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Antiguo 03-12-2022, 09:12
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Predeterminado Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Hola,
Me he enterado que de momento han tumbado el recurso.
https://www.naucher.com/el-supremo-a...nes-de-recreo/

Espero que podamos continuar con los recursos necesarios...Había otra asociación que también hicieron recurso me parece, supongo que se lo tumbarán igualmente.
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  #2  
Antiguo 03-12-2022, 10:24
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Cita:
Originalmente publicado por elcider Ver mensaje
Hola,
Me he enterado que de momento han tumbado el recurso.
https://www.naucher.com/el-supremo-a...nes-de-recreo/

Espero que podamos continuar con los recursos necesarios...Había otra asociación que también hicieron recurso me parece, supongo que se lo tumbarán igualmente.
Gracias cofrade. Pongo el enlace al texto completo.
Saludos,
https://www.poderjudicial.es/search/...36f0d/20221111

Editado por papaventos en 03-12-2022 a las 10:29.
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  #3  
Antiguo 03-12-2022, 10:42
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Yo me lo temía. En lo relativo a la obligatoriedad de cumplir la normativa española sea cual sea el pabellón del barco cuando el propietario es residente en españa, en Francia ya nos llevaban ventaja y en el 2016 habían sacado una normativa exactamente igual. Supuso un gran revuelo en su día, pero nadie fue capaz de tumbarla:
" Quel que soit leur pavillon,
les navires de plaisance
appartenant à des personnes
ayant leur résidence principale
ou leur siège social en France
sont soumis, dans les eaux
territoriales françaises, aux
mêmes règles de matériel de
sécurité et de permis plaisance
que les navires français (loi pour
l’économie bleue n° 2016-816 du
20 juin 2016 – article 52). "

Los que tenemos pabellón foráneo tendremos que jodernos y llevar la embarcación llena de trastos y cosas. Yo ya me hice dos check-list con todo el material obligatorio español para zona 4 y el que exige mi pabellón. Total tengo 30 cosas para comprobar para España y 26 para mi pabellón francés.
Como decimos en Galicia, "eche o que hai" (es lo que hay).
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  #4  
Antiguo 03-12-2022, 10:44
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Gracias cofrade. Lástima, porque es el Supremo, y ahora solamente queda la justicia europea. Pero si en Francia no lo han tumbado...
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  #5  
Antiguo 03-12-2022, 11:36
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

He estado ojeando la sentencia hasta hace un rato. He avanzado un poco,
pero son 51 páginas. Tampoco soy jurista. Lo que si he hecho, ha sido
enviar un e-mail a la asociación, para que una vez la revise, trate el tema
en asmblea.

Si mal no recuerdo, lo tratado en la asamblea del verano de 2021, fue
recurrir el RD y batallar contra él hasta sus últimas consecuencias.

Ya os contaré como se desarrollan los acontecimientos. Especialmente si
hacen falta recursos económicos.
(Por lo visto, llevar los pleitos a Bruselas no es barato).


Salud y
__________________


El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

DIMISIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA DE ANAVRE: (Noticia del 22-03-24).
https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html
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  #6  
Antiguo 03-12-2022, 12:48
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Se esperaba,
que no decaiga el animo

en europa pueden aconsejar a españa que revisen una cosa, pero no pueden juzgar ni sentenciar una decision de la justicia española, europa es una union economica nada más
no es una union de estados confederados

Editado por tony34 en 03-12-2022 a las 12:53.
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  #7  
Antiguo 03-12-2022, 13:43
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Efectivamente, era de esperar: vivimos en una república bananera de proporciones descomunales en la que la Administración, la Justicia y las normativas escritas son tentáculos del mismo Leviatán, y en la que la única ley existente es la del déspota de turno.

Por otra parte, el tono de barra de bar que tenía el recurso de ANAVRE tampoco hacía presagiar algo mejor...

En fin, sólo nos puede librar la Justicia europea, y ni así.

No brindo.
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

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Originalmente publicado por elcider Ver mensaje
Hola,
Me he enterado que de momento han tumbado el recurso.
https://www.naucher.com/el-supremo-a...nes-de-recreo/

Espero que podamos continuar con los recursos necesarios...Había otra asociación que también hicieron recurso me parece, supongo que se lo tumbarán igualmente.
Nuestra denuncia ante la comisión europea sigue su cauce , sobre la demanda de Anavre ya hablaremos más adelante.
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Esto funciona asi:
Secretari@, corta y pega las alegaciones y al final pon se desestima y que las costas las pague ANAVRE.

