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Antiguo 05-01-2023, 21:26
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Tumban el recurso de Anavre al RD339/2021

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Originalmente publicado por Ligera Ver mensaje
Estimado compañero: Tengo muchas dudas que esa circunstancia pueda variar; la la sentencia en ese aspecto es muy sólida; únele que enlaza criterio de la residencia es habitual en otros ordenes a los efectos de extensión de los ámbitos de la norma y que dos países de la UE ya lo han establecido para sus embarcaciones. Es mas preveo que así lo irán haciendo el resto de países que están abanderando embarcaciones de recreo sin poder ejercer un control efectivo sobre los mismos.

Es más ese aspecto personalmente deseo no lo modifiquen; no me parece justo, contrario al principio de igualdad, y un autentico fraude de ley, que se aplique distinta legislación a personas que naveguen por las mismas aguas.¿ Que habrá siempre alguna desigualdad? es posible, pero a mi entender eso se produce por meter en le mismo saco a la navegación comercial y a la de recreo.

Ya he traducido la legislación polaca, y con las reservas oportunas porque ha sido una lectura rápida, se dicen medias verdades o no se cuenta toda la realidad de la legislación polaca. Diría que es más garantista en lo que a seguridad se refiere que la española. Cuestión distinta es la imposibilidad de ejercer su función punitiva. Que conste que no critico a quien lo hace, y si me estoy interesando por le tema es porque he valorado un cambio, y así, y salvo cambio de criterio cuando me implique más en las lecturas, la principal ventaja es evitar las sanciones de la normativa española. No entre a valorar si son excesivas, y otras consideraciones. Soy novato y me faltan muchos huecos por rellenar en relación con revisiones, homologaciones, y otros trámite que se me vendrán.

En otro rato publicaré lo que he visto de la bandera polca, repito, con cautelas contradice algunas de las afirmaciones que aquí se ha hecho.

Saludos y
Hay que verlo en su máxima extensión:

- No se exige una inspección hasta los 15 m, siendo opcional para esloras inferiores, y más importante, es una inspección que tiene un valor (la ITB a mi juicio carece de valor, y éso cuando se hace como debería)

- Barcos sin marcado CE no necesitan proyecto de ingeniero (lo cual es lógico porque ya fueron proyectados en su momento)

- Los equipos no requieren homologación adicional (que en el caso de España implica que se quedan fuera equipos muy buenos y con su correspondiente certificación UE)

- Las instalaciones de radio no requieren instalador profesional certificado (que para nada es preciso)

- La remotorización no exige nuevo proyecto de ingeniero cuando el motor sea distinto al original

- Los compases no necesitan un certificado de desvíos

- Explícitamente se acepta cartografía electrónica

- Las zonas de navegación tienen sentido máutico

- Se navega conforme a categoría de diseño tal cual fue concebida

- La norma es clara, sencilla y sucinta, no interpretable

- La burocracia es abrumadoramente sencilla y eficiente

__________________
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IG @asailorsoul
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a humpback
markuay (13-01-2023)
 

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