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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Cita:
REGLA 10. Dispositivos de separación del tráfico a) La presente regla se aplica a los dispositivos de separación del tráfico aprobados por la Organización y no exime a ningún buque de las obligaciones contraídas en virtud de otras reglas. b) Los buques que utilicen un dispositivo de separación del tráfico deberán: i) navegar en la vía de circulación apropiada, siguiendo la dirección general de la corriente del tráfico indicada para dicha vía ..//.. i) Los buques dedicados a la pesca no estorbarán el tránsito de cualquier buque que navegue en una vía de circulación. j) Los buques de eslora inferior a 20 metros o los buques de vela, no estorbarán el tránsito seguro de los buques de propulsión mecánica que naveguen en una vía de circulación Eso está clarito en roman paladín. Y mas abajo te dice expresamente que los veleros no estorbarán al resto. Eso no exime del cumplimiento de lo anterior, es que además de ir por su carrilito, si viene uno se aparten y no estorben. Que el compañero aludido no se manifieste es de sentido común y no requiere mayor comentario. PD. A la vista de tu última respuesta que se pisó con la mia, te matizo, que nada prohíbe a los veleros en el dispositivo, pero tampoco nada los exime de la norma. A los pesqueros faenando en la zona si los menciona expresamente, obligándolos a no estorbar. Editado por CORFÚ en 01-12-2013 a las 22:25. Razón: Respuesta a post simultanea |
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