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Antiguo 13-03-2012, 19:36
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Iñaki/Sinvergüen Iñaki/Sinvergüen esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

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Originalmente publicado por carioca Ver mensaje
Creo que estás hablando sin saber. Los técnicos tanto de grado superior como de grado medio, Tienen una serie de prácticas en el mar. Bastantes más horas de las prácticas de seguridad que hacen un PER patrón de Yate y Capitán de Yate juntos en las cuales si no curras, te puede que no apruebes la asignatura. Además de eso tienes unas salidas al mar a pescar pues el título también vale para pesca y creo recordar que eso también son horas de prácticas. Ahora bien, recuerdo las prácticas de PER patrón de yate y Capitán de Yate en las cuales había muchísima gente que lo que hacía era ponerse a tomar el sol o ha hacer fotos para enseñarlas a los coleguis, pero a la hora de lo que había que hacer,. PRÁCTICAS DE SEGURIDAD, cero pelotero.
Dices que el técnico superior no tiene los días de mar. Hasta ahí vale. Pero no me podrás negar que un capitán de yate, puede falsear una declaración jurada, que al fin y al cabo es una milonga que se puede inventar uno para poder conseguir el título.
Como decía en otra intervención, PEROGRULLADAS DE LOS QUE MANDAN.
Para mi la solución que los PPER se dediquen al charter como profesionales del charter. y los titulados además del charter que hagan las prácticas de seguridad, como se ha hecho siempre..
Además este hilo me parece que se titula si los TITULADOS DE GRADOS SUPERIOR DE NAVEGACION PESCA Y TRANSPORTE MARITIMO, PUEDEN DAR PRÁCTICAS DE SEGURIDAD PARA TITULACIONES NÁUTICAS. No se dice nada del PPER.
saludos


Ya sé que hay prácticas para los Técnicos Superiores y seguro que son más completas que las del PNB/PER/PY/CY... pero es que eso no lo he discutido nunca.

Si te fijas en lo que he redactado, casi decimos lo mismo.

Por supuesto que un CY -tanto el que venga de la vía "deportiva", como si viene de la náutico pesquera- puede inventarse la declaración jurada. Es lo mismo que yo insinuaba al final de mi escrito.

Lo que digo es que el CY tiene mando y el Técnico sin dias de mar, no.

Y eso -aunque pueda parecer ilógico o absurdo- es lo que creo que cuenta para la DGMM, para que un CY pueda hacer una declaración jurada y un técnico tenga que hacer días de mar. No digo nada más.

De hecho, si no estoy equivocado (todo puede ser) un Técnico Superior puede optar al PPER por la misma vía de CY, convalidando título y haciendo las prácticas de CY ¿No es así?

No defiendo esta situación, ni me parece la mejor posible tampoco.

Sólo aventuro uno de los posibles porqués del proceder de la DGMM.


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Iñaki

Editado por Iñaki/Sinvergüen en 13-03-2012 a las 19:46.
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