Ahora se inventaran un nuevo impuesto por tener barco, que pasen la ITB los de bandera extranjera residentes en España, prohibido navegar los barcos de mas de 10 años y prohibido comprar y matricular en España barcos no europeos o viejos (a no que esto ultimo ya estaba).
Para redistribuir las riquezas de los que tienen barco.

Las cosas nunca iran a mejor asi que; virgencita que me quede como estoy.
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  #10  
Antiguo 05-12-2022, 16:00
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Entonces una compañía "X" con su sede en España, pero con sus buques abanderados en Panamá u otros similares, tendrán sus buques que cumplir la legislación Española en materia de seguridad si quieren navegar en aguas Españolas.
¿O lo he entendido mal?
Da igual la bandera del barco (y el tipo de barco). Si el dueño es Español, en aguas Españolas tiene que cumplir lo que diga España.

Luego nos echamos las manos a la cabeza cuando la gente se va a Andorra.
Pues a lo mejor entre unos cuantos se tiene que montar una empresa en otro país y poner los barcos a nombre de esa empresa. Por decir algo.


Si precisamente la gente se va a otras banderas por lo nefasto de la legislación Española, que trata con las misma normativa una barca de 5 metros que un barco de 50 o un mercante de 300.

País de pandereta.
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Tanausu (12-12-2022)
  #11  
Antiguo 05-12-2022, 16:29
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Cita:
Originalmente publicado por NORAY T.N. Ver mensaje
Entonces una compañía "X" con su sede en España, pero con sus buques abanderados en Panamá u otros similares, tendrán sus buques que cumplir la legislación Española en materia de seguridad si quieren navegar en aguas Españolas.
¿O lo he entendido mal?
Da igual la bandera del barco (y el tipo de barco). Si el dueño es Español, en aguas Españolas tiene que cumplir lo que diga España.

Luego nos echamos las manos a la cabeza cuando la gente se va a Andorra.
Pues a lo mejor entre unos cuantos se tiene que montar una empresa en otro país y poner los barcos a nombre de esa empresa. Por decir algo.


Si precisamente la gente se va a otras banderas por lo nefasto de la legislación Española, que trata con las misma normativa una barca de 5 metros que un barco de 50 o un mercante de 300.

País de pandereta.
creo que confundes la velocidad con el tocino, tu ejemplo es para la marina mercante, y el decreto o Orden ministerial a que se refiere este casi es para la Nautica y las embarcaciones de recreo
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  #12  
Antiguo 05-12-2022, 20:43
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Cita:
Originalmente publicado por tony34 Ver mensaje
creo que confundes la velocidad con el tocino, tu ejemplo es para la marina mercante, y el decreto o Orden ministerial a que se refiere este casi es para la Nautica y las embarcaciones de recreo
El que no lo entiendes eres tu, o al menos no entiendes la ironía.

Se menciona o se habla en la resolución de "banderas de conveniencia" en la náutica de recreo para eludir ciertas normas, cuando la marina mercante es precisamente la reina de las "banderas de conveniencia" para evitar las normas españolas y sobre todo no pagar impuestos, pero eso no se persigue con tantas ganas. Los piratas son los que tienen su barquito para dar un paseo el fin de semana.

Si no se gestionase la náutica de recreo como si fuese un mercante no tendríamos esta "fuga" de banderas.

Por cierto, en España la náutica de RECREO, la gestiona la Dirección General de la Marina MERCANTE.
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vaiana (13-12-2022)
  #13  
Antiguo 06-12-2022, 07:05
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Cita:
Originalmente publicado por tony34 Ver mensaje
creo que confundes la velocidad con el tocino, tu ejemplo es para la marina mercante, y el decreto o Orden ministerial a que se refiere este casi es para la Nautica y las embarcaciones de recreo
Acabar de aterrizar hace dos dias y ya vas con mucho gas . Tomatelo con calma . Si vas en un tren que no corra mucho, veras el paisaje.
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  #14  
Antiguo 03-01-2023, 23:23
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Predeterminado Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Siendo honesto, sigo el post por ver la deriva que va teniendo. Simple curiosidad. Ya que el asunto de fondo me interesa un pimiento.

