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Pesca de pulpos

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  • Pesca de pulpos

    Buenas noches a todos:

    Me comenta un compañero que dice estar muy bien informado que en Andalucía, debido a una regulación, norma o decreto, se puede pescar el pulpo por parte del pescador deportivo.

    Desde hace mucho tiempo vengo oyendo que no es así, pero tanto me insisten que vengo a preguntaros si sabéis quién tiene razón.

    Agradecería que me incluyéseis copia o referencia a la norma en uno u otro sentido.

    Muchas gracias de antemano y estas birras por mi cuenta.


  • #2
    Respuesta: Pesca de pulpos

    Originalmente publicado por Bullita Ver Mensaje
    Buenas noches a todos:

    Me comenta un compañero que dice estar muy bien informado que en Andalucía, debido a una regulación, norma o decreto, se puede pescar el pulpo por parte del pescador deportivo.

    Desde hace mucho tiempo vengo oyendo que no es así, pero tanto me insisten que vengo a preguntaros si sabéis quién tiene razón.

    Agradecería que me incluyéseis copia o referencia a la norma en uno u otro sentido.

    Muchas gracias de antemano y estas birras por mi cuenta.

    Al menos en Galicia es asi como dices solo uno por pescador y debe superar el kilo de peso.

    Comentario


    • #3
      Re: Pesca de pulpos

      Originalmente publicado por Bullita Ver Mensaje
      Buenas noches a todos:

      Me comenta un compañero que dice estar muy bien informado que en Andalucía, debido a una regulación, norma o decreto, se puede pescar el pulpo por parte del pescador deportivo.

      Desde hace mucho tiempo vengo oyendo que no es así, pero tanto me insisten que vengo a preguntaros si sabéis quién tiene razón.

      Agradecería que me incluyéseis copia o referencia a la norma en uno u otro sentido.

      Muchas gracias de antemano y estas birras por mi cuenta.

      Soy de Almería. Hace unos días me dijeron que cascan 300 € por pulpo, si te cogen, sobre todo los barcos de la Junta.

      Rebe
      www.dubhe.es /http:/
      SOCIOS DE ANAVRE 2041 y 2042

      Comentario


      • #4
        Re: Pesca de pulpos

        En Galicia sí se puede pescar pulpo.

        Aquí lo puedes ver.

        Soy pirata porque no tengo más que un barco. si tuviera una flota, sería un conquistador.


        Comentario


        • #5
          Respuesta: Pesca de pulpos y CHOCOS

          - Lo que es libre en Huelva son los chocos, no ??

          -- JJ
          Sin riesgo ...
          no hay gloria.
          EA 7 ASE

          Comentario


          • #6
            Respuesta: Pesca de pulpos

            Buenos días a todos:

            He encontrado un extracto de una norma en la que se indica que no se pueden llevar ni por supuesto calar aparejos para cefalópodos, pero no he viste de manera expresa que no se puedan capturar, así que todavía no salgo de la duda.

            Veremos...

            Mientras tantos pidan lo que quieran que va por mi cuenta.

            Comentario


            • #7
              Re: Respuesta: Pesca de pulpos y CHOCOS

              Originalmente publicado por jotajota Ver Mensaje
              - Lo que es libre en Huelva son los chocos, no ??

              -- JJ
              En mar abierto si se pueden pescar, en los rios, no.

              Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo"


              ¡¡¡Os estoy vigilando!!!


              Tractorista y motero


              Comentario


              • #8
                Re: Pesca de pulpos

                En Andalucía, en la licencia de pesca expecifíca bien claro la prohibición de la pesca de moluscos, eso no es nuevo, es de hace muuuuucho tiempo.

                No obstante parece que las autoridades hacían la vista gorda hasta hace un tiempo. Yo los pescaba y muy buenos en septiembre y octubre entre la punta del espigón de Huelva y la boya roja.

                Nunca tuve ningún problema legal, incluso una vez me paró la verdemérita y viendo los pulpos que llevaba me felicitaron por la pescata!!!

