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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

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¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

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  • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

    Básicamente por la responsabilidad contractual al llevar pasjeros, está muy manido ese argumento de si puedo llevar amigos por que no puedo cobrar haciendo lo mismo? La respuesta es por seguridad de los pasajeros

    Comentario


    • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

      Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
      Básicamente por la responsabilidad contractual al llevar pasjeros, está muy manido ese argumento de si puedo llevar amigos por que no puedo cobrar haciendo lo mismo? La respuesta es por seguridad de los pasajeros
      Esa no es la cuestión. Un PPER está autorizado a llevar pasajeros que han pagado su plaza o su billete exactamente igual que un patrón de cabotaje y a cobrar por ello. De lo que se habla aquí es del límite de la zona de navegación, que es claramente inferior al de CY.

      Y, en cualquier caso, los "amigos" también son pasajeros y su seguridad no es menos importante que la de los que pagan!!! Y en cuestiones de responsabilidad no hay ninguna diferencia.

      Iñaki

      Comentario


      • Respuesta: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

        Muchas gracias por la respuesta.

        Cuando escribí "amigos" quise incluir a cualquiera, conocidos, etc.

        La verdad, me gustaría tener más información sobre la diferencia entre la seguridad de los que van a bordo en los distintos casos:

        - (amigos, conocidos, etc.) (Caso A)

        o bien

        - pasajeros (Caso B)

        Y cuáles son los argumentos que sustentan la diferencia, sean dichos argumentos náuticos, ténicos y/o jurídicos.

        Comentario


        • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

          Originalmente publicado por Joseluislinares Ver Mensaje
          he hablado con alguien que tiene cierto contacto con la DGMM (éso puede ser poco o mucho, no lo se que tipo de contacto, pero tenerlo tiene), y me comenta que:
          1) para empezar y como no podría ser de otra manera, hasta que no salga nada vía BOE, no se sabe nada.
          2) que lo de eliminar el PNB y pasarlo al PER que no, que lo que se está estudiando es aumentar las atribuciones de todo, y quizás el PNB que tenga la eslora y distancias a cubrir del PER, el PER la eslora y distancia a cubrir del PY, o algo por el estilo.

          Se dice, se comenta.
          Saludos.
          Perdina pero eso no es cierto. El parlamento europeo ha dado un últimatum a España para que modifique distintos sectores y liberalice el mercado. Entre los sectores a modificar está la náutica. En él una de las cosas es (que ya se ha hecho) sacar los barcos deportivos de la obligación de que esten en un registro. Otra es reducir las titulaciones sustancialmente. Es en esa reducción que los títulos que sean suprimidos quedan subsumidos por el título superior. Y en los títulos que resten se les modifica temario y atribuciones. Ahora lo que está en estudio es que títulos quedan y como.

          Dile a tu amigo que este mas alerta y sin acritud. Pero no desinformemos.

          Comentario


          • Re: Respuesta: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

            Originalmente publicado por Neska Ver Mensaje
            Muchas gracias por la respuesta.

            Cuando escribí "amigos" quise incluir a cualquiera, conocidos, etc.

            La verdad, me gustaría tener más información sobre la diferencia entre la seguridad de los que van a bordo en los distintos casos:

            - (amigos, conocidos, etc.) (Caso A)

            o bien

            - pasajeros (Caso B)

            Y cuáles son los argumentos que sustentan la diferencia, sean dichos argumentos náuticos, ténicos y/o jurídicos.

            Llevar pasajeros (de los que pagan), a bordo de una embarcación de lista 6ª, exige cumplir con todos los requisitos legales (titulación, ITB's...) y disponer de un seguro obligatorio de viajeros, un botiquín específico y algún extintor más, además de un walkie vhf marino, más que en el caso de una embarcación de lista 7ª.

            Navegar en lista 7ª exige cumplir con sus requisitos específicos.