El único motivo de mi intervención es dejar patente que no todo el mundo se sube al carro del ,abanderamiento por que sí, en otros pabellones. Ya que hay otros cofrades que se han atrevido a expresar su escepticismo con la tendencia general. Cosa que suscribo y aplaudo.

Esto va tomando tintes dogmáticos, ya que el argumentario es muy manido, con partes exageradas o directamente falsas. Que se repiten y repiten hasta la saciedad. Con la intención de convertirse en post verdad, o en los 7 pecados capitales de la nueva religión polaca.

Yo no tengo el más mínimo interés en convencer a nadie de nada. Y también entiendo que cada uno cuenta su verdad, sin quizás pensar que pueden haber otras personas que no lo vean igual.

De hecho, generalmente los armadores que han abanderado en otros países, no conciben que aún existan barcos con pabellón patrio. La conversación típica de este antro, y de muchas tabernas portuarias que he pisado, cuando se habla de bengalas, balsas..radios.. etc es… vente pa Polonia Pepe!

Esto es lo mismo, que la otra tendencia generalizada, de que son mejores los barcos antiguos que los contemporáneos. Una batalla perdida…. Vamos…

Luego los ves fondeados en cala cobardes de Torrevieja, pertrechados con material del Aliexpress para afrontar El Paso de Drake con una tortilla de patatas del Mercadona.

En fin… yo a lo mío…

Albariño para todos y próspero 2023.

Jorge Sanchis.


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Editado por jorgesanchis en 03-01-2023 a las 23:43.
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Antiguo 04-01-2023, 08:19
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Cita:
Originalmente publicado por jorgesanchis Ver mensaje
El único motivo de mi intervención es dejar patente que no todo el mundo se sube al carro del ,abanderamiento por que sí, en otros pabellones.
El abanderamiento en el extranjero no es porque sí, es por algo enunciado ya hace mucho tiempo en otros ámbitos, pero aplicable directamente a este (minuto 0:28):



Cita:
Originalmente publicado por jorgesanchis Ver mensaje
Ya que hay otros cofrades que se han atrevido a expresar su escepticismo con la tendencia general. Cosa que suscribo y aplaudo.
Efectivamente, sarna con gusto no pica.

Cita:
Originalmente publicado por jorgesanchis Ver mensaje
Esto va tomando tintes dogmáticos, ya que el argumentario es muy manido, con partes exageradas o directamente falsas.
¿Tintes dogmáticos? ¿argumentario manido? ¿partes exageradas? ¿falsas? ¿Puedes explicarte mejor, con ejemplos concretos?

Cita:
Originalmente publicado por jorgesanchis Ver mensaje
Yo no tengo el más mínimo interés en convencer a nadie de nada. Y también entiendo que cada uno cuenta su verdad, sin quizás pensar que pueden haber otras personas que no lo vean igual.
Yo tampoco. Afortunadamente, desde 2011 el abanderamiento en el extranjero es una cuestión de libre elección. Como sabrás, hasta esa fecha éramos súbditos de la DGMC, que todavía se empeña en que sigamos siéndolo. El panfleto de la Chatarrera no es otra cosa que la expresión de su rabia por no poder evitar que nos escapemos de su dominio maligno.

Cita:
Originalmente publicado por jorgesanchis Ver mensaje
De hecho, generalmente los armadores que han abanderado en otros países, no conciben que aún existan barcos con pabellón patrio. La conversación típica de este antro, y de muchas tabernas portuarias que he pisado, cuando se habla de bengalas, balsas..radios.. etc es… vente pa Polonia Pepe!
Sí lo concebimos; el pabellón español todavía mantiene ciertas ventajas para los barcos de chárter. Para todo lo demás, Mastercard, incluidas bengalas, balsas, radios y etc.

Saludos y
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Editado por Apagapenol en 04-01-2023 a las 12:41. Razón: Ampliar información
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  #16  
Antiguo 04-01-2023, 09:49
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Los que abanderan en el extranjero son feos y desagradables personajes, sus bañadores son muy horteras y sus trajes de aguas no homologados son de colores horrorosos. Y es un tema que se está evitando tratar, creo que ya es hora de decir las cosas como son

En otro orden de cosas, los barcos de bandera extranjera cuyos armadores son españoles (o residentes en España) entiendo que son mucho menos seguros que los mismos barcos, con la misma bandera, pero cuyos armadores no son españoles o residen fuera de España, porque con estos últimos no se mete nadie, ni siquiera la DGMM.

