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1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

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7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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PPER....trabajar ...legalmente

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  • PPER....trabajar ...legalmente

    Hola buenas tardes…
    Unas preguntillas.. a ver si entre todos las podemos resolver…

    1º …tengo una barco de vela en lista 7ª

    2º quiero cambiarlo a lista 6ª

    3 ª Soy pper…y quiero ser patrón de mi barco…

    4ª el armador de mi barco es una sociedad , en la cual yo soy el administrador..


    como resuelvo todas estas cuestiones , solo quiero al final , trabajar en mi barco con mi

    CERTIFICADO PROFESIONAL

    …y poder ser …legal….

    Gracias
    www.pleamaruno.com

    https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

  • #2
    Re: PPER....trabajar ...legalmente

    Si , Custodio, tu puedes hacerlo

    Alta S.S. regimen general, ocupación de charter nàutico
    I.A.E. de Charter Náutico
    Despacho y dotación de la embarcación con tripulación profesional

    Saludos

    Vidal Mestre

    Comentario


    • #3
      Re: PPER....trabajar ...legalmente

      Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver Mensaje
      Si , Custodio, tu puedes hacerlo

      Alta S.S. regimen general, ocupación de charter nàutico
      I.A.E. de Charter Náutico
      Despacho y dotación de la embarcación con tripulación profesional

      Saludos

      Vidal Mestre
      Lo del régimen general, será en el ISM ¿No?

      Respecto a lo del I.A.E., estás exento sino facturas más de 1.000.000 €,

      Por lo que yo sé (que a lo mejor me equivoco) debes:


      1.- Cambiar de lista al barco, de 7ª a 6ª

      2.- Inscribir el barco en el ISM (es tu centro de trabajo), la empresa supongo que la registran a la vez.

      3.- Contratarte a ti mismo como patrón en la sociedad que ya tienes creada (no sólo eres socio, sinó que también eres trabajador) y darte de alta también en el ISM, aquí ya no sé si como empleado/patrón o como armador/administrador... o como ambos! Pues existen las dos modalidades y tú cumples las dos, si vas a patronear tú mismo.

      Me parece que te conviene mucho más como empleado..., si puedes elegir.

      4.- Despachar el barco con tripulación profesional contigo como patrón.


      Y a facturar!!!!!!

      Iñaki

      Comentario


      • #4
        Re: PPER....trabajar ...legalmente

        Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
        Lo del régimen general, será en el ISM ¿No?

        Respecto a lo del I.A.E., estás exento sino facturas más de 1.000.000 €,

        Por lo que yo sé (que a lo mejor me equivoco) debes:


        1.- Cambiar de lista al barco, de 7ª a 6ª

        2.- Inscribir el barco en el ISM (es tu centro de trabajo), la empresa supongo que la registran a la vez.

        3.- Contratarte a ti mismo como patrón en la sociedad que ya tienes creada (no sólo eres socio, sinó que también eres trabajador) y darte de alta también en el ISM, aquí ya no sé si como empleado/patrón o como armador/administrador... o como ambos! Pues existen las dos modalidades y tú cumples las dos, si vas a patronear tú mismo.

        Me parece que te conviene mucho más como empleado..., si puedes elegir.

        4.- Despachar el barco con tripulación profesional contigo como patrón.


        Y a facturar!!!!!!

        Sorry, Iñaki , tienes razón

        No es el IAE,, sino en el Epigrafe correspondiente de alta en Hacienda
        Luego en el I.S.M., no te puedes dar de Alta como autónomo del mar, ni como marino mercante, he preguntado y no lo admiten, no es una titulación profesional, es lo que hay. Un auto empleo, solo admiten autónomo , en el Régimen General.

        Por lo demás, si, es como dices, cambio de lista, registro de empresa en la S.S. y centro de trabajo, (No en el ISM), y Despacho y Dotación en Capitanía.
        Saludos

        Vidal Mestre

        Comentario


        • #5
          Re: PPER....trabajar ...legalmente

          Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
          Lo del régimen general, será en el ISM ¿No?

          Respecto a lo del I.A.E., estás exento sino facturas más de 1.000.000 €,

          Por lo que yo sé (que a lo mejor me equivoco) debes:


          1.- Cambiar de lista al barco, de 7ª a 6ª

          2.- Inscribir el barco en el ISM (es tu centro de trabajo), la empresa supongo que la registran a la vez.

          3.- Contratarte a ti mismo como patrón en la sociedad que ya tienes creada (no sólo eres socio, sinó que también eres trabajador) y darte de alta también en el ISM, aquí ya no sé si como empleado/patrón o como armador/administrador... o como ambos! Pues existen las dos modalidades y tú cumples las dos, si vas a patronear tú mismo.

