Revisión ITB y cambio del certificado de navegabilidad
Han cambiado el certificado y ahora no sale el material de seguridad, sólamente la zona máxima a la que por características puede navegar el buque.
Ahora bien, en la inspección ITB se suscita la duda a los inspectores sobre como se ha de pasar esa ITB. Parece lógico que a partir de ahora sólo pasen inspección de la estructura de la nave, y del material básico de la zona 5 (material mínimo). En caso de que el armador, capitán o patrón quiera navegar al mes siguiente en una zona superior, llevando el material necesario (que no ha pasado revisión pero que ha de cumplir con las caracterísitcas técnicas del fabricante) ya estaría legal y sin problemas.
No os parece?
Lo pongo porque reproduce una conversación con un inspector que tiene que hacer la pregunta a capitanía, ya que no lo tiene claro, proponiendo poner en observaciones el material que se lleva al pasar la ITB.
|