Me cansan mucho determinados argumentos, en serio. Pero lo que de verdad, de verdad, me molesta es que se digan ciertas cosas como lo del material de Aliexpress cuando cada cierto tiempo presto MI material de MI barco con MI bandera polaca para una travesía a Baleares de barcos con bandera española, o peor aún, para pasar ITBs. Digo yo que muy malo no será mi material de Aliexpress cuando el Sr. Inspector lo autoriza al revisarlo en barcos abanderados en España.

Y sí, cumplo con la legislación polaca, tengo TODO el material que exige Polonia y TODO el que exige también el RD de marras. Y también cumplo con MI legislación PERSONAL (alternador de repuesto, herramientas, arrancador de baterías, jarcia firme y de labor de repuesto, cadena y anclas de respeto, cables, fusibles, equipo de buceo y un sinfín de cosas que no llevo sólo para que mi almiranta me recuerde en cada travesía larga que con tanto "trasto" no hay quien estibe la comida).

Salud
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Antiguo 04-01-2023, 12:26
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Cita:
Originalmente publicado por humpback Ver mensaje
Los que abanderan en el extranjero son feos y desagradables personajes, sus bañadores son muy horteras y sus trajes de aguas no homologados son de colores horrorosos. Y es un tema que se está evitando tratar, creo que ya es hora de decir las cosas como son


Cita:
Originalmente publicado por humpback Ver mensaje
En otro orden de cosas, los barcos de bandera extranjera cuyos armadores son españoles (o residentes en España) entiendo que son mucho menos seguros que los mismos barcos, con la misma bandera, pero cuyos armadores no son españoles o residen fuera de España, porque con estos últimos no se mete nadie, ni siquiera la DGMM.


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  #18  
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Predeterminado Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

A escuchar lo de que no se paga impuestos está uno acostumbrado. No le había prestado mucha atención. Pero ver que el que lo dice es de la DGMM ya me preocupa un poco más.
__________________

Mario.
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  #19  
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Dejen de lanzarse cuchillos!!! No es nada saludable ni para la salud, ni para el debate. Cada uno tiene sus razones y no son mejores ni peores, todas responden a cada uno de nuestros intereses particulares, y siempre que se ajusten a derecho tendremos la opción de elegir, y si no se ajustan, pues todos somos mayores para pechar con nuestros actos.

Black Peral perdona que difiera de tu afirmación: "Lo que se ha hecho es responder con datos contrastado". DE momento nadie ha puesto encima de la mesa (yo el primero) mas que ideas generalistas puesto que al detalle nadie ha publicado la realidad de la legislación comparada. Ello me ha llevado, ademas de intentar compilar toda legislación a que sea hace referencia o remite las normas vigentes ( a ver si saco tiempo para al menos leerlas) a bucear por internet sobre el pabellón polaco y me encontré con esta afirmación. Fuente Bolsa de Navegantes:

"Normas de seguridad, ITB y zonas de navegación

Si navegamos por internet en busca de información sobre la matriculación de barcos en Polonia, podemos encontrar información no actualizada que señala que las exigencias respecto a los equipos de seguridad a bordo son menos estrictas si se ondea su pabellón. Bien, eso ya no es así. Dentro de aguas españolas (hasta las 12 millas), todos los barcos de recreo que estén vinculados a España por su armador o patrón deben contar, aunque tengan bandera de otro país, con la dotación de equipos de seguridad que se exigen a las embarcaciones con bandera española en función de su zona de navegación. Lo que sí es cierto es que con el barco abanderado en Polonia no es obligatorio pasar la ITB. Esto último es algo que se intentó y anunció para diciembre de 2020, pero al final no se incorporó a la normativa.

Respecto a inexistencia de zonas de navegación, existe la idea entre algunos aficionados de que es posible ir más allá de los límites a los que nos habilita nuestra titulación si se patronea un barco con bandera polaca. Eso también lo tenemos que desmentir: el barco quizá pueda ir, pero el patrón no si no cuenta con la titulación requerida. Asimismo, la navegación con un barco con bandera polaca sigue estando limitada por la categoría de diseño en la que se encuadre, que establece el viento y el oleaje que es capaz de soportar. Eso significa que un barco de categoría C no podría llevarnos más allá de las 12 millas aunque tuviéramos la titulación necesaria."