          Me parece que te conviene mucho más como empleado..., si puedes elegir.

          4.- Despachar el barco con tripulación profesional contigo como patrón.


          Y a facturar!!!!!!

          gracias amigo...

          una comidita en barna o por ahi ...no estaría mal

          un abrazo...
          www.pleamaruno.com

          https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

          Comentario


          • #6
            Re: PPER....trabajar ...legalmente

            Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver Mensaje
            Sorry, Iñaki , tienes razón

            No es el IAE,, sino en el Epigrafe correspondiente de alta en Hacienda
            Luego en el I.S.M., no te puedes dar de Alta como autónomo del mar, ni como marino mercante, he preguntado y no lo admiten, no es una titulación profesional, es lo que hay. Un auto empleo, solo admiten autónomo , en el Régimen General.

            Por lo demás, si, es como dices, cambio de lista, registro de empresa en la S.S. y centro de trabajo, (No en el ISM), y Despacho y Dotación en Capitanía.
            Saludos

            Vidal Mestre

            gracias amigo...

            una comidita en barna o por ahi ...no estaría mal

            un abrazo...
            www.pleamaruno.com

            https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

            Comentario


            • #7
              Re: PPER....trabajar ...legalmente

              Originalmente publicado por custodio Ver Mensaje
              gracias amigo...

              una comidita en barna o por ahi ...no estaría mal

              un abrazo...
              Originalmente publicado por custodio Ver Mensaje
              gracias amigo...

              una comidita en barna o por ahi ...no estaría mal

              un abrazo...

              OK! Podemos quedar los 3 con Regulus, cuando esté de vuelta del Caribe, en el Port Olimpic y comentamos el tema.

              Él tiene el barco en 6ª y el Certificado PPER y, la última vez que lo hablé con él, estaba en trámites de despacho del barco...

              A ver que nos cuenta.
              Iñaki

              Comentario


              • #8
                Re: PPER....trabajar ...legalmente

                Buenos días

                Creo que Regulus, sino lo tengo mal entendido, al final , no lo despacho con tripulación.
                De todas formas , el nos lo puede aclarar del todo, a su vuelta

                saludos
                Vidal Mestre

                Comentario


                • #9
                  Re: PPER....trabajar ...legalmente

                  Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                  OK! Podemos quedar los 3 con Regulus, cuando esté de vuelta del Caribe, en el Port Olimpic y comentamos el tema.

                  Él tiene el barco en 6ª y el Certificado PPER y, la última vez que lo hablé con él, estaba en trámites de despacho del barco...

                  A ver que nos cuenta.
                  el día que queraís o podaís ...quedamos ..a mi me decis y yo me acerco , ahora mismo vengo de alli , tengo una hija estudiando la antigua carrera de transporte maritimo...y voy mucho
                  estoy a la escucha ...un abrazo...
                  www.pleamaruno.com

                  https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

                  Comentario


                  • #10
                    Respuesta: PPER....trabajar ...legalmente

                    Estoy en la misma situacion que Custodio pero planteo lo siguiente

                    Para ser el patron de tu barco, el barco debe estar despachado CON tripulacion. Hasta aqui todo ok, el problema es que hay capitanias donde este despacho para un velero hasta 24 mts obliga a dar tb de alta a un marinero.

                    Solucion?

                    1.- Despachar en otra capitania?

                    2.- O por fuerza es el ambito de mando de la capitania lo que lleva a despachar con uno u otro capitan maritimo o con una u otra capitania?

                    Cedemont

                    El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán"

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Respuesta: PPER....trabajar ...legalmente

                      Originalmente publicado por Cedemont Ver Mensaje
                      Estoy en la misma situacion que Custodio pero planteo lo siguiente

                      Para ser el patron de tu barco, el barco debe estar despachado CON tripulacion. Hasta aqui todo ok, el problema es que hay capitanias donde este despacho para un velero hasta 24 mts obliga a dar tb de alta a un marinero.

                      Solucion?

                      1.- Despachar en otra capitania?

                      2.- O por fuerza es el ambito de mando de la capitania lo que lleva a despachar con uno u otro capitan maritimo o con una u otra capitania?

                      Hola, y ronda
                      Lo he consultado directamente en Capitanía de Barcelona, y me han indicado que con el PPER puedo despachar, no han comentado ningún marinero, pero cada Capitanía es un mundo.
                      Puedes consultarlo en el 93.223.54.73, despacho de buques.
                      Haría falta que hubiera un criterio similar en todas las Capitanías, en temas de despachos y temas de Libreta Marítimas, en relación a la anotación del Certificado del PPER.