            En cuestiones de responsabilidad, si por ejemplo se produce una muerte a bordo, cumpliendo con todos los requisitos legales específicos de cada caso no creo que haya ninguna diferencia entre:

            - Un CY en un barco de 7ª en el que navega con sus amigos y no cobra nada.

            - Un patrón profesional en un barco de lista 6ª con pasajeros que han pagado su plaza.

            En ambos casos se le puede caer el pelo. Tendrá que demostrarse que la muerte se ha debido a una causa ajena a su manera de proceder, de otro modo, seguro que de homicidio involuntario no baja...




            Vamos que llevar pasajeros (paguen o no) es una gran responsabilidad, siempre y en todos los casos y no sólo por las consecuencias legales!
            Iñaki

            Comentario


            • Re: Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

              Originalmente publicado por kuovadix Ver Mensaje
              Dile a tu amigo que este mas alerta y sin acritud. Pero no desinformemos.
              Me autocito:
              Originalmente publicado por Joseluislinares Ver Mensaje
              he hablado con alguien que tiene cierto contacto con la DGMM (éso puede ser poco o mucho, no lo se que tipo de contacto, pero tenerlo tiene), y me comenta que:
              1) para empezar y como no podría ser de otra manera, hasta que no salga nada vía BOE, no se sabe nada.
              [..........]
              Se dice, se comenta.
              Creo que quedó claro la "calidad" de mi contacto.
              Yo escuché y comenté los "mentideros" que me llegaron, que ofrecieron otro punto de vista (o matices) que creí conveniente compartir.
              Siento saber que lo que esperabas de este hilo era ver el BOE. Este hilo es para comentar que se "cuece", espero que lo entiendas.
              Sin acritud igual, que conste, que creo que ha habido un malentendido y como recien llegado que soy quiero aclarar las cosas.
              Saludos y otra ronda tabernera!
              Editado por última vez por Joseluislinares; 17/05/2013, 18:57:54.

              Comentario


              • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                ¿qué diferencia hay entre un paisano que lleva acompañantes en su coche y un conductor que lleva pasajeros en un autobús?. ¿Creéis que es la misma responsabilidad? Por favor... hay una cosa que se llama responsabilidad contractual, garantías al viajero, indemnización por daños y perjuicios,seguro obligatorio de viajeros etc.

                Comentario


                • Re: Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                  Mensaje duplicado por error.
                  Editado por última vez por Joseluislinares; 18/05/2013, 00:56:29.

                  Comentario


                  • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                    Graciñas

                    Comentario


                    • Respuesta: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                      .............
                      Editado por última vez por Atarip; 18/05/2013, 10:36:19.

                      Comentario


                      • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                        Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                        ¿qué diferencia hay entre un paisano que lleva acompañantes en su coche y un conductor que lleva pasajeros en un autobús?. ¿Creéis que es la misma responsabilidad? Por favor... hay una cosa que se llama responsabilidad contractual, garantías al viajero, indemnización por daños y perjuicios,seguro obligatorio de viajeros etc.
                        No voy a insisitir.
                        Creo que mi opinión ha quedado clara en un post anterior, pero me sorprende mucho que creas que la responsabilidad es menor en un caso que en otro. Estamos hablando de vidas humanas!!!

                        Estoy de acuerdo en que para gobernar de forma profesional, la formación esté absolutamente regulada, pero de eso a ignorar la responsabilidad que cualquier patrón (sea profesional o no) tiene sobre sus pasajeros...

                        Iñaki

                        Comentario


                        • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                          Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                          No voy a insisitir.
                          Creo que mi opinión ha quedado clara en un post anterior, pero me sorprende mucho que creas que la responsabilidad es menor en un caso que en otro. Estamos hablando de vidas humanas!!!

                          Estoy de acuerdo en que para gobernar de forma profesional, la formación esté absolutamente regulada, pero de eso a ignorar la responsabilidad que cualquier patrón (sea profesional o no) tiene sobre sus pasajeros...