                Hace un tiempo me enteré que en el sitio donde iba a por ellos estaban poniendo unas multas muy importantes a los que los capturaban. Como la norma era clara razón llevaban las autoridades al ponerla.

                Desde entonces, desde que me enteré de aquello, no he ido más a pescarlos. A día de hoy no sé si las cosas seguirán igual o habrá cierta permisibilidad de nuevo.

                Y hasta ahí es lo que puedo contar....

                Salu2

                Pirata

                Comentario


                • #9
                  Respuesta: Pesca de pulpos

                  Aupa
                  En Bizkaia creo que se puede uno por licencia y dia siempre que pese mas de 750g, puesto a reconocer infracciones yo cuando voy a pescasub pillo alguno,nunca todos los que veo y por lo menos tienen que pesar1,5kg es que estan tan buenos

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Pesca de pulpos

                    ..........
                    Editado por última vez por Carpant; 24/11/2012, 21:46:26.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Pesca de pulpos

                      Originalmente publicado por Carpant Ver Mensaje
                      ..........
                      ¡¡¡Huyyyyyy, lo c´a dishooooooo!!!





                      Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo"


                      ¡¡¡Os estoy vigilando!!!


                      Tractorista y motero


                      Comentario


                      • #12
                        Respuesta: Re: Pesca de pulpos

                        Originalmente publicado por Carpant Ver Mensaje
                        ..........


                        EINNN?????.

                        Me lo explique

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Pesca de pulpos

                          En Cantabria tambien esta prohibida la pesca, ya me he enterado que a alguno le han metido 600 lereles del ala, hay es nada, unas birras para todos.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Pesca de pulpos

                            yo me he sacado la licencia de pesca hace muy poco y me la dieron sin más, no medijeron ni mú de que se podia pescar y que no, por aquí lo único que he encontrado es esto que deja muy claro que el atún rojo solo lo podemos cojer en latas de los supermercados

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Pesca de pulpos

                              aquí dice que está protejido el atun rojo, el blanco, el marlin , etc etc etc, vamos casi todo


                              Comentario


                              • #16
                                Re: Pesca de pulpos

                                en este otro te dice que cantidad de piezas protegidas puedes coger por licencia, atun rojo uno por licencia y máximo de cuatro por embarcación y día

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Pesca de pulpos

                                  y en este otro que es el último dice, que el atún rojo tiene que ser devuelto al mar con vida






                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Pesca de pulpos

                                    Originalmente publicado por resolucion
                                    No obstante, en el caso de que no se pudiera haber evitado la muerte de los
                                    ejemplares capturados los patrones de las embarcaciones o los titulares de las
                                    licencias de pesca de recreo deberán remitir una declaración de captura de atún
                                    rojo conforme al anexo 1 de la Orden Ministerial del 26 de febrero de 1999, por la
                                    que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo.
                                    Estas declaraciones deberán enviarse a la Subdirección General de Conservación
                                    de los Recursos Litorales y Acuicultura por fax al número 913476046 o por correo
                                    electrónico a la dirección: calnacpm@mapya.es o por correo postal ordinario a la
                                    calle Velázquez 144 28006 Madrid
                                    Los desembarques de atún rojo de esta modalidad no están sujetos a la obligación
                                    de desembarque recogida en el artículo 7 de la Orden MARM 1224/2008
                                    En estos casos, solo se permitirán un ejemplar por marea de pesca, que deberá
                                    desembarcarse entero.
                                    Por último, se prohíbe la comercialización de atún rojo capturado en la pesca
                                    deportiva.

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Pesca de pulpos

                                      en ningún lado se dice nada de calamares, chocos ni pulpos

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: Pesca de pulpos

                                        Vaya!. Pues está resultando complicado el tema.

                                        A ver si hay suerte y alguien encuentra algo en claro; yo sigo buscando y como que no...

                                        Mientras tanto, vayan unas cervecitas para refrescar el gaznate

                                        Comentario


                                        • #21
                                          Re: Pesca de pulpos

                                          ORDEN de 26 de febrero de 1999, por la
                                          que se establecen las normas que regulan la
                                          pesca marítima de recreo.


