yo tramité documentación del barco , no me hicieron pagar tasa 0, por estar exento por velero menor de 12 mts de eslora.
        Editado por última vez por scampolo; 14/05/2020, 12:23:55.

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        • #5
          Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

          No se me indica nada de eso. Me estoy barruntando que se trata del dichoso término "motovelero". A ver si los convenzo de que es un velero con motor auxiliar. Escribiré a Capitanía. Gracias

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          • #6
            Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

            Mucho mw temo de que se trata de eso, dr.spooky. A ver si los convenzo o engaño.
            Gracias.

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            • #7
              Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

              También he escrito a la Autoridad Portuaria, pero no han contestado todavía.
              Quizás ahí esté la solución, que se considere no obstante como velero con motor auxiliar.

              Originalmente publicado por scampolo Ver Mensaje
              También tenía entendido que aplicaba a embarcaciones de recreo a vela de más de 12 mts.
              Artículo 171 párrafo e de Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante de 2011. Excencion de pago por tasa de ayuda a navegación.
              Te han comentado si ese pago que te exigen es por tiempo que el barco con bandera extranjera ha estado en puerto español o es como consecuencia del nuevo abanderamiento?

              Comentario


              • #8
                Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                ¡Guay! He visto que en la declaración de conformidad CE aparece como propulsión principal, a vela. Ahora queda lo más difícil: convencer a un funcionario que se ha equivocado.

                Comentario


                • #9
                  Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                  Originalmente publicado por j.cricket Ver Mensaje
                  ¡Guay! He visto que en la declaración de conformidad CE aparece como propulsión principal, a vela. Ahora queda lo más difícil: convencer a un funcionario que se ha equivocado.
                  Ánimo y a ver si tienes suerte

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                    Originalmente publicado por j.cricket Ver Mensaje
                    Buenos días, pendiente de recoger documentación de matriculación en España del velero, se me exige pago de tasa 0 (ayuda a la navegación de la autoridad portuaria). En más de 25 años de tener velero, es la primera vez que tengo noticias de esta tasa. ¿la conoce alguien?. Leídas las bases, creo estar exento por ser la eslora < 12m, pero me ha extrañado que la Capitanía me pida prioritariamente el pago de la tasa para la entrega de la documentación (después de las tasas de bandera, inspección, estacion radio, mmsi, ...).

                    A ver si algún cofrade entendido en leyes náuticas me orienta.

                    Gracias.
                    Creo que puedo aportar algo de luz. Si se trata de un velero menor de 12 m está exento del pago anual, pero no de realizar el primer pago cuando se registró, con lo que si no tienes el recibo tendrás que pagarlo. En el caso de que fuese mayor de 12 m te pedirían que pagases los últimos 4 años.

                    Requerir el pago para realizar cualquier trámite en Capitanía, es la forma que tienen de garantizar el cobro. Así que no te queda otra que abonarlo y guardar el recibo como oro en paño.

                    🍻

                    Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
                    "Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable."

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                    • #11
                      Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                      Pues son unos 550€, nada barato. A la saca de los que yo me sé irán.
                      De todas formas, voy a pelearlo, pues no viene en ningún sitio que haya que pagar a la inscripción (ver post de Scampolo en este hilo, que no tuvo que pagar.
                      Gracias



                      Originalmente publicado por eborges_tfe Ver Mensaje
                      Creo que puedo aportar algo de luz. Si se trata de un velero menor de 12 m está exento del pago anual, pero no de realizar el primer pago cuando se registró, con lo que si no tienes el recibo tendrás que pagarlo. En el caso de que fuese mayor de 12 m te pedirían que pagases los últimos 4 años.

                      Requerir el pago para realizar cualquier trámite en Capitanía, es la forma que tienen de garantizar el cobro. Así que no te queda otra que abonarlo y guardar el recibo como oro en paño.