                      Saludos

                      Vidal Mestre

                      Comentario


                      • #12
                        Re: PPER....trabajar ...legalmente

                        Hola a todos, y unas rondas.

                        Alguien sabe cual es el nº de epígrafe en el IAE que puede corresponder para PPER? Yo hasta ahora estaba dado de alta en el 855/2 que es el de alquiler de embarcaciones, pero no se si debería darme de alta en otro como PPER.

                        Un saludo.
                        sigpic

                        http://www.infoveleros.com

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Respuesta: PPER....trabajar ...legalmente

                          Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver Mensaje
                          Hola, y ronda
                          Lo he consultado directamente en Capitanía de Barcelona, y me han indicado que con el PPER puedo despachar, no han comentado ningún marinero, pero cada Capitanía es un mundo.
                          Puedes consultarlo en el 93.223.54.73, despacho de buques.
                          Haría falta que hubiera un criterio similar en todas las Capitanías, en temas de despachos y temas de Libreta Marítimas, en relación a la anotación del Certificado del PPER.

                          Saludos

                          Vidal Mestre
                          Señores PPERes, unas !

                          Llevo días de enmarañada lectura ya que me estoy planteando PPERizarme yo también.

                          Por lo que he estado leyendo las capitanías son reinos de taifas con diversidad de criterios. Ateniéndonos al tema, según comenta un cofrade en este interesantísimo hilo por ejemplo en la capitanía de Málaga si despachas un lista 6ª para charter CON TRIPULACIÓN, te obligan a despachar patrón y marinero, ambos PPERes o superior.
                          Mañana salto con un 7m desde Es Trenc (sur de Mallorca) a Alghero (Cerdeña)

                          Alquiler catamarán Ibiza

                          Comentario


                          • #14
                            Re: PPER....trabajar ...legalmente

                            Según que capitanías, para darte el permiso de charter, exigen distintas cosas si es con tripulación o sin tripulación. De todas formas, siempre se puede alquilar el barco y que el arrendatario te nombre patrón; por supuesto que no puedes facturar por tus servicios, tan solo por el alquiler del barco.


                            Salud y


                            El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                            http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                            Comentario


                            • #15
                              Re: PPER....trabajar ...legalmente

                              Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                              Según que capitanías, para darte el permiso de charter, exigen distintas cosas si es con tripulación o sin tripulación. De todas formas, siempre se puede alquilar el barco y que el arrendatario te nombre patrón; por supuesto que no puedes facturar por tus servicios, tan solo por el alquiler del barco.


                              Salud y
                              Si tu actividad principal no es el mar, no estas obligado a estar inscrito en el ISM (en elRégimen Especial de Trabajadores del Mar) y por lo tanto estarás en el R.E.T.A. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (o en otro, aunque lo veo difícil) y por supuesto que puedes facturar, como profesional de "otras actividades relacionadas con el transporte".

                              Iñaki

                              Comentario


                              • #16
                                Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                                ... y por supuesto que puedes facturar, como profesional de "otras actividades relacionadas con el transporte".
                                ¿Sin tener el PPer, ni el permiso de charter "con tripulación"?.


                                Salud y


                                El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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                                • #17
                                  Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                  Yo creo que Iñaki se refiere a facturar el alquiler del barco, no tus servicios como patrón.

                                  Sin título profesional no puedes facturar legalmente tus servicios como patrón, teoricamente claro, porque muchas empresas de charter que ofrecen patrón por 150 euros al día. El patrón que ofrecen no suele (salvo honrosas excepciones) tener título profesional y cobra bajo cuerda...

                                  Y con los tochos del BOE que piden para el examen de PPER me temo que esta situación no cambiará en breve...
                                  Mañana salto con un 7m desde Es Trenc (sur de Mallorca) a Alghero (Cerdeña)

                                  Alquiler catamarán Ibiza

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                                  • #18
                                    Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                    Sin embargo la posibilidad que comenta El Temido me parece muy interesante: Si te he entendido bien tienes tu barco en lista 6ª. Lo alquilas a un grupo de clientes, pagas tus impuestos, facturas el IVA, etc. Si ninguno de ellos tiene título de recreo te nombran patrón (sin cobrar) y hala, a pasearlos Eso sí, solo les cobras el alquiler de tu barco y tus servicios de patrón "gratis"
                                    Mañana salto con un 7m desde Es Trenc (sur de Mallorca) a Alghero (Cerdeña)

                                    Alquiler catamarán Ibiza

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                                    • #19
                                      Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                      Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                                      ¿Sin tener el PPer, ni el permiso de charter "con tripulación"?.