                          Todo esto viene de esta pregunta

                          Una pregunta es: ¿Por qué con el título de CY se puede dar la vuelta al mundo llevando varias personas a bordo y, si ese mismo titulado de CY obtiene el PPER, solo puede navegar a 60' de la costa?
                          La respuesta, es que la administración trata de proteger al pasajero no permitiendo que se lleve a cabo de forma profesional un viaje de larga distancia y elevado riesgo con un patrón que no tiene un título reconocido por el convenio STCW( y por lo tanto válido únicamente en nuestro país), lo que podría acarrear incluso una demanda contra la propia administración.

                          La responsabilidad es la misma para el patrón ,pero la garantía de ser indemnizado que tiene un pasajero(con un PPER) que paga por los servicios y otro que viaje como amigo (con un CY )es muy diferente.

                          En el primer caso existen incluso convenios internacionales que amparan la indemnización del pasajero (Convenio de Atenas, PAL), a parte de la protección existente como consumidor y parte de un contrato de adhesión .En un juicio el fundamento de la culpa es la culpa presunta y será el patrón , o el armador el que deba demostrar que el accidente fué por causas fortuitas.

                          En el caso de daños yendo como "amigo", la reclamación tendría que ir por otros caminos mucho más largos, gravosos y con resultado incierto en los que la carga de la prueba pesaría sobre el pasajero

                          Comentario


                          • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                            Seguir pensando que el patrón no es responsable sino la administración, solo lo sostiene la mentalidad preconstitucional. El consumidor esta suficientemente protegido por las leyes que lo regulan y ya se encargara la CIA de Seguros de exigir las medidas que vea convenientes.No se pude desarrollar la personalidad del ciudadano bajo la tutela del Estado ni este puede ni debe intervenir.( y como esto es política, pido disculpas al resto de los cofrades y al administrador)

                            La respuesta, es que la administración trata de proteger al pasajero no permitiendo que se lleve a cabo de forma profesional un viaje de larga distancia y elevado riesgo con un patrón que no tiene un título reconocido por el convenio STCW( y por lo tanto válido únicamente en nuestro país) (que lo homologuen) lo que podría acarrear incluso una demanda contra la propia administración.¿y?.......... ¿No estamos en un estado de derecho?

                            La responsabilidad es la misma para el patrón ,pero la garantía de ser indemnizado que tiene un pasajero(con un PPER) que paga por los servicios y otro que viaje como amigo (con un CY )es muy diferente.

                            En el primer caso existen incluso convenios internacionales que amparan la indemnización del pasajero (Convenio de Atenas, PAL), a parte de la protección existente como consumidor y parte de un contrato de adhesión .En un juicio el fundamento de la culpa es la culpa presunta y será el patrón , o el armador el que deba demostrar que el accidente fué por causas fortuitas.

                            En el caso de daños yendo como "amigo", la reclamación tendría que ir por otros caminos mucho más largos, gravosos y con resultado incierto en los que la carga de la prueba pesaría sobre el pasajero[/QUOTE], ¿pero no es amigo?,desde luego consumidor no es
                            Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                            Comentario


                            • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                              Originalmente publicado por pil pil Ver Mensaje
                              Seguir pensando que el patrón no es responsable sino la administración, solo lo sostiene la mentalidad preconstitucional. El consumidor esta suficientemente protegido por las leyes que lo regulan y ya se encargara la CIA de Seguros de exigir las medidas que vea convenientes.No se pude desarrollar la personalidad del ciudadano bajo la tutela del Estado ni este puede ni debe intervenir.( y como esto es política, pido disculpas al resto de los cofrades y al administrador)
                              Entonces permitamos que cualquiera pueda operar de cataratas, o pilotar aviones o construir edificios ... con que la cia de seguros de el visto bueno...

