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1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

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6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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PPER....trabajar ...legalmente

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  • #26
    Re: PPER....trabajar ...legalmente

    y (me temo) si es legal...también.
    -----------------------------------------------
    ...¿y por qué no?...
    -----------------------------------------------

    Comentario


    • #27
      Re: PPER....trabajar ...legalmente

      Estamos de acuerdo, pero un "poquito" menos.

      Si cuentas con todos los requisitos legales, en un juicio, valoraran si se procedió de forma correcta o no y te pueden "absolver".

      Si no cuentas con todos los requisitos legales, pueden presuponer, de entrada, imprudencia temeraria. Como no puedes demostrar que estás formado y habilitado para la labor que ejerces y ha habido un resultado de daños, seguro que -sólo por eso- ya te la cargas, por no decir que las compañías de seguros se lavarán las manos con toda seguridad...
      Iñaki

      Comentario


      • #28
        Re: PPER....trabajar ...legalmente

        ¿Donde dice que sea "ilegal" designar un patrón para un barco?.

        Da igual que sea alquilado o propiedad, el armador siempre puede designar al la persona que le venga en gana, para patronear su barco.
        Si cambian la ley, será otra cosa; pero de momento el tema es así.


        Salud y


        El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
        http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

        Comentario


        • #29
          Re: PPER....trabajar ...legalmente

          Hola soy Joan Fidel del examen de pper madrid, si habeis quedado a cenar mañana, por favor llamarme al 617392389, solo encuentro el telf. del albert, y el no tiene tampoco telf. de contacto.

          Comentario


          • #30
            Re: PPER....trabajar ...legalmente

            Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
            ¿Donde dice que sea "ilegal" designar un patrón para un barco?.

            Da igual que sea alquilado o propiedad, el armador siempre puede designar al la persona que le venga en gana, para patronear su barco.
            Si cambian la ley, será otra cosa; pero de momento el tema es así.


            Salud y
            Creo que no hablamos del mismo caso.

            A lo que me referá es que lo que es ilegal es patronear y cobrar sin cumplir todos los requisitos legales (ya sé que es de perogrullo, pero lo recalco por si me he expresado mal)...

            Y que cosnte que a mi tampoco me gusta la titulitis, ni el exceso de normativa, que trata al ciudadano como a un niño inconsciente e irresponsable de todo, pero mientras tengamos la Ley que tenemos, mejor cumplirla, por si las moscas.


            Editado por última vez por Iñaki/Sinvergüen; 19/04/2012, 23:37:40.
            Iñaki

            Comentario


            • #31
              Re: PPER....trabajar ...legalmente

              Estimados co-cofrades todos,

              este es mi primer mensaje en el foro, y viendo que es costumbre invitar a unas galimbas virtuales, que no sea menos por mi parte. Cevada para todos!

              Ahora, yendo al tema, estoy discutiendo con un compañero de trabajo esto mismo que comentáis:

              Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
              Creo que no hablamos del mismo caso.

              A lo que me referá es que lo que es ilegal es patronear y cobrar sin cumplir todos los requisitos legales (ya sé que es de perogrullo, pero lo recalco por si me he expresado mal)...

              Y que cosnte que a mi tampoco me gusta la titulitis, ni el exceso de normativa, que trata al ciudadano como a un niño inconsciente e irresponsable de todo, pero mientras tengamos la Ley que tenemos, mejor cumplirla, por si las moscas.


              Yo digo que por algún motivo se habrá creado la profesión de patrón de embarcaciones de recreo y que cualquier artimaña para atajarla contravendrá la Ley. Por el contrario, él insiste en que el armador puede designar a un patrón sin que éste sea parte de la tripulación que alquila el barco.

              Iñaki o El Temido II, podríais indicarme exactamente dónde puedo encontrar la legislación al respecto?

              Por otro lado, Iñaki, si mencionas que los seguros se lavarán las manos en caso de demostrarse que se presta y factura un servicio de forma encubierta, se me ocurre que contratar un seguro a todo riesgo si vas a proceder con este 'modus operandi' es inútil. Aunque habría que ver de qué modo se puede demostrar, porque uno puede designar a un amigo que trabaje de manera altruista...

              Gracias!