Es decir que salvo error de interpretación por mi parte, con la bandera polaca tenemos "mutas mutandi" la misma realidad que la legislación española, es decir una relación directa entre categoriade diseño y zona de navegación. Insisto es una fuente de internet, y no sé de la solvencia de la misma.

También el texto hace la siguiente sinopsis de las ventajas del abanderamiento:

"El abanderamiento no caduca. Se paga una vez y no hay que renovarlo, cosa que no ocurre con el pabellón español.
Se puede poseer y gobernar un barco con bandera polaca teniendo un título náutico español.
Se puede tener un MMSI de Polonia para el sistema SMSSM (traducido: el MMSI es un número de nueve cifras que sirve para identificar a cada embarcación a efectos de radiocomunicaciones y que debe ser programado en los equipos automáticos y las radiobalizas por satélite; el SMSSM es el «Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos» del que el MMSI forma parte). Con bandera polaca, el MMSI se renueva cada 10 años.
No hay que pasar la ITB.
No existen zonas de navegación, aunque la navegación sigue estando limitada por la categoría de diseño del barco y la titulación del patrón.
Más allá de las 12 millas, el material de seguridad solo requiere el marcado CE y no hay que pasar por el aro de las homologaciones de la DGMM. Tampoco es obligatorio contar con balsa salvavidas y epirb (radiobaliza). Sin embargo, dentro de las 12 millas, sí hay que llevar el material homologado en España."


Aplicando a mi caso concreto, la ventaja de cambiar de bandera sería:
.- Ahorro ITB
.- Producida la caducidad de mis elementos de seguridad zona 2 y 3, el poder cambiar de zona sin posibilidad de ser sancionado y bajo mi responsabilidad de su funcionamiento en caso de necesidad. (no entro en cobertura de seguros porque si ya nos hemos alejado bastante del debate inicial como para abrir otra caja de sorpresas)
.- Consiguientemente programar las revisiones a mi saber y entender, o cuándo exista una diferencia entre la indicada por el fabricante o la exigida por el legislador decidir a quien hago caso.
.-Comprar aparatos no homologados, en principio más baratos (no lo he comprobado).
.-No valoro la instalación porque siempre necesitaré un profesional para su instalación ya que me veo incapaz de hacerlo.


Copio enlace por si es de vuestro interés-
https://www.bolsadenavegantes.net



Feliz día de Reyes
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  #20  
Antiguo 05-01-2023, 09:13
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Predeterminado Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Precisamente lo que incluyes en rojo, primer párrafo, es lo que se recurre a la administración española: el hecho de que una embarcación con pabellón extranjero pueda ser obligado a cumplir una normativa española estando dentro de las 12 millas.
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  #21  
Antiguo 05-01-2023, 19:11
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

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Originalmente publicado por Costapinto Ver mensaje
Precisamente lo que incluyes en rojo, primer párrafo, es lo que se recurre a la administración española: el hecho de que una embarcación con pabellón extranjero pueda ser obligado a cumplir una normativa española estando dentro de las 12 millas.

Estimado compañero: Tengo muchas dudas que esa circunstancia pueda variar; la la sentencia en ese aspecto es muy sólida; únele que enlaza criterio de la residencia es habitual en otros ordenes a los efectos de extensión de los ámbitos de la norma y que dos países de la UE ya lo han establecido para sus embarcaciones. Es mas preveo que así lo irán haciendo el resto de países que están abanderando embarcaciones de recreo sin poder ejercer un control efectivo sobre los mismos.

Es más ese aspecto personalmente deseo no lo modifiquen; no me parece justo, contrario al principio de igualdad, y un autentico fraude de ley, que se aplique distinta legislación a personas que naveguen por las mismas aguas.¿ Que habrá siempre alguna desigualdad? es posible, pero a mi entender eso se produce por meter en le mismo saco a la navegación comercial y a la de recreo.