                              Necesitamos una administración que marque unos requisitos mínimos acorde con los de los países de nuestro entorno y en el caso de las titulaciones náuticas pues es el convenio STCW, y lamentablemente el PPER ni el CY los cumplen (para la navegación internacional con lucro, para la deportiva los cumplen con creces)

                              Comentario


                              • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                Pidamos entonces una titulación para comprar en la plaza,ser economista para obtener un crédito,meterse a sacerdote para ir a misa,................y por cierto,hasta donde yo se,hablamos de náutica recreativa.( sin acritud eh?)

                                Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                                Entonces permitamos que cualquiera pueda operar de cataratas, o pilotar aviones o construir edificios ... con que la cia de seguros de el visto bueno...

                                Necesitamos una administración que marque unos requisitos mínimos acorde con los de los países de nuestro entorno y en el caso de las titulaciones náuticas pues es el convenio STCW, y lamentablemente el PPER ni el CY los cumplen (para la navegación internacional con lucro, para la deportiva los cumplen con creces)
                                Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                                Comentario


                                • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                  Originalmente publicado por pil pil Ver Mensaje
                                  y por cierto,hasta donde yo se,hablamos de náutica recreativa.( sin acritud eh?)
                                  Pil pil si hablamos de PPER estamos hablando de profesionales.Un cofrade preguntaba por el aumento de atribuciones de los PPER y en mi post le expuse mi argumento de porque eso es imposible.

                                  Un saludo

                                  Comentario


                                  • Respuesta: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                    Sí, está claro, PPER = Profesionales.

                                    Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo


                                    Y, otra cosa:

                                    En la "náutica recreativa" también hay temporales, accidentes, negligencias,
                                    impericias, fallos humanos, varadas, incendios, abordajes, naufragios, etc. que hacen subir las estadísticas de intervenciones de SASEMAR notablemente.


                                    Comentario


                                    • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                      Buenos/as a todos los amantes de la náutica. Lo primero una ronda para todos y os digo que soy novato en este mundo, ya que acabo de aprobar el PER en Valencia y de sopetón me encuentro con esta noticia que no ha dejado indiferente a nadie por la trascendencia de la misma. Puede que sea un rumor de un congreso, o simplemente algún malentendido, pero me parece mucha casualidad que por distintos medios (TV, Radio y Prensa) corran una noticia de tal calado. Por si sirve de algo os dejo este enlace para añadir más leña al asunto.

                                      Otra ronda para todos.

                                      Comentario


                                      • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?


                                        ¿cambio de bandera?
                                        Veamos por donde sale Aduanas, hasta ahora se ha consegido remover los obstaculos de la DGMM y de la Direccion Generak de Tributos.
                                        observaremos.........................
                                        Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

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                                        • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                          No si al final va a ser por el dinero por lo que nos van a dar mas atribuciones y simplificar todo un poco... con la iglesia ha topado la DGMM


                                          Enviado desde mi GT-I9300 usando Tapatalk 2

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                                          • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                            Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                                            Pil pil si hablamos de PPER estamos hablando de profesionales.Un cofrade preguntaba por el aumento de atribuciones de los PPER y en mi post le expuse mi argumento de porque eso es imposible.

                                            Un saludo
                                            Entendido tu argumento, pero en desacuerdo con que sea imposible ampliar atribuciones:

                                            -> Me remito al caso de Francia: Capitanne 200

                                            -> Me remito al caso de UK, USA y otros estados de la Commonwealth (vía RYA y MCA): Ocean Yacht Master with Comercial Endorsement


                                            En ambos casos:

                                            - los requisitos son muy similares a los de un "simple" CY deportivo y bastante diferentes de los que se exigen a un Patrón Mayor de Cabotaje.

                                            - son internacionales en su ámbito de aplicación.

                                            - y no creo equivocarme si digo que cumplen completamente con el convenio STCW...



                                            Creo que el PPER no se puede ampliar simplemente porque se lo convalidan a los Patrones Mayores de Cabotaje, que efectivamente no están habilitados para navegación de altura y no por los CY. Creo que ese es el único impedimento real...


