Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen
No es que yo tenga ningún interés en que las cosas sean como son, pero la explicación que se me ocurre es que un Capitán de Yate tiene mando en puente y por lo tanto puede navegar como patrón (por ejemplo las millas que se le piden que declare par obtener el PPER), mientras que un técnico que no tiene días de navegación, no tiene mando y por lo tanto no puede demostrar que ha navegado el mínimo requerido para el PPER, como patrón.
Lo sorprendente es que a un técnico le convalidan el Capitán de Yate -si hace las prácticas-, con lo que es casi como si le dicen: "no tienes días de embarque, pero si me firmas una declaración resonsable de que has hecho tantas millas -aunque te acabe de convalidar el CY- me lo creeré... ¿?"
(Es verdad que también se podría pensar de cualquier capitán de yate "deportivo", especialmente si es muy joven y se ha sacado el título en muy poco tiempo...:-)

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Creo que estás hablando sin saber. Los técnicos tanto de grado superior como de grado medio, Tienen una serie de prácticas en el mar. Bastantes más horas de las prácticas de seguridad que hacen un PER patrón de Yate y Capitán de Yate juntos en las cuales si no curras, te puede que no apruebes la asignatura. Además de eso tienes unas salidas al mar a pescar pues el título también vale para pesca y creo recordar que eso también son horas de prácticas. Ahora bien, recuerdo las prácticas de PER patrón de yate y Capitán de Yate en las cuales había muchísima gente que lo que hacía era ponerse a tomar el sol o ha hacer fotos para enseñarlas a los coleguis, pero a la hora de lo que había que hacer,. PRÁCTICAS DE SEGURIDAD, cero pelotero.
Dices que el técnico superior no tiene los días de mar. Hasta ahí vale. Pero no me podrás negar que un capitán de yate, puede falsear una declaración jurada, que al fin y al cabo es una milonga que se puede inventar uno para poder conseguir el título.
Como decía en otra intervención, PEROGRULLADAS DE LOS QUE MANDAN.
Para mi la solución que los PPER se dediquen al charter como profesionales del charter. y los titulados además del charter que hagan las prácticas de seguridad, como se ha hecho siempre..
Además este hilo me parece que se titula si los TITULADOS DE GRADOS SUPERIOR DE NAVEGACION PESCA Y TRANSPORTE MARITIMO, PUEDEN DAR PRÁCTICAS DE SEGURIDAD PARA TITULACIONES NÁUTICAS. No se dice nada del PPER.
saludos