Ya he traducido la legislación polaca, y con las reservas oportunas porque ha sido una lectura rápida, se dicen medias verdades o no se cuenta toda la realidad de la legislación polaca. Diría que es más garantista en lo que a seguridad se refiere que la española. Cuestión distinta es la imposibilidad de ejercer su función punitiva. Que conste que no critico a quien lo hace, y si me estoy interesando por le tema es porque he valorado un cambio, y así, y salvo cambio de criterio cuando me implique más en las lecturas, la principal ventaja es evitar las sanciones de la normativa española. No entre a valorar si son excesivas, y otras consideraciones. Soy novato y me faltan muchos huecos por rellenar en relación con revisiones, homologaciones, y otros trámite que se me vendrán.

En otro rato publicaré lo que he visto de la bandera polca, repito, con cautelas contradice algunas de las afirmaciones que aquí se ha hecho.

Saludos y
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  #22  
Antiguo 05-01-2023, 20:26
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

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Originalmente publicado por Ligera Ver mensaje
Estimado compañero: Tengo muchas dudas que esa circunstancia pueda variar; la la sentencia en ese aspecto es muy sólida; únele que enlaza criterio de la residencia es habitual en otros ordenes a los efectos de extensión de los ámbitos de la norma y que dos países de la UE ya lo han establecido para sus embarcaciones. Es mas preveo que así lo irán haciendo el resto de países que están abanderando embarcaciones de recreo sin poder ejercer un control efectivo sobre los mismos.

Es más ese aspecto personalmente deseo no lo modifiquen; no me parece justo, contrario al principio de igualdad, y un autentico fraude de ley, que se aplique distinta legislación a personas que naveguen por las mismas aguas.¿ Que habrá siempre alguna desigualdad? es posible, pero a mi entender eso se produce por meter en le mismo saco a la navegación comercial y a la de recreo.

Ya he traducido la legislación polaca, y con las reservas oportunas porque ha sido una lectura rápida, se dicen medias verdades o no se cuenta toda la realidad de la legislación polaca. Diría que es más garantista en lo que a seguridad se refiere que la española. Cuestión distinta es la imposibilidad de ejercer su función punitiva. Que conste que no critico a quien lo hace, y si me estoy interesando por le tema es porque he valorado un cambio, y así, y salvo cambio de criterio cuando me implique más en las lecturas, la principal ventaja es evitar las sanciones de la normativa española. No entre a valorar si son excesivas, y otras consideraciones. Soy novato y me faltan muchos huecos por rellenar en relación con revisiones, homologaciones, y otros trámite que se me vendrán.

En otro rato publicaré lo que he visto de la bandera polca, repito, con cautelas contradice algunas de las afirmaciones que aquí se ha hecho.

Saludos y
Hay que verlo en su máxima extensión:

- No se exige una inspección hasta los 15 m, siendo opcional para esloras inferiores, y más importante, es una inspección que tiene un valor (la ITB a mi juicio carece de valor, y éso cuando se hace como debería)

- Barcos sin marcado CE no necesitan proyecto de ingeniero (lo cual es lógico porque ya fueron proyectados en su momento)

- Los equipos no requieren homologación adicional (que en el caso de España implica que se quedan fuera equipos muy buenos y con su correspondiente certificación UE)

- Las instalaciones de radio no requieren instalador profesional certificado (que para nada es preciso)

- La remotorización no exige nuevo proyecto de ingeniero cuando el motor sea distinto al original

- Los compases no necesitan un certificado de desvíos

- Explícitamente se acepta cartografía electrónica

- Las zonas de navegación tienen sentido máutico

- Se navega conforme a categoría de diseño tal cual fue concebida

- La norma es clara, sencilla y sucinta, no interpretable

- La burocracia es abrumadoramente sencilla y eficiente

__________________
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markuay (13-01-2023)
  #23  
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

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Originalmente publicado por humpback Ver mensaje
Hay que verlo en su máxima extensión:

- No se exige una inspección hasta los 15 m, siendo opcional para esloras inferiores, y más importante, es una inspección que tiene un valor (la ITB a mi juicio carece de valor, y éso cuando se hace como debería)

- Barcos sin marcado CE no necesitan proyecto de ingeniero (lo cual es lógico porque ya fueron proyectados en su momento)

- Los equipos no requieren homologación adicional (que en el caso de España implica que se quedan fuera equipos muy buenos y con su correspondiente certificación UE)

- Las instalaciones de radio no requieren instalador profesional certificado (que para nada es preciso)

- La remotorización no exige nuevo proyecto de ingeniero cuando el motor sea distinto al original