              Comentario


              • #32
                Re: PPER....trabajar ...legalmente

                Respusta a a pregunta inicial, mas vale contratar un buen gestor, y hacerlo bien

                Comentario


                • #33
                  Re: PPER....trabajar ...legalmente

                  buenos rondas para todos
                  yo tengo un problema parecido haber si me podeis aconsejar , tengo un barco en list 6ª pero lo tengo con un socio osea tengo 50% no se si seria factible en rolarme en mi barco como patron y facturar

                  Comentario


                  • #34
                    Re: PPER....trabajar ...legalmente

                    si tienes titulo profesional ningun problema

                    Comentario


                    • #35
                      Respuesta: Re: PPER....trabajar ...legalmente

                      Originalmente publicado por javierskipper Ver Mensaje
                      si tienes titulo profesional ningun problema
                      titulo profesional ?
                      el PPER es un
                      CERTIFICADO PROFESIONAL

                      vale igual ..
                      www.pleamaruno.com

                      https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

                      Comentario


                      • #36
                        Re: PPER....trabajar ...legalmente

                        perdon, yo soy el 172

                        Comentario


                        • #37
                          Re: PPER....trabajar ...legalmente

                          Originalmente publicado por javierskipper Ver Mensaje
                          perdon, yo soy el 172
                          no se que numero soy
                          de marzo de 2011 convocatoria
                          que en noviembre de 2010 era ,muy facil y no queria aprobar
                          www.pleamaruno.com

                          https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

                          Comentario


                          • #38
                            Re: PPER....trabajar ...legalmente

                            Originalmente publicado por custodio Ver Mensaje
                            no se que numero soy
                            de marzo de 2011 convocatoria
                            que en noviembre de 2010 era ,muy facil y no queria aprobar

                            Creo recordar que yo soy el 691.

                            Me parece que más de la mitad que hay delante mío son convalidaciones directas desde títulos profesionales de pesca... Si no es así, no me salen los números.

                            Iñaki

                            Comentario


                            • #39
                              Re: PPER....trabajar ...legalmente

                              Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                              Creo recordar que yo soy el 691.

                              Me parece que más de la mitad que hay delante mío son convalidaciones directas desde títulos profesionales de pesca... Si no es así, no me salen los números.

                              pues yo no se que numero soy , pero lo miraré
                              www.pleamaruno.com

                              https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

                              Comentario


                              • #40
                                Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                                Creo recordar que yo soy el 691.

                                Me parece que más de la mitad que hay delante mío son convalidaciones directas desde títulos profesionales de pesca... Si no es así, no me salen los números.

                                saludos Iñaki
                                www.pleamaruno.com

                                https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

                                Comentario


                                • #41
                                  Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                  El otro día me lo enseñó CapYossarian (Fernando) que lo pidió hace pocas semanas y él es el 1060 y tantos...
                                  Mañana salto con un 7m desde Es Trenc (sur de Mallorca) a Alghero (Cerdeña)

                                  Alquiler catamarán Ibiza

                                  Comentario


                                  • #42
                                    Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                    yo no recuerdo el nª exacto pero creo que 1070 asea ya somos unos cuantos

                                    Comentario


                                    • #43
                                      Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                      Originalmente publicado por custodio Ver Mensaje
                                      saludos Iñaki

                                      Saludos Angel!!!

                                      En unos dís te escribo por privado para ver cómo encaras la nueva temporada...! ;-))

                                      Iñaki

                                      Comentario


                                      • #44
                                        Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                        Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                                        Saludos Angel!!!

                                        En unos dís te escribo por privado para ver cómo encaras la nueva temporada...! ;-))

                                        perfecto ,ahora voy superliado , trabajo , estudios puffff
                                        un saludo
                                        www.pleamaruno.com

                                        https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

                                        Comentario


                                        • #45
                                          Re: PPER....trabajar ...legalmente

                                          Buenas tardes cofrades. Por todo lo que he leído, me gustaría aportar mi experiencia.
                                          En el Régimen del mar solo existe la figura del trabajador por cuenta propia para pescadores de pequeñas embarcaciones, rederos y prácticos. Así, para trabajar como patrón de una embarcación que no es propia debemos inscribirnos en el Régimen del Mar por cuenta ajena, alguien debe contratarnos. Existe una figura especial que es el asimilado por cuenta ajena, que es precisamente el caso que se planteaba. Un Armador que trabaja de patrón para su barco. Se da de alta el barco en el ISM para tener cuenta de cotización como empleador (no tiene coste) y el patrón se da de alta como empleado por cuenta ajena, cotizando por todos los conceptos menos por desempleo, pues no tendrá derecho.
                                          Saludos

                                          Comentario

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