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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#4
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Sí, lo entiendo, y no pongo los nombres porque ellos tampoco ponen el precio en ningun lugar público y por lo tanto pueden negar lo que digo.
Fijate que que Fomento ya advierte de los precios... La Tasa por Inspecciones de Embarcaciones de Recreo (RD 1434/1999, de 10 de septiembre) Según establece el Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, para la expedición o renovación del Certificado de Navegabilidad es necesario la realización de los reconocimientos reglamentarios a la embarcación. Las Tasas por los servicios de Inspección y control de la Marina Mercante son consecuencia de las inspecciones necesarias y reglamentarias para la emisión de los Certificados reglamentarios que han de poseer los buques. Estas tasas, debido a su complejidad, no son autoliquidables y son notificadas por la Administración en el modelo "990030" La cuantía de las mismas fue fijada en el Artículo 25 de la Ley 24/2001 de 27 de diciembre de 2001. Espero que vayas estirando el hilo.... Joan |
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