- Los compases no necesitan un certificado de desvíos

- Explícitamente se acepta cartografía electrónica

- Las zonas de navegación tienen sentido máutico

- Se navega conforme a categoría de diseño tal cual fue concebida

- La norma es clara, sencilla y sucinta, no interpretable

- La burocracia es abrumadoramente sencilla y eficiente

Humpbach coijncid contigo en que la legislación es clara, pese a la desventaja que supone un traductor; interpretable no lo puedo afirmar aún. Imagino que cuando escriba alguna conclusión me corregirías las mismas. Presupongo igiulmente que esa normativa tendrá alguna mas de desarrollo reglamentario o similar. No obstante coincido contigo que está muy bien estructurada, habiendo aparecido mucho que en el mismo texto normativo se incluyan los elementos de seguridad y el material radioeléctrico. Ya iremos avanzando.
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humpback (06-01-2023)
  #24  
Antiguo 06-01-2023, 07:12
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Pues estaba haciendo una nueva lectura del RD 339/2021 y veo que se introdujo una modifición en el art. 6 (Balsas salvavidas) en julio de 2022, que no nos va a afectar gran cosa: se suprime la distinción entre las balsas para la zona 1 y para las zonas 2 y 3 y la referencia a que las de zona 1 deben llevar un paquete de emergencia SOLAS tipo A y en zonas 2 y 3, tipo B.

En zonas de navegación 2 y 3 diría que quedamos igual.
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humpback (06-01-2023)
  #25  
Antiguo 06-01-2023, 14:00
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

Cita:
Originalmente publicado por Ligera Ver mensaje
1º)..... Tengo muchas dudas que esa circunstancia pueda variar; la la sentencia en ese aspecto es muy sólida; únele que enlaza criterio de la residencia es habitual en otros ordenes a los efectos de extensión de los ámbitos de la norma y que dos países de la UE ya lo han establecido para sus embarcaciones....


2º) Es más ese aspecto personalmente deseo no lo modifiquen; no me parece justo, contrario al principio de igualdad, y un autentico fraude de ley, que se aplique distinta legislación a personas que naveguen por las mismas aguas.

Sobre lo primero, yo no tengo conocimientos sobre derecho, pero si tengo
experiencia en pleitos, más de la que me hubiese gustado, y sobre un mismo
caso, he tenido que consultar a más de un abogado, cuando lo que me ha
dicho uno, no me "cuadraba". Algo parecido a lo que pasa en medicina:
buscar una segunda opinión. O una tercera si hiciese falta. Concluyendo, en
marzo del pasado 2022, sin tan siquiera juicio, una entidad bancaria me
indemnizó con una importante suma, donde un pretigioso abogado, de mi
total confianza y amigo de años, no veía que fuesemos a ganar. O sea, que
estaba clarísimo que por parte de mi abogado no había ninguna comnivencia
con el banco, tan solo el caso lo veía desde una perspectiva diferente a como
lo veía el segundo abogado que consulté.

Con esto quiero decir, que se podrá ver de una u otra forma, pero lo que
hay que tener es la firme decisión de llegar hasta el final. Y para eso están
las asociaciones de navegantes (que no es más que la unión de tod@s). Si
luego, en la última instancia se pierde, pues habrá que acatarlo, aunque no
se comparta.

Por eso es tan importante la asambrea de ANAVRE del próximo 12 de enero,
donde se debatirá sobre este decreto que han tumbado inicialmente. Y desde
aquí pido a todos los afiliados que lean esto, asistan a la mencionada asamblea
para mostrar su opinión. Y si apoyan el seguir peleando el asunto, que creo
es de vital importancia, apoyen todas la iniciativas que salgan en ese aspecto.
Inclusive la de buscar "nuevas opiniones" en otros bufetes, para plantear
estrategias distintas, si vemos que la actual no nos va a llevar a buen puerto.


Sobre el punto segundo, tan solo decir que me recuerda a una comedia de
Lope de Vega:"ni come, ni deja comer".


Mucho ánimo compañeros. El título del hilo es "Tumban el recurso de Anavre"
y lo que se trata es de levantarlo, no de dejarlo en el suelo. No descentremos
nuestra mirada. Un fuerte abrazo a tod@s.


Salud y
__________________


El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

DIMISIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA DE ANAVRE: (Noticia del 22-03-24).
https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html

Editado por El Temido II en 06-01-2023 a las 15:38.
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