                                          Artículo 10. Especies prohibidas.
                                          Queda prohibida la captura y tenencia de las especies
                                          relacionadas en el anexo II de la presente Orden.

                                          ANEXO II
                                          Especies o grupos de especies cuya pesca o captura
                                          recreativa está prohibida
                                          Corales.
                                          [B]Moluscos bivalvos y gasterópodos.[/B] ..........LOS PULPOS NO LO SON.
                                          Crustáceos.
                                          Cualquier otra especie cuya captura esté prohibida
                                          por la normativa comunitaria o española o por los Convenios
                                          Internacionales suscritos por España.

                                          Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia.

                                          Artículo 28. Prohibiciones.

                                          En el ejercicio de la pesca marítima de recreo queda expresamente prohibido:

                                          La captura, tenencia y desembarque de especies prohibidas, vedadas o de tamaño o peso inferior al establecido reglamentariamente, debiendo ser devueltas inmediatamente al mar en caso de captura accidental.

                                          El ejercicio de la pesca recreativa en las reservas marinas así como en los canales navegables y de acceso a los puertos y en los canales balizados y en sus desembocaduras y zonas próximas de tránsito de las especies hasta una distancia que fijará la Consejería competente.

                                          Obstaculizar o interferir de cualquier manera las faenas de pesca marítima profesional y/o de la actividad acuícola. A estos efectos, las embarcaciones desde las que se practique la pesca marítima de recreo deberán mantener, con carácter general, una distancia mínima de 200 metros de los buques pesqueros, de los artes o aparejos profesionales calados, así como de la línea perimetral delimitadora de los polígonos y concesiones otorgadas a las instalaciones de acuicultura.

                                          El ejercicio de la pesca recreativa en el interior de los polígonos y concesiones acuícolas.




                                          Por lo tanto entiendo ¿que si que se pueden pescar pulpos.?

                                          Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo.

                                          "A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M.

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                                          • #22
                                            Re: Pesca de pulpos

                                            Originalmente publicado por sumeke Ver Mensaje
                                            ORDEN de 26 de febrero de 1999, por la
                                            que se establecen las normas que regulan la
                                            pesca marítima de recreo.

                                            Artículo 10. Especies prohibidas.
                                            Queda prohibida la captura y tenencia de las especies
                                            relacionadas en el anexo II de la presente Orden.

                                            ANEXO II
                                            Especies o grupos de especies cuya pesca o captura
                                            recreativa está prohibida
                                            Corales.
                                            [B]Moluscos bivalvos y gasterópodos.[/b] ..........LOS PULPOS NO LO SON.
                                            Crustáceos.
                                            Cualquier otra especie cuya captura esté prohibida
                                            por la normativa comunitaria o española o por los Convenios
                                            Internacionales suscritos por España.

                                            Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia.

                                            Artículo 28. Prohibiciones.

                                            En el ejercicio de la pesca marítima de recreo queda expresamente prohibido:

                                            La captura, tenencia y desembarque de especies prohibidas, vedadas o de tamaño o peso inferior al establecido reglamentariamente, debiendo ser devueltas inmediatamente al mar en caso de captura accidental.

                                            El ejercicio de la pesca recreativa en las reservas marinas así como en los canales navegables y de acceso a los puertos y en los canales balizados y en sus desembocaduras y zonas próximas de tránsito de las especies hasta una distancia que fijará la Consejería competente.

                                            Obstaculizar o interferir de cualquier manera las faenas de pesca marítima profesional y/o de la actividad acuícola. A estos efectos, las embarcaciones desde las que se practique la pesca marítima de recreo deberán mantener, con carácter general, una distancia mínima de 200 metros de los buques pesqueros, de los artes o aparejos profesionales calados, así como de la línea perimetral delimitadora de los polígonos y concesiones otorgadas a las instalaciones de acuicultura.

                                            El ejercicio de la pesca recreativa en el interior de los polígonos y concesiones acuícolas.




                                            Por lo tanto entiendo ¿que si que se pueden pescar pulpos.?