                                            Así que, quizás, si que se podría crear el CPER para CY y para Patrones de Altura de la MM en adelante...


                                            Si estoy equivocado en algo, pues acepto encantado las correcciones y sugerencias.


                                            Editado por última vez por Iñaki/Sinvergüen; 21/05/2013, 20:34:52.
                                            Iñaki

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                                            • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                              Totalmente deacuerdo con Iñaki.
                                              Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo.
                                              Albert Einstein (1879-1955) Fisico y navegante.
                                              Atrévete a pensar.

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                                              • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                                Buenas noches cofrades. Un par de para empezar.
                                                Sigo atento los comentarios de este hilo por si surge algo acerca de un buen número de cofrades de esta taberna y muchos que conozco que sólo aspiramos en su día a obtener el PER...
                                                ¿Cual sería (aproximadamente) en % de títulos de navegacion expedidos actualmente?... No lo sé pero en mis modestos cálculos creo que un % bastante elevado.
                                                ¿Que modificaciones hará Fomento para las mayorías?..
                                                Mucho me temo que nos quedaremos como estamos..
                                                Como mucho ir de la Peninsula a Baleares pero el "palo fuerte" que sería el de balsas, revisiones, ITB´s y demás gaitas quedará como está (o como se suele decir. Virgencica... déjame como estoy).
                                                En fin.. son reflexiones en voz alta que me hago mientras traduzco mis papeles al francés y me busco la vida como puedo.
                                                Saludos y a esperar por donde sale el sol...
                                                ..Nunca tantos pudieron hacer tanto...
                                                Ni estuvieron tan ciegos como para no verlo...

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                                                • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                                  A ver si al final se deciden a sacar de una puñetera vez el titulo de
                                                  APMO

                                                  ALMIRANTE PROFESIONAL DE LA MAR OCEANA, que creo que ese falta .

                                                  Ay. si Colón levantara la cabeza...... Bueno el se paso más de 7 años dando vueltas antes de poder embarcar...... Es que eso de la DGMM ya viene de lejos.

                                                  Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                                                  EA 3 CBT

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                                                  • Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

                                                    Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                                                    Entendido tu argumento, pero en desacuerdo con que sea imposible ampliar atribuciones:

                                                    -> Me remito al caso de Francia: Capitanne 200

                                                    Para ser capitaine 200 necesitas 24 meses de embarque, este si que cumple STCW

                                                    -> Me remito al caso de UK, USA y otros estados de la Commonwealth (vía RYA y MCA): Ocean Yacht Master with Comercial Endorsement

                                                    El OYM with CE no es STCW y solo sirve en barcos de bandera inglesa

                                                    En ambos casos:

                                                    - los requisitos son muy similares a los de un "simple" CY deportivo y bastante diferentes de los que se exigen a un Patrón Mayor de Cabotaje.

                                                    Lo más complicado de cumpir de un itinerario STCW son los días de embarque y por eso el PPER nunca podrá serlo

                                                    - son internacionales en su ámbito de aplicación.

                                                    - y no creo equivocarme si digo que cumplen completamente con el convenio STCW...



                                                    Creo que el PPER no se puede ampliar simplemente porque se lo convalidan a los Patrones Mayores de Cabotaje, que efectivamente no están habilitados para navegación de altura y no por los CY. Creo que ese es el único impedimento real...

                                                    Un patrón mayor de cabotaje y un patrón de altura es exactamente lo mismo y solamente está restringido en millas con buques de pasaje (60 millas) con embarcaciones de recreo y buques mercantes no tiene límite , de ahí viene lo de "altura"


                                                    Así que, quizás, si que se podría crear el CPER para CY y para Patrones de Altura de la MM en adelante...


                                                    Si estoy equivocado en algo, pues acepto encantado las correcciones y sugerencias.


                                                    Un saludo iñaki, un placer charlar contigo
                                                    Editado por última vez por whitecast; 22/05/2013, 00:39:51.

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