                      🍻

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                      • #12
                        Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                        Originalmente publicado por j.cricket Ver Mensaje
                        Pues son unos 550€, nada barato. A la saca de los que yo me sé irán.
                        De todas formas, voy a pelearlo, pues no viene en ningún sitio que haya que pagar a la inscripción (ver post de Scampolo en este hilo, que no tuvo que pagar.
                        Gracias
                        He revisado documentación de compra de barco y matriculación, por si acaso no me hubiera acordado y pagué por casi todo, incluidas tasas hasta por registro radioeléctrico y alguna otra chorrada más , pero no pagué tasas por ayuda a navegación, por estar exento mi barco .
                        Sigo pensando que pueden estar exigiendo ese pago por el tiempo que haya estado en puerto español, teniendo base en otro puerto extranjero. Según constara en la documentación del barco , si así fuera. De todas formas , porqué no los llamas y preguntas el porqué te exigen ese pago ? Suerte y Ánimo

                        He vuelto a mirar y pagué tasas por
                        Registro de equipos radioeléctricos
                        Registro Marítimo
                        Reconocimiento Inicial
                        Editado por última vez por scampolo; 15/05/2020, 13:25:21.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                          Otra opción es ir cambiando de Capitanía Marítima y encontrar la que tramita la documentación de forma mas beneficiosa.
                          Son duras de pelar, la de Huelva y Cádiz Capital. Hasta que la Señora Julia se jubiló la de Sevilla era la más equitativa y se aplicaba la normativa más exactamente. La Capitanía Del Puerto de santa María funciona muy bien y mantiene los conceptos muy claritos.
                          En fin suerte
                          MMSI 224433230

                          Por la bahía...
                          yo quiero ser marinero por la bahía
                          bajo el azul de los cielos
                          en el mar de Andalucía ,

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                            Originalmente publicado por scampolo Ver Mensaje
                            He revisado documentación de compra de barco y matriculación, por si acaso no me hubiera acordado y pagué por casi todo, incluidas tasas hasta por registro radioeléctrico y alguna otra chorrada más , pero no pagué tasas por ayuda a navegación, por estar exento mi barco .
                            Sigo pensando que pueden estar exigiendo ese pago por el tiempo que haya estado en puerto español, teniendo base en otro puerto extranjero. Según constara en la documentación del barco , si así fuera. De todas formas , porqué no los llamas y preguntas el porqué te exigen ese pago ? Suerte y Ánimo

                            He vuelto a mirar y pagué tasas por
                            Registro de equipos radioeléctricos
                            Registro Marítimo
                            Reconocimiento Inicial
                            Buscando información he encontrado que esta regulado en los art. 237 a 244 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011). Y concretamente el Art. 240.d dice que motor >9m y vela>12m pagan anualmente. Y el Art. 240.e dice que motor <9m pagan una sola vez al matricular. Pero no veo que vela inferior a 12m tengan que pagar.

                            Te adjunto dos referencias adicionales. La 1ra es del Ministerio de Transportes (esta bastante abajo):


                            Y la 2da. es de Port de Barcelona:


                            Cuando en 2011 compre mi velero de 9m y 3ra mano de 1981, Capitania me la exigió y tuve que pagar a la Autoridad Portuaria unos 300 y pico. Me dijeron que todos los barcos están obligados a pagar, con la diferencia de que los exentos del pago, lo hacen solo una vez. Pero por lo que veo me la metieron doblada.

                            Espero tengas más suerte que yo.
                            🥵

                            Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
                            "Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable."

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                              Pues asi de lejos, esto parece otra cacicada de la DGMM,
                              .

                              sigpic Slava Ukrayini!.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Tasa 0 de autoridad portuaria

                                Una ronda para todos.

                                Estoy viendo lo del pago de la tasa B0 en Cartagena y me sale más de 600 euros. Pero mi duda es si esto es anualmente, ya que me parece una salvajada y no había oído antes nadie que la pague anualmente. El barco es un velero de 15 metros

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