                                            sumeke ,según ma han informado ,y tu puedes imaginarte quien ,por lo visto se consideran todos los moluscos ,esto incluye todos los cefalopodos ,según me dice esta persona ,y por la tradición que hay en murcia de la pesca del calamar ,no da la orden tajante de prohibir su pesca ,los demás moluscos sí ,tengo la carta verde para pescar especies protegidas , y antes de cada campaña me informa de lo que esta especificamente prohibido ,hace 2 años estaba el pez espada ,ect

                                            un saludo y un abrazo

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                                            • #23
                                              Re: Pesca de pulpos

                                              Originalmente publicado por peregrino5 Ver Mensaje
                                              sumeke ,según ma han informado ,y tu puedes imaginarte quien ,por lo visto se consideran todos los moluscos ,esto incluye todos los cefalopodos ,según me dice esta persona ,y por la tradición que hay en murcia de la pesca del calamar ,no da la orden tajante de prohibir su pesca ,los demás moluscos sí ,tengo la carta verde para pescar especies protegidas , y antes de cada campaña me informa de lo que esta especificamente prohibido ,hace 2 años estaba el pez espada ,ect

                                              un saludo y un abrazo
                                              para todos lo taberneros en cada zona y autonomia las normativas cambian. lo mejor esmirar en el BOE y es lo que vale porque al final tequedas igual o peor tienes que mirar que el paga la multa de una mala informacion eres tu,un saludos y a beber

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                                              • #24
                                                Re: Pesca de pulpos

                                                Originalmente publicado por sumeke Ver Mensaje
                                                [I]ORDEN de 26 de febrero de 1999, por la
                                                que se establecen las normas que regulan la
                                                pesca marítima de recreo.


                                                Artículo 10. Especies prohibidas.
                                                Queda prohibida la captura y tenencia de las especies
                                                relacionadas en el anexo II de la presente Orden.

                                                ANEXO II
                                                Especies o grupos de especies cuya pesca o captura
                                                recreativa está prohibida
                                                Corales.
                                                Moluscos bivalvos y gasterópodos.
                                                Crustáceos.
                                                Cualquier otra especie cuya captura esté prohibida
                                                por la normativa comunitaria o española o por los Convenios
                                                Internacionales suscritos por España.
                                                Hola, yo interpreto la frase "Moluscos bivalvos y gasterópodos", como que SOLO se refiere a los bivalvos y gasterópodos, si se refiriese a TODAS las especies de moluscos, entre los que se encuentran los pulpos, sepias y calamares, debería decir "Moluscos, bivalvos y gasterópodos", una coma marcaría la diferencia.

                                                Las definiciones de:Molusco, bivalvo , gasterópodo , cefalópodo y crustáceo, son de wikipedia.

                                                Desconozco si está mal redactado o que existen interpretaciones dispares de esta orden, pero viendo la cuantía de las multas, yo me informaría primero.

                                                Un saludo y una ronda para todos . teteluis

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                                                • #25
                                                  Re: Pesca de pulpos

                                                  Originalmente publicado por teteluis Ver Mensaje
                                                  una coma marcaría la diferencia.

                                                  Las definiciones de:Molusco, bivalvo , gasterópodo , cefalópodo y crustáceo, son de wikipedia.

                                                  Desconozco si está mal redactado o que existen interpretaciones dispares de esta orden, pero viendo la cuantía de las multas, yo me informaría primero.

                                                  Un saludo y una ronda para todos . teteluis
                                                  estoy de acuerdo en lo de la coma , y en lo que respecta a Murcia ,ahora te paran y si llevas más de un numero determinado de calamares ,tambien te multan , pues hay deportivos que estan 12 y 14 horas pescando y sacan más de 100 calamares por dia ,y luego los venden y ante quejas de las cofradias de pescadores ,se ha decido actuar en ese aspecto.

                                                  por eso ahora no pesco más de 10 calamares (6-7 calamares)
                                                  nauticaenrique ,la persona con la que comento estas cosas , en su despacho recibe todas las denuncias ,tanto de patrulleras ,como fotos aereas de helicoptero ,creo que estará informada.

                                                  un saludo y
                                                  Editado por última vez por peregrino5; 30/11/2012, 13:43:55.

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