                                      Salud y
                                      Con título profesional (PPER o el que sea) y lista 6ª, despachado como "charter con tripulación", con seguro de ocupantes (viajeros) y con el botiquín específico.

                                      Armador el PPER y patrón el mismo PPER.

                                      Iñaki

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                                      • #20
                                        Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                        Originalmente publicado por El Iluso Ver Mensaje
                                        Sin embargo la posibilidad que comenta El Temido me parece muy interesante: Si te he entendido bien tienes tu barco en lista 6ª. Lo alquilas a un grupo de clientes, pagas tus impuestos, facturas el IVA, etc. Si ninguno de ellos tiene título de recreo te nombran patrón (sin cobrar) y hala, a pasearlos Eso sí, solo les cobras el alquiler de tu barco y tus servicios de patrón "gratis"

                                        Esta es la "vía" que se ha "explotado" toda la vida, hasta hoy, con los títulos deportivos.

                                        Pero un GC/juez puede presumir que hay una prestación de un servicio que se factura de forma encubierta vía el alquiler...

                                        Que conste que yo no soy abogado, pero eso funciona mientras no hay problemas (daños al barco o a terceros, heridos entre la tripulación o simplemente descontentos...) y no haya posibilidad de que los mismos clientes o la compañía de seguros te denuncien...


                                        Iñaki

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                                        • #21
                                          Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                          Es lo que me imaginaba.

                                          Además antes de existir el PPER no habría otra cosa, pero claro supongo que ahora con la existencia del PPER si te quieren buscar las cosquillas...
                                          Mañana salto con un 7m desde Es Trenc (sur de Mallorca) a Alghero (Cerdeña)

                                          Alquiler catamarán Ibiza

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                                          • #22
                                            Respuesta: PPER....trabajar ...legalmente

                                            Y enrevesando un poquito más....si tus clientes que alquilan tu barco de lista 6 no alquilan patron pero quieren contratar el servicio de un marinero? En este caso como se burocratiza el combinao de manera legal?

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                                            • #23
                                              Re: Respuesta: PPER....trabajar ...legalmente

                                              Originalmente publicado por kalifa Ver Mensaje
                                              Y enrevesando un poquito más....si tus clientes que alquilan tu barco de lista 6 no alquilan patron pero quieren contratar el servicio de un marinero? En este caso como se burocratiza el combinao de manera legal?

                                              No sé, pero se me ocurre que quien alquila un barco es legalmente su armador y quien contrata a alguien es su empleador, por lo que el armador/empleador debería inscribir el barco en el ISM y despacharlo con "tripulación profesional" y contratar e inscribir en el rol al marinero.

                                              Iñaki

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                                              • #24
                                                Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                                Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                                                ...eso funciona mientras no hay problemas (daños al barco o a terceros, heridos entre la tripulación o simplemente descontentos...) y no haya posibilidad de que los mismos clientes o la compañía de seguros te denuncien...
                                                En los contratos de charter, suele quedar claro que la responsabilidad de lo que pase a bordo es de quien alquila. La empresa dueña de la embarcación garantiza la idoneidad de ésta, pero el uso va por cuenta de quienes toman posesión del barco. Por lo que los clientes, tan solo pueden denunciar por las malas condiciones de lo arrendado.

                                                Y eso tiene muy poco que ver, con quien el "armador temporal" nombre libremente como patrón.

                                                Salud y


                                                El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                                http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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                                                • #25
                                                  Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                                  Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                                                  En los contratos de charter, suele quedar claro que la responsabilidad de lo que pase a bordo es de quien alquila. La empresa dueña de la embarcación garantiza la idoneidad de ésta, pero el uso va por cuenta de quienes toman posesión del barco. Por lo que los clientes, tan solo pueden denunciar por las malas condiciones de lo arrendado.

                                                  Y eso tiene muy poco que ver, con quien el "armador temporal" nombre libremente como patrón.

                                                  Salud y
                                                  Creo que nos referimos a aspectos del problema diferentes.

                                                  A lo que me refiero es a que los clientes de la empresa de charter seguramente denunciarán al patrón, (al que casi seguro sólo conocen de esa navegación y que probablemente les ha recomendado la empresa de charter) si alguno de ellos sufre un accidente, por ejemplo, tanto si éste es "ilegal" como "legal", pero la diferencia está en que si es "ilegal" se las va a cargar con todo el equipo...
                                                  Iñaki

                                                  Comentario

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